viernes, 2 de diciembre de 2016

ANUARIO - 1815 - URTEKARIA



1815




#1815.Ayuntamiento Foral. ALCALDES:
.- Evaristo de Echagüe Barbería
.- Manuel Gogorza












01 – ENERO - URTARRILA
1.01

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

2.01

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.
3.01

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.


Año 1815 Disposiciones de la autoridad militar sobre edificios. D.Bartolomé Muñoz de Torres del Consejo de SM su Secretario de Cámara y de Gobierno del Consejo. Certifica: que con fecha 18 de Agosto de 1814 se remitió a consulta del Consejo la representación que dirigió a SM el Ayuntamiento de San Sebastián exponiendo la situación después del desastre de 1813 y la forma y diseño para la reconstrucción de la misma, los sitios que ocupaban los principales edificios de la ciudad. Con todas las informaciones el Consejo informará. Para el cumplimiento de lo mandado en el auto expedido en 22 de Septiembre de 1814 la Provisión correspondiente. En este estado ha ocurrido al Consejo el Ayuntamiento de esa ciudad manifestando los oficios que han mediado entre VS y el mismo Ayuntamiento con motivo de haber concedido VS licencia al benemérito soldado Francisco Larrinde para construir una casa en la Plaza vieja y terreno propio del Rey El Sr. Fiscal ha expuesto que el nuevo aspecto y arreglo en los edificios públicos y particulares con mayor ornato y mayor disposición que haya de reunir San Sebastián como ciudad mercantil y Plaza de armas que resultan de los planos mandados levantar, y todo ello es poco conforme cuando no sea contrario al levantamiento de edificios particulares cuyos diseños quedarán expuestos a sentir el daño de demolición si trajesen perjuicio al plan general de obras y nueva disposición que llegue a adoptarse. Que no es conveniente en el estado actual que se levanten edificios permanentes, debiéndose únicamente permitir los interinos provisionales de poco coste y fácil demolición a que precise la necesidad de los habitantes, y esto en sitios que desde luego no se consideren útiles para los edificios mayores, calles públicas, plazas, plazuelas, cuarteles, iglesias, hospitales y otros objetos de ornato y conveniencia general. Enterado de todo el Consejo por auto de 10 de este mes, se ha servido mandar se diga al Ayuntamiento suspenda toda permisión para edificar en esa ciudad. Madrid 3 de Enero de 1815

GACETA DE MADRID (nº.)

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

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GACETA DE MADRID (nº.)

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

7.01

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

10.01

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

# 10 de Enero D. Pedro Gregorio de Yturbe vecino de esta ciudad, remató en pública almoneda los arbitrios que están concedidos a esa Junta, por 48000 reales, pagaderos por meses a razón de 4000 reales en cada uno de los doce meses del presente año.



GACETA DE MADRID (nº.)
11.01

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.


11 de Enero La Junta de obras comunica haberse rematado el derecho de portazgo en 90 reales diarios. Acordó que el tesorero vaya también recibiéndolo del rematante Jose Antonio de Esnaola mensualmente, conforme a las condiciones celebradas en el remate. Se toma en consideración que este derecho se halla establecido con el único objeto de invertir todo su rendimiento necesariamente en dar frente al coste de la reposición del mismo puente o en el que podría originar la construcción de uno nuevo. El Alcalde Gogorza expuso que podía destinarse parte de esta suma al pago de intereses del capital de unos seiscientos mil reales vellon que se podía recibir al redituarlo al 6% al año y bajo la circunstancia de poder reducirlo cuando el estado de la Caja permitiese sea devuelto al prestamista, por una vez o dividida. Que en concepto del exponente se hallan personas que quisieran prestar aquella suma con la seguridad que ofrece para la paga de sus réditos la hipoteca o garantía de los 48000 reales que han de ingresar en Caja y cuyo destino sólido y fijo ha de ser responder a los intereses del capital. La Junta haciendo aprecio de lo expuesto, acordó que el mismo Alcalde Gogorza juntamente con el Sr. Berminghan hagan las más vivas y eficaces diligencias para encontrar los seiscientos mil reales de capital.


