viernes, 21 de abril de 2017

ANUARIO - 1823 - URTEKARIA

 


1823





#1823.- Ayuntamiento Constitucional. ALCALDES:
.- José Brunet Segura
.- Antonio María Alberdi.
#1823.- Ayuntamiento Constitucional durante el bloqueo. ALCALDES:
.- Formado por los capitulares y el secretario que permanecieron en la ciudad adictos a la causa liberal.
.- José Brunet Segura.
#1823.- Ayuntamiento Provisional instalado en la casería Miracruz. ALCALDES:
.- Constituido el 24 de Abril, de acuerdo con una circular  de la Junta Provincial de España y las Indias, con individuos
.- José María Soroa y Soroa (Le correspondió ocupar el mismo cargo que ejercía antes del 7 de Marzo de 1820)(Regidor Jurado)

ARQUITECTO MUNICIPAL :  Pedro Mª UGARTEMENDIA

En 1823 diez años después del incendio y ante un nuevo asedio, la ciudad reconstruída aproximadamente en una tercera parte, presenta un aspecto descompensado en su reedificación. Se halla avanzada la reconstrucción en las dos plazas y en las calles San Geronimo (hasta la esquina de Juan de Bilbao), Narrica, Puyuelo (hasta el cruce con Narrica), Puerto, Mayor y Embeltran (trasera de la Plaza vieja), observándose una clara preferencia por la construcción de los solares de esquina. En el resto de la ciudad (al este de la calle Narrica, norte de Juan de Bilbao y zona sureste limitada por Puyuelo y Mayor) las grandes áreas de solares sin edificar u ocupados por barracas y talleres, contrastan con los pocos edificios levantados. Se reconstruyen primero las calles que se estimaba más importantes y transitadas (considerando su cercanía a las puertas de tierra y del muelle) destacando en este sentido las calles de San Geronimo, Puerto y las dos plazas. Al margen de este cuadrado central, quedan amplias zonas marginales con abundancia de barracas y talleres (fraguas, triperías, carpinterías, establos, almacenes, etc.) que habrán de esperar años para ver sus solares ocupados por casas regulares3.



01 – ENERO - URTARRILA
1.01

@ -  El nuevo Ayuntamiento tomó posesión el 1 de Enero de 1823 con hombres típicos del liberalismo donostiarra del siglo XIX.

Alcaldes: José Brunet, Antonio Alberdi.

Regidores: J.A. Betelu, J.M. Soroa y Soroa, J. Gregorio Echeverría,J.S. Yunybarbia, Ramón de Goizueta, J. Mendizaábal,J.A. Blandin, J.L. Bidaurreta, Benito Echagüe, Joaquiín de Armendariz.

Síndicos: M.J. Eraunceta y J.A. Satrustegui.

Todavía quedan absolutistas del Ayuntamiento del año pasado, como B.Echagüe, Soroa o Azpiazu pero totalmente neutralizados. El tono del Ayuntamiento será otro en los críticos meses en que tuvo vigencia en 1823



AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
2.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

2 de Enero

Noticioso el Ayuntamiento que muchos de los artesanos inscritos en la  Milicia Nacional local se hallan sin trabajo en las profesiones que respectivamente ejercen, y muy particularmente los oficiales carpinteros y albañiles, y persuadiéndose que estos individuos por el distinguido servicio que en clase de tales voluntarios están prestando dentro y fuera de la plaza, se hacen acreedores a que sean empleados con preferencia a otros que carecen de aquella cualidad. Acordó que se excite a los Maestros de obras a que les proporcionen ocupación en los edificios que se construyen bajo su dirección


AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL OFICIO nº01.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL OFICIO nº02.
GACETA DE MADRID (nº.)
3.01


GACETA DE MADRID (nº.)

4.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

Acuérdase sacar a subasta el alumbrado público de las calles, para el próximo domingo en ocho, bajo las condiciones formadas al efecto.

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL OFICIO nº03.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL OFICIO nº04.
GACETA DE MADRID (nº.)

5.01



GACETA DE MADRID (nº.)

6.01



GACETA DE MADRID (nº.)

