31 - enero
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1835 - PLENO MUNICIPAL.ACTA nº.
31 de Enero
Llama la atención del Ayuntamiento el estado del país y la
imposibilidad que desde los pueblos vecinos de Francia concurran los
traficantes con géneros y artículos, cuya introducción por tierra está
permitida y prohibida por mar, lo que ocasiona escasez y privación a
multitud de personas industriales que no tienen otros medios para
adquirir la subsistencia. Se pide al Juez de Contribuciones, permita la
introducción por mar de géneros y artículos.
Días después contesta el Juez de Contribuciones que quiere
contribuir al alivio de ese vecindario, permitiendo la introducción por
mar de artículos de primera necesidad aun que se hallan prohibidos por
los aranceles. Que el Ayuntamiento designe cuáles son estos artículos.
El Ayuntamiento presenta esta lista: Aguardiente, Harina,
Habichuela, Tocino, Manteca de puerco, Aceite de comer, Habas,
Carbón, Leña, Papel para escribir, Grasa de ballena, Platos, Cazuelas y
Ollas de barro.
El día 10 de Febrero el Juez manifiesta su conformidad. |
1838 - PLENO MUNICIPAL.ACTA nº.15
31 de Enero Joaquín Calbetón, de la Diputación Provincial, al Ayuntamiento.
Acusa recibo del oficio del Ayuntamiento, del día 20. Persuadido de la
triste posición, reducido este pueblo por las continuas exacciones que se
le imponen por la autoridad militar, para mantener la guarnición, presenta
esta misma noche al Ministro de Hacienda, que se halle medio de evitar
ulteriores vejaciones. |
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