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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
15.01

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.


15 de Enero Se comunica a los Arquitectos nombrados por el Supremo Consejo de Castilla para la formación del plan de reedificación de esta ciudad, que de acuerdo con la exposición que el Regidor D. Manuel de Gogorza hizo en fecha de 16 de Octubre pasado, proponiendo las variaciones o rectificaciones que pueden ponerse en planta al tiempo de la reedificación de la ciudad, el Ayuntamiento desea vivamente que Vds. en la formación del plan que se les está encargado se arreglen a la misma idea por la que la Ciudad y todos sus habitantes están convencidos de que su adopción acelerará la reedificación, y confían que Vds. mirando por sus intereses, contribuirán de su parte a que tenga efecto las intenciones de este Ayuntamiento, su Junta de Obras y el Diputado general de este partido.


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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

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GACETA DE MADRID (nº.)
18.01

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.


18 de Enero El Mayoral del partido de Loyola señala que el puente de aquella barriada se halla intransitable y en urgente necesidad de atender a su reparación para que el paso por él no quede destruído, en grave perjuicio de las personas que con frecuencia andan por dicho puente y especialmente de los que habitan en Loyola. Sírvanse hacer formar el presupuesto del coste y determinar la ejecución de las obras. La Junta examinado el memorial acordó comisionar a D. Domingo de Olasagasti para que junto con el Mayoral descubra si los habitantes de aquella barriada, por el interés inmediato que tienen en que sea reparado el puente, se prestaran a contribuir de su parte a la ejecución de la obra, sea empleándose en el acarreo de los materiales o en otro género de trabajo, a fin de que sea menos costoso, en una época en que la Caja de Obras está exhausta de fondos, porque el rendimiento de sus cortos arbitrios se invierte en obras más necesarias y útiles al público. Se trató con este motivo sobre el mal estado en que se halla la calle estrecha hasta la esquina de la casa que han redificado los Sres. Antonio Tastet y Cía y aun la de Narrica en toda su extensión, y la necesidad de atender a su reparación para que las gentes transiten con comodidad por las dos calle, extrayendo todo el lodo que se ha formado y dando a las aguas que quedan estancadas a falta de su conducto, su curso regular. Resolvió la Junta autorizar al Sr. Olasagasti a proceder a esta reparación y a dejar el paso corriente por ambas calles, que son las más concurridas del pueblo, como también a la apertura del conducto que está cegado en la plazuela de la Cárcel y en donde se extienden las aguas por esta causa.


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GACETA DE MADRID (nº.)

20.01

# BAILE LA NOCHE DE SAN SEBASTIÁN 




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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
22.01

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.
# EXPEDIENTE GASTOS BAILE NOCHE DE SAN SEBASTIÁN :
.- He recibido de don José María Izquierdo ciento sesenta y ocho reales vellón, los ciento sesenta por importe de 10 Libras de belas en bujias que le he vendido para el baile que dio la Ciudad la noche del día de San Sebastián a razón de 16 reales la libra y los ocho reales restantes por los mismos que pagué a los quatro muchachos que se emplearon la mesma noche con las achas en la escalera en alumbrar a las personas que asistieron al Bayle San Sebastián a 22 de Enero de 1815. JOSÉ Mª DE OLAÑETA. (
 EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSAS FIESTAS)


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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.
# CUENTA GASTOS TRABAJOS DE CARPINTERIA :
.- Cuenta de lo  trabajado yo Josef Ezquiaga Maestro Carpintero por orden de don Josef María Izquierdo, a saver ..... reales de vellón
Por 14 jornales a 16 reales reales el jornal ...... 224 
Por 28 Tablas hempleadas en la entablación y en hacer vancos a 6 reales cada una .168
Por 1000 clavos a 9 maravedies el clavo .... 90 
Por un ..... para la lámpara compuesta de una cerradura con su llave nueba todo en 24 
Son reales vellón .... 512
Rebajo la mitad del valor de las tablas por haver veneficiado de ellas lho mismo despues de concluida la noche...... 84
Total del ..... 428
Son cuatro Cientos veinte y ocho reales vellón
San Sebastián a 24 de Enero de 1815 .
José de Ezquieta (!!!!!) (
 EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSAS FIESTAS)

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ACTA nº.
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GACETA DE MADRID (nº.)