7.01

7 de Enero
Leyóse memorial de Jose Lorenzo de Lavaca y Vicente de Ayesta por el que hacen presente los perjuicios que experimentan como propietarios de las casas reedificadas al contacto del arco-puente, a resultas de las humedades que están filtrándose en sus habitaciones. Piden se proceda al desmonte de dicho arco-puente, en lo que convienen la Junta de obras y el Arquitecto director en sus respectivos informes, asegurando ser evidentes las ventajas que seguirán de esa operación que deberá ejecutarse con las precauciones prevenidas y riesgo, y a expensas de los Sres, Lavaca y Ayesta a quienes se cederá la piedra del arco-puente, siendo también de sus obligación el nivelar la calle, sin que el Ayuntamiento y la Junta sean responsables ni contribuyan de sus fondos. Se informa al Ayuntamiento quien adopta por decreto ambos informes y se proceda al derribo citado.

GACETA DE MADRID (nº.)

8.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


Sobre la situación de los fondos municipales. Los arbitrios en administración no rinden lo que debían rendir, están expuestos a mil acasos, deben pues sacarse a remate público. Es verdad que no ha habido postores razonables estos últimos tiempos, pero si el Ayuntamiento inspira confianza deberá prometerse buenas ofertas.

El vecindario se ha aumentado considerablemente y de gentes pudientes.

La refacción que arredraba al rematante no existe; la brecha cuya abertura daba entrada clandestinamente a los géneros de consumo está ya cubierta; las innumerables casas extramurales que con nombre de tabernas recibían cargas de vino de los arrieros para introducirlo en la ciudad están reducidas a solo siete tabernas, que serán nombradas por el Ayuntamiento a propuesta de los rematantes.

Si como espera la comisión se consigue lo que propone, se llenan con sencillez los deseos de VS. La contribución de consumos es de determinada cantidad, los salarios, los réditos de censos, lo señalado para alumbrado, obras y aun para lo imprevisto está designado. No hay pues sino repartir a prorrata los ingresos mensuales y semanales y librar sobre cada ramo sus obligaciones, llevando cuenta de ingresos y pagos por la comisión de cada ramo


• Al Comandante de la Milicia Nacional voluntaria.

Consiguiente a la invitación hecha por el Comandante general de esta provincia y penetrado igualmente que su señoría de la necesidad de que en la Puerta de tierra permanezcan sujetos que a mas de poseer el idioma vascongado tengan conocimiento de la gente del país, he resuelto oficiar a V. para que los ciudadanos que componen ese distinguido Cuerpo se alternen dos en dos diariamente y realicen este servicio de interés general de la Nación.


• Leyóse memorial de José de Lavaca y Vicente de Ayesta por el que hacen presente los perjuicios que experimentan como propietarios de las casas reedificadas al contacto del arco-puente, a resultas de las humedades que están filtrándose en sus habitaciones. Piden se proceda al desmonte de dicho arco-puente, en lo que convienen la Junta de Obras y Arquitecto director en sus respectivos informes, asegurando ser evidente las ventajas que seguirán de esa operación que debía ejecutarse con las precauciones prevenidas y riesgos y a expensas de los Sres. Lavaca y Ayesta a quienes se cederá la piedra del arco- puente, siendo también de su obligación el nivelar la calle, sin que el Ayuntamiento y la Junta sean responsables ni contribuyan de sus fondos.

El Ayuntamiento adopta por decreto ambos informes y se proceda al derribo citado.



AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL OFICIO nº05.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL OFICIO nº06.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL OFICIO nº07.
GACETA DE MADRID (nº.)

9.01



GACETA DE MADRID (nº.)

10.01



GACETA DE MADRID (nº.)

11.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

12.01



GACETA DE MADRID (nº.)

13.01



GACETA DE MADRID (nº.)

14.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

15.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

Oficio del Comandante militar de esta provincia dirigido al Jefe político de esta provincia.

Me consta que los enemigos del actual sistema constitucional ponen en práctica cuantas maquinaciones están a su arbitrio para trastornar el orden público. Para cortar de raiz tamaños males no me queda otro arbitrio que el de unirnos todos para resistir a estas bandos, y en este concepto he resuelto artillar esta plaza, Castillo y obras exteriores; pero dada la escasa guarnición que tiene y muy particularmente el corto número de artilleros que hay en ella, se invite al Ayuntamiento y vecinos no milicianos voluntarios a que se alisten para la formación de una compañía de artillería y si es posible no baje de 150 a 160 individuos, poniéndoles yo a su cabeza

La adhesión al sistema constitucional que ha manifestado ese Ayuntamiento y vecindario me hacen esperar un resultado feliz, y sería más completo si VS hiciera igual intervención en la villa de Tolosa cuyo Ayuntamiento y vecindario están poseídos de iguales sentimientos y se halla en el caso de necesitar cuarenta hombres instruídos para manejar las piezas de artillería que acaban de concederles.

El Ayuntamiento en su vista decretó que tomará en consideración y procurará la realización de sus laudables designios.


GACETA DE MADRID (nº.)

16.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

17.01





GACETA DE MADRID (nº.)
18.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

19.01



GACETA DE MADRID (nº.)

20.01



GACETA DE MADRID (nº.)

21.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

22.01



GACETA DE MADRID (nº.)

23.01





GACETA DE MADRID (nº.)
24.01



GACETA DE MADRID (nº.)

25.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)
26.01



GACETA DE MADRID (nº.)

27.01



GACETA DE MADRID (nº.)

28.01



GACETA DE MADRID (nº.)

29.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

30.01

30 de Enero Teniendo presente la Junta que su principal labor es la de acelerar por todos los medios la más pronta y arreglada redificación de esta ciudad, moviendo cuantos obstáculos se opongan a ella, según se le encarga en la Real Provisión de 8 de Enero de 1816 y órdenes posteriores y la responsabilidad de sus individuos que han procurado remover cuantos obstáculos se han presentado, facilitando la construcción de la edificación particular que tantos progresos ha hecho. Que no obstante esto, hay un obstáculo muchas veces insuperable para edificar, porque los dueños de los terrenos no quieren venderlos bajo diversos pretextos, aun cuando no se hallan en disposición de edificar, retrayendo a los que se hallan con fondos y deseos de edificar, resultando de esto no solo de que la plaza y calles principales no estén concluídas sino que los capitalistas (que por las ocurrencias de las Américas) se han reunido en esta ciudad con objeto de edificar y fijarse en ella con sus caudales, se aburran y vayan a otros países, colocando tal vez sus fondos en reynos extranjeros, de que se seguirán perjuicios a la redificación de esta ciudad, y a que fijándose en ella hombres acaudalados fomentarían su comercio, sin el incalculable perjuicio para los fondos del reyno por falta de empleo. Convencida la Junta de que todos estos males se pueden remediar por medio de una ley que al mismo tiempo que asegure los justos derechos de los dueños de los terrenos, acelere y facilite su venta, se acordó pasar al Ayuntamiento el oficio correspondiente
Se le dice que en esta consideración por una parte y la de que las dos leyes insertas en la novísima recopilación están dictadas para casos ordinarios, obligó a la Junta a dirigir la representación (cuya copia acompaño) al Congreso solicitando por las razones que en ella se exponen. Pero por una fatalidad fue dirigida al fin de la legislatura el recurso al Gobierno, que no pudo resolver y por la misma razón han tenido iguales resultados varios recursos que ha dirigido al Gobierno. En este estado y al saber que hay personas acomodadas que desean edificar, obliga a la Junta hacer presente a VS la necesidad de dirigir un recurso fundado a las .próximas sesiones ordinarias del Congreso, solicitando. Que habiendo pasado no solo el año que previenen las leyes sino cerca de diez años que están yermos los solares de esta ciudad, se tengan como de venta pública por su justo valor a tasación de peritos, siempre que a los tres meses de la publicación por bandos y edictos, no aseguren los dueños de los terrenos a satisfacción del Ayuntamiento, de edificar exteriormente y cubrir la casa dentro del año.

31.01

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.



















GACETA DE MADRID (nº.)

02 – FEBRERO - OTSAILA
1.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

2.02


3.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

4.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

5.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

6.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

7.02


8.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

9.02


10.02


11.02


12.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

13.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

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15.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

16.02


17.02


18.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

19.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

20.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

21.02


22.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

23.02



GACETA DE MADRID (nº.)