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28.01

# EXPEDIENTE GASTOS BAILE NOCHE DE SAN SEBASTIÁN :
.- M.N. y M.L.  Ciudad de San Sebastián 
En cumplimiento de la Comisión que nos dio V.S. para la dirección del Baile de la noche del veinte de Enero corriente en celebridad de la feliz noticia de la confirmación de los fueros de nuestra amada Provincia y distinción de .... presentamos a V.S. la Cuenta de gastos que asciende a Quatro mil ciento y nueve reales vellón, por cuya mitad corresponden a V.S. Dos mil cincuenta y quatro reales diez y siete maravedís de vellón, quedando a cargo del Iltre. Consulado otra igual cantidad como se ofreció por su oficio de 18 del corriente mes.
Suplicamos a V.S. se sirva expedir a nuestro favor el correspondiente mandamiento a cargo del Tesorero de V.S para que nos satisfaga de los Propios y Arvitrios de V.S.
San Sebastián Enero veinte y ocho de mil ochocientos quinze.
Firman: Juan María de Jauregui, Josef Maria de Garayoa y José María de Izquierdo.
 (
 EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSAS FIESTAS)

# CUENTA de GASTOS
.- Cuenta de gastos que los Comisionados por la M.N. y M.L. Ciudad de San Sebastián y Casa de Contratación y Consulado de la misma presentan del Baile que ambas comunidades dieron la noche del 20 de Enero de 1815 por la plausible noticia de la extinción de Aduanas.
A saver 

  (
 EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSAS FIESTAS)

GACETA DE MADRID (nº.)

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ACTA nº.
# CUENTA de GASTOS baile NOCHE DE SAN SEBASTIÁN 
.- 

  (
 EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSAS FIESTAS)

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.



GACETA DE MADRID (nº.)

02 – FEBRERO - OTSAILA
1.02

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.
# CUENTA de GASTOS baile NOCHE DE SAN SEBASTIÁN 
.- 

  (
 EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSAS FIESTAS)


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GACETA DE MADRID (nº.)

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
8.02

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.


8 de Febrero Los habitantes de los barrios de Loyola y Eguía y la población de Alza, exponen serles gravoso el derecho de un cuarto que se exige por cada persona a su tránsito por el puente de Santa Catalina, y piden que la Ciudad cese en la cobranza de este impuesto. El Magistrado se dirige a la Junta de Obras. Sírvanse hacerme las observaciones convenientes en orden a la cesación que pretenden ellos de mi arbitrio, impuesto en virtud de real facultad para la conservación del puente o para construir otro nuevo, como indispensable y aun necesario para el libre paso y comodidad de todos los que transitan por dicho punto y especialmente de los que habitan en los mismos partidos y población, cuyos representantes dirigen la queja de una manera bastante irregular y ofensiva a una autoridad que con tanta firmeza y escrupulosidad procede en el manejo de los fondos públicos. El día 11 la Junta de Obras contesta a la Ciudad diciendo que el derecho que se cobra en el puente de Santa Catalina hace fondo separado y no es confundido con el rendimiento de los demás arbitrios que están concedidos a la Junta, y hace tiempo que la misma tiene resuelto que aquel caudal sea invertido en el objeto especialmente destinado. Si pareciendo a la Ciudad, se puede reducir el derecho a su mitad, haciendo que el rematante preste su conformidad a esta variación y se le aminore en esa proporción.
Por lo que respecta a las expresiones ofensivas que se vierten en dicho memorial, puede el Ayuntamiento dictar las providencias que crea más convenientes a fin de que en otra ocasión no sea ultrajada la autoridad de un Magistrado civil del pueblo, con un tono de superioridad a que no está acostumbrado el Ayuntamiento por ningún súbdito suyo, ni se dude por nadie de su pureza y escrupulosidad en el manejo de los fondos públicos.
El día 15 el Magistrado se dirige a la Junta de Obras. Convencido de las razones representadas por Vds. he venido a resolver que el derecho de portazgo quede reducido a su mitad, guardando la proporción tanto de las personas que transitan por el puente cuanto las caballerías o yuntas que pasan por él.


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GACETA DE MADRID (nº.)

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
12.02

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.
# Los conductos por donde tiene su curso el agua de la fuente, se halla obstruido y es necesario limpiar y ponerlo corriente, que por estar cegado el caño hasta el desaguadero de la Zurriola, quedan estacadas las aguas y las criadas que asisten con erradas a la fuente se quejan justamente. Que Domingo de Olasagasti ejecute esta operación 




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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

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18.02

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.


18 de Febrero El Ayuntamiento viendo se acerca la estación propia para la construcción de edificios y para todo género de obras, cuya ejecución está pendiente de la comisión de los dos Arquitectos, y noticioso de que en el pueblo entre particulares corren varias especies sobre las ideas de los dos Arquitectos, sin que el Ayuntamiento supiera nada del estado en que tenían su trabajo, se acordó pedírselo. Así lo hace el señor Miranda, entregando un papel en el cual se hace una descripción de la ciudad antigua, se impugna la idea para la reedificación adoptada por el Ayuntamiento pleno, Junta de Obras y Diputación, y se propone la necesidad y utilidad de una reforma general. Después de detallar el estado de la ciudad antigua, los Arquitectos Miranda y Ugartemendia dicen los defectos que resultan de adoptar el plan de reedificación de las tres calles, según lo propone D. Manuel Gogorza y lo explican en detalle. expresando No es nuestra idea el replantar toda la ciudad, sino toda aquella parte que se halla destruída, conservando los edificios públicos y casas particulares que no han padecido incendio ni deterioro, ordenar sus calles, plazas y demás edificios que existían en la parte arruinada. Tenemos deseos de desengañar a los habitantes de San Sebastián del error que habían concebido para oponerse a dicha reforma general, y de realizarla resulta lo siguiente. Lo explican en veinte apartados.

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)
26.02

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

EXP. El Ayuntamiento hace saber que en medio de las providencias dictadas por la misma y publicadas reiteradas veces, son frecuentes las quejas que dirigen los Jefes militares sobre que los paisanos compran a los soldados los efectos militares y otros objetos hurtados por ellos y que de la proporción que encuentran de poder venderlos con facilidad y sin riesgo o temor de ser descubiertos sus crímenes y excesos, sigue que los robos sean casi diarios.

No pudiendo el Ayuntamiento mirar con indiferencia los abusos tan perniciosos y perjudiciales, vuelve a recordar la prohibición impuesta a todo el vecindario para la compra de objeto alguno a los soldados, en el concepto de que cualquiera que contravenga a esta providencia será castigado con la multa de dos ducados y otros tantos de prisión por primera vez; a la segunda se dobla la pena e incrementa en la misma por tercera vez, además de imponerle ocho ducados con igual número de días de prisión. Se tomarán por los Alcaldes otras providencias las más rigurosas y severas para escarmiento, a los que por medios indirectos autorizan el latrocinio y miran con indiferencia y frivolidad las disposiciones tomadas para evitar semejantes abusos.




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LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN


















03 – MARZO - MARTXOA
1.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº34.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

AY. El Ayuntamiento tuvo presente la necesidad de nombrar los Alcaldes de barrios, porque en este pueblo jamás ha habido tanta necesidad como ahora de estos empleados, cuyo principal objeto debe ser y es el de hacer rondas de noche y vigilar incesantemente que no anden por las calles de noche personas ociosas o mal entretenidas, pues que lo acaecido la noche del 24 anterior manifiesta que algunos coligados en cuadrillas y proveídos de armas dan asaltos nocturnos, despojando a los hombres más pacíficos del dinero y alhajas que llevan, y llega su depravada intención al extremo de hacerles daño personalmente.