24.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

25.02



GACETA DE MADRID (nº.)

26.02

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

27.02



GACETA DE MADRID (nº.)

28.02



GACETA DE MADRID (nº.)




























03 – MARZO - MARTXOA
1.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

2.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL OFICIO nº.
GACETA DE MADRID (nº.)

3.03



GACETA DE MADRID (nº.)

4.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


4 de Marzo El Sr. Echagüe expuso que conocía lo preciso e indispensable que era la ejecución pronta de la obra del muro de Santa Catalina que había derribado el mar estos días, pues que en defecto iría minando el mar el resto del muro y camino, obstruyendo totalmente el tránsito de gentes y caballerías, tan preciso e indispensable para el Hospital militar de San Francisco y varias barriadas de Pasages, etc.; que además lo que hoy quizá no costará sino seis mil reales, si se deja no se hará con doce mil, pero al mismo tiempo le es muy sensible hacer presente a la Junta la imposibilidad en que se halla para hacer la obra de sus fondos, pues como tesorero de ella había presentado hace días a la Junta la cuenta de entrada y salida de fondos hasta 31 de Diciembre del año pasado de 1822, en la que resultaba un saldo a su favor de 769 reales. Que desde 1.º de Enero de este año había la novedad de que los Sres. Lavaca y Ayesta que debían pasados de 14000 reales de derechos, se escusaban a la paga, por lo que la Junta se había visto precisada a pedir judicialmente contra ellos; que este mal ejemplo era motivo para que otros comerciantes se nieguen a la paga. Que además hacía presente se estaba debiendo pasados noventa mil reales de réditos atrasados, a los rematantes del puente 6249 reales por tres mensualidades, al Sr. Ugartemendia pasados de veinte mil reales de sueldos, y que además los individuos de la Junta y Capitulares del año 1818 tenían sobre sí una responsabilidad de cincuenta ducados de Letras pendientes Que por todos estos motivos y razones le era humanamente doloroso el tener que exponer la imposibilidad de la Junta de hacer la obra de sus fondos y que esperaba se haría .presente a la Ciudad esto mismo en contestación a su oficio..
La Junta, a pesar del estado de su Caja, considerando que la obra debe ejecutarse sin dilación, atendiendo al sitio tan público, y que la tesorería de la Ciudad se halla en igual o peor situación por las mismas razones y particularmente por la minoración de sus arbitrios, acordó se proceda a la reparación de dicho camino y murallón y al pago de su coste de los fondos de la Caja de obras, con calidad de reintegro de lo que ingresen en la de la Ciudad.

GACETA DE MADRID (nº.)
5.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


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6.03



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7.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


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8.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


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9.03



GACETA DE MADRID (nº.)

10.03


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11.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
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12.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
13.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
14.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

15.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

16.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.

16 de Marzo D. José de Aguirresarobe manifiesta haber suspendido en virtud de lo que se le ordenó, los trabajos del puente de Santa Catalina, solicita se nombren los
inteligentes para su reconocimiento y regulación según la escritura otorgada en 13 de Mayo de 1819. La Junta expone al Ayuntamiento que no cabe duda que por aquel, no solo está previsto el caso de una guerra sino también exonerado el rematante de toda responsabilidad. Aunque no ha llegado todavía ese caso, basta que haya recelos más o menos fundados de un .próximo rompimiento de guerra, conviene a sus intereses y a los del mismo rematante que la obra en su estado actual sea reconocida y graduado su coste por dos inteligentes. No solo considera de absoluta necesidad esta operación, sino que convendría que VS oficiando al Comandante general militar procure que el Ingeniero de la plaza, precedido reconocimiento del puente, señale la parte que podrá inutilizarse para interceptar el paso por dicho punto, a fin de que, desde luego, se preparen los aldamios en disposición de que sin mayor quebranto de la obra, pueda ejecutarse esta operación prontamente, cuando la necesidad o circunstancias lo exigieren imperiosamente.