Queriendo pues el Ayuntamiento poner todos los medios que están de su parte para evitar estos perjuicios y males, y pareciéndole que el más eficaz es el de elegir los Alcaldes de barrios, acordó nombrar por tales a D. Joaquín Cayetano de Sasoeta y D. Migel Borne, y por sus tenientes a D. José de Zavala y D. José de Avalia.

El Ayuntamiento tomó en seguida en consideración lo mucho que interesa a la mayor seguridad del vecindario el tomar todas las demás medidas de precaución para evitar cualquier sorpresa al pasar de noche por las calles, y siendo una de ellas la de llevar luz en farol, resolvió que se publiquen por bando, que desde hoy en adelante anden todos con farol, desde la siete en adelante, sin excepción de sexos ni personas, en la inteligencia de que a cualquiera que se le encontrase sin luz después de las siete, se le impondrá la pena de ocho reales de exacción por primera vez y a la segunda se doblará, sin perjuicio de tomar otras providencias.


● Se leyeron memoriales de Pascual Antonio de Escudero, Manuel Ezcurdia y Teresa Landa, en que piden el permiso del Ayuntamiento para la colocación de las barracas sobre los terrenos que se designan en ellos, y habiendo obtenido la licencia de sus respectivos dueños, el Ayuntamiento resolvió concederles los permisos que solicitan, bajo las reglas que tiene acordada la Ciudad.

El Alcalde Gogorza no está de acuerdo, pues los Arquitectos han concluído el plan que han remitido a la Real Academia de San Fernando y no tardará en aprobarse, exponiendo a los pretendientes a demoler lo que ahora fabrican, y sobre todo que no se concedan licencias para construir edificios de esta especie hasta que no sea el plan aprobado.

El Ayuntamiento, sin embargo, persuadido que al conferir estas licencias procede en todo conforme a la orden del Supremo Consejo, con la misma prevención de que se cuide sean estas casucas de poco coste y fácil demolición, acordó subsista lo acordado y se ponga en ejecución a fin de que las familias miserables o de suma pobreza no queden a falta de estos asilos.


• El Regidor Garayoa expuso que ha llegado a saber que en el pueblo se experimenta un descontento general por la desigualdad que se observa en el ramo de alojamientos, pues quien lleva el mayor peso es la gente pobre, porque diferentes casas visibles se hallan sin ningún alojado y otras, a pesar de su mucha capacidad solo se hallan con un teniente o alferez, y las casas reducidas y de pobres, quedan sobrecargadas y las de los opulentos desembarazadas y libres enteramente. El exponente nada más desea sino que se guarde una igualdad y proceder a una graduación justa.

El Ayuntamiento conformándose con la idea propuesta por el Sr. Garayoa, acordó se proceda al reconocimiento de todas las casas que hay en el recinto del pueblo y se haga la graduacioón más justa, arreglada y equitativa para el ramo de alojamientos.


  • Derecho de portazgo que se cobra en el puente de Santa Catalina, al que deberán arreglarse todos y es el siguiente:

Toda persona al transitar por el puente está obligada a pagar 2 maravedises. Por cada caballería con carga 8. Sin carga 4. Por cada yunta de bueyes o vacas con carga 12 maravedises. Sin ella 6. Por cada cabeza de ganado de buey, vaca o ternera 4 maravedises. Por cada burro o burra con carga o sin ella 4. Por cada cerdo 4. Por cada cerdo de cría 2.

Advertencia. Están exceptuados del pago de dicho derecho los militares, sus asistentes, criados o criadas.

No se comprenden en esta exección los criados o criadas de los patrones o patronas en cuya casa estuviesen alojados los militares.

Se exceptúan los empleados en el Hospital militar de San Francisco.

No se exime del pago a las mujeres o criadas de los expresados empleados, pues la exención no es extensiva a sus familias.

Tampoco pagarán los niños y niñas, debiendo presentar ellos al recaudador certificado de sus maestros.

Todos los demás niños que pasen de la edad de cuatro años han de pagar 2 maravedises.

El Ayuntamiento resolvió que se entregue al rematante del derecho de portazgo el precedente arancel y lo coloque en paraje que puedan ver y leer cuantos transitan por el puente.