Ante la inminente invasión francesa, en esta última acta de la Junta se dan las instrucciones para cortar el paso del puente de Santa Catalina. En esta fecha cesan los trabajos de la Junta y se produce la dispersión de sus individuos a la vez que la de numerosos vecinos de la ciudad. Después del bloqueo y la rendición de la ciudad, se advierte la paralización del quehacer de la Junta de obras en su labor de reconstrucción. Los años siguientes no muestran sino tanteos, ideas para el futuro pero apenas realización alguna ni progreso en las obras de reconstrucción. Son numerosas las reclamaciones de propietarios de terrenos para que sean indemnizados a causa de la remodelación de sus solares para adecuarlos a la alineación de las calles y edificios que han ido surgiendo estos últimos años de los escombros2.


17.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTAnº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

18.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)
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20.03

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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.
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24.03

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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)
30.03

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

31



GACETA DE MADRID (nº.)





















04 – ABRIL - APIRILA
1.04



GACETA DE MADRID (nº.)
2.04

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA


GACETA DE MADRID (nº.)

3



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5

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA


GACETA DE MADRID (nº.)

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GACETA DE MADRID (nº.)

7.04

@ - Paso de la frontera de Irún 



GACETA DE MADRID (nº.)
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GACETA DE MADRID (nº.)
Vista de San Sebastián: el 9 de abril de 1823, habiendo realizado la guarnición una salida, fue asaltada por la división del general Bourke y tuvo que retirarse a la villa (KOLDO MITXELENA KULTURUNEA)
10.04



11


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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA

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24.04

Instalación del Ayuntamiento provisional de la ciudad de San Sebastián en la casería de Miracruz de su jurisdicción el 24 de Abril de 1823.

AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
25



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29.04

AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA


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30.04



GACETA DE MADRID (nº.)


31














Vista de San Sebastián: el 9 de abril de 1823, habiendo realizado la guarnición una salida, fue asaltada por la división del general Bourke y tuvo que retirarse a la villa (KOLDO MITXELENA KULTURUNEA)

Los Cien mil hijos de San Luis (Del San Sebastián que fue) Los Cien mil hijos de San Luis (Museo Zumalakarregi)






05 – MAYO - MAIATZA
1.05



GACETA DE MADRID (nº.)

2.05



GACETA DE MADRID (nº.)

3.05

@ - En la noche del 3 al 4 de Mayo un suceso trágico ensombreció la población. Una escolta de soldados de las tropas constitucionales de la guarncición del Castillo de la Mota, al mando de un subteniente, asesinó vilmente a un presbítero y a siete frailes  del Convento de San Telmo, despeñándolos al mar desde el monte Urgull.



GACETA DE MADRID (nº.)
4.05

AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

5


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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA
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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA

18.05


19.05

AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA
AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA Nombramiento de procuradores para las Juntas Generales de la Provincia y otorgamiento de poder


20


21.05

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA
@ - Con la ciudad sitiada por las tropas francesas



GACETA DE MADRID (nº.)
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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA





















06 – JUNIO - EKAINA
1



GACETA DE MADRID (nº.)

2



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3.06



GACETA DE MADRID (nº.)

4.06

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA
@ - El Coronel del Regimiento España



GACETA DE MADRID (nº.)
5.06
.


GACETA DE MADRID (nº.)
6.06

AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA


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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA
AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA


GACETA DE MADRID (nº.)

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28.06

AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA


GACETA DE MADRID (nº.)

29.06



GACETA DE MADRID (nº.)

30.06



GACETA DE MADRID (nº.)























07– JULIO -
1


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3.07

AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA


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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

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08 – AGOSTO -
1


2


3


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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ACTA

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09 – SEPTIEMBRE -
1


2


3


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5


6


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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

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AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

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27.09

(1823) Capitula la Ciudad, sitiada por las fuerzas francesas del duque de Angulema. 
@- La plaza fuerte de San Sebastián capitula ante las tropas francesas del general conde de Ricard, llegadas para imponer el absolutismo.

28


29


30


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@ - El grave problema de la falta de leña no se resolvió hasta después de la rendición de la ciudad en Septiembre de 1823.















10 – OCTUBRE -
1.10

AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ACTA

2

3


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21.10

@ .- Ya bajo mando francés, el Ayuntamiento responde al Coronel que pide los destinos de los conventos de la ciudad. Con respecto al de San Telmo, existió en él un hospital militar desde 1795 hasta 1808 en las galerías del Convento intramuros

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25.10

Después del bloqueo
25 de Octubre
Hay algunos cambios en los individuos de la Junta de obras. Hasta el 16 de Marzo son: Alcalde presidente, Antonio Alberdi. Individuos, José Santiago de Claessens, Jose Maria de Soroa y Soroa, Evaristo de Echagüe y Joaquín Luis de Berminghan.
Desde el 25 de Octubre son: Alcalde presidente, Jose Antonio de Azpiazu. Individuos, José María de Soroa y Soroa, Evaristo de Echagüe y Joaquín Luis de Berminghan. • Debiendo el anterior Secretario de esta Junta, D. Jose Joaquin de Arizmendi cesar en el ejercicio de tales funciones, con arreglo a las supremas órdenes por causas notorias, y queriendo la misma Junta que en todos tiempos conste su sumisión a ellas, nombró por tal Secretario para en adelante del de Ayuntamiento de esta ciudad, D.Sebastián Ygnacio de Alzate c

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11 – NOVIEMBRE -
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8.11

8 de Noviembre La Junta se dirige al Ayuntamiento. Habiendo cesado las causas que motivaron la suspensión del cobro del derecho del peaje del puente de Santa Catalina y siendo indispensable este arbitrio para la conclusión del mismo puente que se está construyendo, en Junta celebrada hoy he acordado suplicar a VS tome las medidas oportunas para poner corriente el cobro de dicho portazgo en los mismos términos que se ejecutaban antes de la suspensión.

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12 – DICIEMBRE -
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9 de Diciembre Habiendo llamado mi Ayuntamiento a la pieza de sus sesiones a DCastor Javier Trobo, Auditor de guerra de esta plaza y preguntado si el individuo que ha sido implicado con sueldo por el gobierno de las Cortes que no lo era antes del 7 de Marzo de 1820, debe ser por solo este hecho excluído de la matrícula de concejante y del empleo que tuviere inmediato del Ayuntamiento o Cuerpos dependiente de él, ha contestado que por el hecho de haber admitido empleo del Gobierno revolucionario y disfrutado sueldo había manifestado su adhesión a él y que por consiguiente debe perder el empleo, con arreglo a Reales órdenes expedidas por la Regencia del Reyno y aprobadas por SM, y debe a si bien ser excluído de la matrícula de concejantes.

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1823


ARCHIVO MUNICIPAL (1823)

Administrativo 
Histórico (20)
San Millán (7) // Consulado (1)


A

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL (6)

A01

PLENO

@ - ACTAS DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL. SESIONES CELEBRADAS EN LA CASA-HABITACION DEL ALCALDE JOSE BRUNET, ENTRE EL 15 DE ABRIL Y EL 30 DE AGOSTO.

@ - ACTAS DEL AYUNTAMIENTO ABSOLUTISTA. DESDE EL 24 DE ABRIL HASTA EL 1 DE OCTUBRE LAS SESIONES SE CELEBRARON EN LA CASERIA MIRACRUZ Y, A PARTIR DE ESA FECHA, EN LA CASA CONSISTORIAL.

@ - ACTAS DEL AYUNTAMIENTO. 1º TRIMESTRE. CONTIENE COPIADOR DE OFICIOS (2 DE ENERO AL 5 DE ABRIL)

A02

COMISIÓN PERMANENTE / DE GOBIERNO

A03

JUNTA DE GOBIERNO Y JUNTA MUNICIPAL

A04

COMISIONES INFORMATIVAS ESPECIALES

A05

REGISTRO GENERAL

A06

AYUNTAMIENTO Y ALCALDÍA

A07

ELECCIONES

A08

ORDENANZAS Y REGLAMENTOS

A09

PERSONAL

A10

POLICÍA MUNICIPAL

A11

ABASTECIMIENTO PÚBLICO

A12

ALUMBRADO PÚBLICO

A13

RED TELEFÓNICA

A14

LIMPIEZA DE LA POBLACIÓN

A15

VÍA PÚBLICA

A16

SERVICIO DE INCENDIOS

@ - DOCUMENTACION DIVERSA REFERENTE A: SEGUROS CONTRA INCENDIOS, PARTES DE INCENDIOS, ORGANIZACION DEL SERVICIO, REGLAMENTACION, ETC. CONTIENE REGLAMENTO PARA CASOS DE INCENDIOS DE ESTA CIUDAD DE SAN SEBASTIAN.