2.03

GACETA DE MADRID (nº.)

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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº35.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

AYUNTAMIENTO. Se lee memorial de Juan Manuel Echeverría. Músico tambor de VS, hace presente que en esta clase sirve ha más de 30 años sin que en todo el decurso de ellos se le haya hecho asignación alguna.

El exponente se halla cercado de familia dilatada sin que pueda lograr en su oficio de obra prima la debida subsistencia, y en tal circunstancia se persuade que VS mirará por su alivio, que por el espacio de tiempo tan largo le ha servido con la debida puntualidad, y le suplica se digne señalar la cuota anual que tenga a bien, a fin de que con este socorro pueda ayudar a parte del sustento de su familia.

El Síndico Galardi afirma, por informes fidedignos que el Sr. Echeverría reclama justamente la asignación del sueldo, pues sus utilidades son sumamenete cortas y no se extienden mas que a la tercera parte que producen las alboradas, y estas en la actualidad deben ser de poca monta, pues los habitantes de esta desgraciada ciudad andan dispersos, por la ruina experimentada, y agregando que sus servicios de dependiente en treinta años, le hacen acreedor a la concesión de la gracia.

El Ayuntamiento, en vista de todas esas razones, acordó designarle la dotación de cien ducados al año a disfrutar desde hoy en adelante, aunque solicitando la aprobación del Supremo Consejo de Castilla, por carecer de autoridad el Ayuntamiento para el señalamiento de sueldos fijos sin dicho requisito.


● D. Francisco Xavier de Soraiz, natural de esta ciudad, pide se le adjudique una de las plazas de Procurador que se hallan vacantes, respecto haber adquirido práctica con su padre D. Manuel Francisco de Soraiz, Escribano numeral de esta ciudad.

El Ayuntamiento acordó nombrarle como Procurador.


LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

MG. Para los Mayordomos de Santa María, San Vicente y de la Cofradía del Santísimo.

Mi Alcalde Gogorza me ha presentado el presupuesto del coste que tendría la construcción del palio para las procesiones del día del Corpus y su octava, y el mismo Alcalde me ha sugerido el medio de atender al pago de los 1810 reales que monta este gasto.

En esta vista he dispuesto que este gasto se soporte por los fondos de las fábricas de ambas Parroquias y la Cofradía del Santísimo, contribuyendo por tercias partes iguales.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

AY. El Capitán general de esta Provincia oficia. Mediante que el Coronel D. Juan Yrizar prófugo en Francia como partidario de los franceses, permaneció en esa plaza empleado en la Junta criminal, y urgiendo tener noticia de su naturaleza, familia, bienes o procedimiento judicial que estuviese pendiente acerca de su conducta, espero VS me instruya de cuanto pueda indagar sobre ello.

El Ayuntamiento acordó se envíe copia del informe dado al Corregidor.

El Magistrado comunica al Corregidor.

Contestando a su oficio y de los informes adquiridos, consta que el Coronel Joaquín Yrizar es natural de la Villa de Vergara, quien pasó a Francia al acercarse a su frontera las tropas españolas y aliadas, como adicto a los franceses y uno de los que constituían la Junta criminal de su Gobierno; que no tiene ninguna familia y reside actualmente en la ciudad de Montauban.

Los únicos bienes que poseía Yrizar en esta jurisdicción consisten en el caserío nombrado Lobaina. Esta finca fué secuestrada en virtud de oficio de la Diputación de esta Provincia en 19 de Agosto de 1813 por su comisionado D. José Joaquin de Arizmendi, quien lo administra en la actualidad como comisionado y en virtud de orden de su administrador principal D. Francisco de Arrieta que reside en Vitoria.

No tengo noticia ninguna si contra Yrizar está pendiente o no algún procedimiento judicial.


GACETA DE MADRID (nº.)
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GACETA DE MADRID (nº.)
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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº36.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

MG. Para el Intendente general del 4º Ejército.


El corto número de religiosos que se han restituído a la proximidad del Convento de San Francisco extramuros de esta ciudad y que se hallan dispersos en los caseríos de su inmediación, no cesan de solicitar se les proporcione en él una pieza donde puedan acomodarse en aquel local y desempeñar con más puntualidad las sagradas obligaciones de su Instituto.

Constándome que la parte del Convento destinado para los novicios se halla desembarada, pido a V. ordene que esta pieza quede a disposición de los religiosos, pues no resultará perjuicio a los enfermos, pues en el resto del Convento queda bastante capacidad para acomodar a los que hay actualmente y otros que puedan llegar

  • Para el Gobernador de esta plaza

A pesar de las providencias dictadas por dos veces y la pena impuesta a los staventos y el celo con que se regula su cumplimiento, son varios los que Transitan de noche y deshoras por las calles, sin luz.

Para que me quede sin cumplimiento, tenga VS a bien ordenar al sargento cabe que hace de jefe de partida que sale de ronda por la noche, que a toda a que encontrase sin lue después de las siete y media de la noche, la conducta y tenga en la prevención, mientras cualquiera de los dos Alcaldes, infor macs por el oficial de guardia de estos arrestos, disponga lo conveniente.

  • Para el Consulado de esta ciudad y al Cabildo Eclesiástico.

La Junta general de vecinos especiales acordo celebrar anualmente el 31 de Apresto un solemne aniversario en suttagio de las almas de los vecinos que mr exe dia y en los siguientes.

  • Para el Corregidor de esta Provincia.

Me he enterado de la carta orden que VS me inserta y en la que se piden las diferentes razones que deben darse a la Contaduria general de propios y arbitrios del Reyno, por los pueblos, asi del producto e inversión de sus arbitrios como del destino que hubiese tenido el rendimiento de las propiedades de que se hubiesen enajenado ellos en los últimos seis años.

La Ciudad en medio de la confusión y el desorden en que por desgracia se vio en la época triste e intèlia que estuvo dominada por las tropas enemigas. samas quiso prescindir a las formalidades que estaban prescritas por la misma Contaduría general

Mas a pesar del método establecido prudente y acertado, no the posible guardar y mantener el orden conservado hasta entonces, en un tiempo en que maba el despotismo y la arbitriaridad mi se respetaban los derechos y pros prestados de las Comunidades ni las que pertenecian a los particulares, ni se conocia otra ley que la que dictaba la fuerza o el capricho de los que se hallatsın puestos a la cabeza de las oprimidas provincias.

Se dio a sus negocios dirección diversa de la que llevaban anteriormente Se altero immediatamente la forma establecida para la recaudación de los arbiTres Variaron enteramente los objetos a que eran destinados sus rendimientos. Principaivon las enormes e insoportables contribuciones que se exigian con todo rigor y amenaza de ejecución militar en todas las ciudades, villas y lugares osades por las tropas francesas

Se agotaron prontamente todos los recursos, conocieron que el peso de lax contribuciones que exigian era superior a las fuerzas del país, y acabaron por conceder a los pueblos la facultad de enagenar las propiedades comunales, facultad que no estaba en su mano el concederlas y que solo la fuerza y medidas rigurosas pudieron reducir a los pueblos a hacer uso de las licencias concedidas por los que eran autoridades ilegitimas,

Sin embargo, la Ciudad tuvo especial cuidado en no enagenarse de la menor porción de sus terrenos concejiles ni de finca alguna de su pertenencia, sin tomar conocimiento de sus justos valores por tasación rigurosa de inteligentes, sacarlo a pública subasta ni faltar a ninguna de las otras formalidades a cuya puntual observación estaba acostumbrada siempre.

Son varios los bienes raices de que se ha desprendido la Ciudad en los últimos seis años, pero se halla con la satisfacción de que sus ventas han sido celebradas con las formalidades mismas que podrian guardarse en la actualidad. Sus productos fueron invertidos en la paga de sus crecidas contribuciones y pudieron evitarse las directas o personales que por desgracia tuvieron lugar después de haber absorvido o agotado todas aquellas sumas. No hay persona alguna de tantas como compraron los citados bienes comunales que no hubiesen adquirido su propiedad de una manera regular y aun si cabe decir bastante legal.