A17

BENEFICENCIA

@ - DOCUMENTACION RELATIVA A LAS CUENTAS DE LAS MEMORIAS.

A18

SANIDAD

@ - EXPEDIENTE RELATIVO A ACTAS DE LA JUNTA DE SANIDAD.

A19

CEMENTERIOS

A20

CORRECCIÓN PÚBLICA

A21

ESTABLECIMIENTOS Y ARTEFACTOS INSALUBRES, INCÓMODOS Y PELIGROSOS





B

FOMENTO

B01

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

B02

MONUMENTOS Y HOMENAJES

B03

ARCHIVO

B04

BIBLIOTECA

B05

MUSEO MUNICIPAL

B06

MÚSICA

B07

ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

B08

EXPOSICIONES Y CONGRESOS

B09

AGRICULTURA, INDUSTRIA Y COMERCIO

B10

ESTADÍSTICA

B11

INSTRUCCIÓN PÚBLICA

B12

FOMENTO, COMISIONES




C

HACIENDA  (1)

C01

PRESUPUESTOS

C02

CUENTAS

@ - EXPEDIENTE RELATIVO A CUENTAS CORRESPONDIENTES AL AÑO 1823.

C03

CONTABILIDAD GENERAL

C04

ARBITRIOS MUNICIPALES

C05

BIENES MUNICIPALES

C06

DÉBITOS MUNICIPALES

C07

CONTRIBUCIONES E IMPUESTOS

C08

JUNTA Y COMISIONES




D

OBRAS (1)

D01

ORDENANZAS DE EDIFICACIÓN

D02

REEDIFICACIÓN DE LA CIUDAD

@ - EXPEDIENTE RELATIVO A CUENTAS DE ARBITRIOS CON DESTINO A LAS OBRAS DE REEDIFICACION, LIBRAMIENTOS Y RECIBOS.

D03

ENSANCHES DE LA CIUDAD

D04

ALINEACIÓN Y MODIFICACIÓN DE CALLES Y VÍAS

D05

ROTULACIÓN DE CALLES Y VÍAS Y NUMERACIÓN CASAS

D06

ALCANTARILLADO

D07

ACERAS Y PAVIMENTACIONES

D08

CARRETERAS DE PRIMER ORDEN Y ESPOLONES

D09

CARRETERAS DE SEGUNDO ORDEN Y CAMINOS VECINALES

D10

EDIFICIOS PÚBLICOS

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EDIFICIOS PARTICULARES

D12

PUENTES Y PONTONES

D13

FERROCARRILES

D14

TRANVÍAS

D15

PASEOS, JARDINES Y ARBOLADOS

D16

RÍOS, REGATAS, LAGUNAS, TERRENOS PANTANOSOS, ARENALES Y MARISMAS

D17

AGUAS POTABLES

D18

BARRACAS, CERRADOS, SÓTANOS Y COBERTIZOS

D19

MATERIAL DE OBRAS

D20

OBRAS Y MEJORAS DIVERSAS

D21

PERSONAL

D22

COMISIONES




E

RELACIONES INSTITUCIONALES (12)

E01

RELACIONES CON LA FAMILIA REAL (1)

@ - EXPEDIENTE RELATIVO A LAS FUNCIONES RELIGIOSAS Y CIVILES CON MOTIVO DE LA VUELTA DESDE CADIZ DEL REY FERNANDO VII, DEFUNCIONES, ENLACE EN CUARTA NUPCIAS CON MARIA CRISTINA DE BORBON, ETC.

E02

RELACIONES CON LA DIPUTACIÓN (2)

@ - REGISTRO DE JUNTAS:- GENERALES Y PARTICULARES CELEBRADAS EN VILLAFRANCA EN 1823.- PARTICULAR CELEBRADAS EN AZCOITIA EN 1824.- GENERALES CELEBRADAS EN ZUMAYA EN 1825.- PARTICULARES CELEBRADAS EN SAN SEBASTIAN EN 1827. 

@ - EXPEDIENTE RELATIVO AL REGIMEN ADMINISTRATIVO DE LA PROVINCIA: CONVOCATORIAS A JUNTAS GENERALES, ALOJAMIENTO, NOMBRAMIENTOS DE JUNTEROS, ELECCION DE ALCADES Y CAPITUALRES DEL AYUNTAMIENTO, LIBRE ENTRADA DE FRUTOS COLONIALES, EXTRACTOS DE SESIONES, ETC. CONTIENE NOTAS SOBRE ARTICULADO DE LOS FUEROS Y UN EXTRACTO DE LOS MISMOS. 

E03

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES CIVILES

E04

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES ECLESIÁSTICAS

E05

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES MILITARES (5)

@ - REGISTRO GENERAL FORMADO EN SAN SEBASTIAN EL 5 DE OCTUBRE DE 1823 EN EL QUE SE HALLAN COMPRESOS LOS PARTICULARES DE LOS VOLUNTARIOS CONSTITUCIONALES DE ELLA PRESENTADOS EN TERMINO, FUERA DE EL, DE LOS NO PRESENTADOS AUN AL TIEMPO DE LA ENTREGA DE LA PLAZA, Y DE LOS QUE PERMANECIAN EN LA MISMA DURANTE EL BLOQUEO

@ - NOMINA GENERAL DE LA MILICIA VOLUNTARIA TITULADA CONSTITUCIONAL DE LA CIUDAD DE SAN SEBASTIAN.

@ - EXPEDIENTE RELATIVO A LOS TERCIOS REALISTAS: ALISTAMIENTO, ALOJAMIENTOS, DONACIONES Y CUOTAS, NOMBRAMIENTOS DE OFICIALES, SUMINISTRO DE MATERIAL Y ARMAMENTO, UNIFORMES, DESARME, FORMACION DE CUERPOS DE VOLUNTARIOS REALISTAS, ETC. 

@ - EXPEDIENTE RELATIVO A CARGAS DE ALOJAMIENTOS, SERVICIO DE BAGAGES, TRANSPORTE DE LOS MISMOS, CUENTAS, ETC. CONTIENE 'CONVENIO CONCLUIDO ENTRE S.M. CATOLICA Y S.M. CRISTIANISIMA, RELATIVO A LA PERMANENCIA DE LAS TROPAS FRANCESAS EN ESPAÑA Y REGLAMENTO', 1824.

@ - DOCUMENTACION RELATIVA A LA LIQUIDACION DE SUMINISTROS HECHOS DE LOS FONDOS PUBLICOS, TRASLADO DE BATALLONES A LA PLAZA DE S.S., TOMA DE DIVERSAS FORTIFICACIONES POR LAS FUERZAS NACIONALES, HOSPITAL MILITAR, EXPEDICION Y REGISTRO DE PASAPORTES, INDEMINIZACIONES POR DAÑOS SUFRIDOS, SUMINISTROS A LAS TROPAS, ETC.

E06

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES MARÍTIMAS

E07

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES JUDICIALES

E08

RELACIONES CON VARIOS (4)

@ - COPIADOR DE OFICIOS DE LA EPOCA EN QUE EL AYUNTAMIENTO PROVISIONAL ESTUVO INSTALADO EN LA CASERIA MIRACRUZ, 24 ABRIL 1823 A 3 JULIO 1823

@ - COPIADOR DE OFICIOS DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, 2 DE JULIO DE 1823 A 29 DE SEPTIEMBRE 

@ - EXPEDIENTE RELATIVO A LA HIDALGUIA DE DON JOSE ANTONIO DE OLARREAGA, NATURAL DE GABIRIA. CONTIENE COPIA DE 1815 DE AUTOS ORIGINALES DE FILIACION DE 1767.

@ - EXPEDIENTE RELATIVO A LA HIDALGUIA DE DON JUAN LUIS DE AGUIRREZABAL, NATURAL DE SAN SEBASTIAN.









































































































































































































 















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