Al empezar el tránsito de las tropas francesas por el término de Guipúzcoa. señaladamente por Febrero de 1808, se vio la Diputación reducida a la mayor consternación y conflicto. No era posible a la misma prescindir del suministro de las raciones de viveres y forrajes que en los pueblos de etapa exigian las tropas francesas. La Provincia carecia de medios capaces de atender al enemigo gasto que causaba un servicio de tanta entidad y los pueblos se veian por otra parte reducidos al mayor ahogo y privados aun de los precisos recursos para dar frente a sus obligaciones particulares y de suma ungencia e interes.

En la estrecha e inevitable alternativa de asegurar este ramo o exponerse al rigor de los amos, escogió la Diputación el prudente y discreto medio de facultar a sus pueblos para desprenderse de parte de sus propiedades

Estas verdades hubiera podido demostrar la Ciudad con las actas de almonedas celebradas y escrituras otorgadas y hubiera acreditado también la delis cadera con que se procedió a la enagenación de sus bienes, la inversión de sus rendimientos en la paga de las gruesas contribuciones, salarios de sus depen dientes y el gasto de otras atenciones. No se halla la Ciudad en el caso de ofrecer estas justificaciones porque los documentos que lleva citados fueron abrasados y convertidos en cenizas, asi como las cuentas, Reales cédulas, órdenes, previsiones, privilegios y demás papeles que estaban depositados en su copioso archivo y las diez numerias de la Ciudad en el horroroso incendio acaecido en este desventurado pueblo el 31 de Agosto de 1813 y días sucesivos

La Ciudad está persuadida de que la Junta de propios y arbitrios del Reyno no tomará en consideración otras razones y se hará cargo de que le es absolutamente imposible suministrar muchas de las razones que se piden en su citada orden, y confia que se digne mandar que esas ventas de sus terrenos y fincas sean consideradas estables, subsistentes y válidas, del mismo modo que si la emergencia hubiese procedido de la facultad Real de nuestro legítimo soberano o su Real Supremo Consejo de Castilla.



9.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº37.

GACETA DE MADRID (nº.)
10.03


11.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº38.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

MG. Para el Gobernador de esta plaza.

He visto la papeleta de invitación que ha pasado a mi Alcalde de segundo voto el Capitán D. Juan José de Novoa para que proporcione alojamiento al Teniente de navio D. Joaquin de Moyua que viene destinado a esta plaza en clase de segundo Comandante militar de Marina.


Era desconocida en esta Ciudad la Comandancia de Marina hasta el año 1800 época en que por primera vez fue establecida y en el de 1805 la Capitanía del puerto.

Ni estos jefes ni sus subalternos han gozado jamás de alojamiento. Ellos convenian con los dueños de las casas que debían ocupar y pagaban particularmente las cantidades señaladas de común acuerdo por sus rentas. Aun el actual Comandante tiene alquilada de su cuenta la casa que habita y corre a su cargo el pago de la renta pactada, inferiéndose de aquí que aun al presente no tiene derecho a pedir el alojamiento dicho jefe.

No hay en el recinto de esta ciudad mas de cincuenta casas. En ellas están acomodados con mucha estrechez e incomodidad mas de 2500 habitantes. Estos ni tienen camas ni ropa y muebles aun para sus usos y menos para el indispensable servicio de los alojados.

El Rey tomó en consideración estas y otras razones y mandó fuese aliviada la ciudad en la enorme carga que pesa sobre ella, minorándose la tropa que guarnece esta plaza.


AYUNTAMIENTO. Se recibió un oficio de Sor María Ramona de la Concepción, Priora de la Comunidad de Carmelitas Descalzas de esta ciudad, fecha 10 del corriente, en que da parte de su llegada con otras cuatro religiosas al Convento de San Bartolomé y que hoy serán trasladadas a esta ciudad para lo que se preparan también las demás religiosas de su Comunidad.

Se acordó contestarle lo mucho que celebra la Ciudad la feliz llegada y que desea ver restituidas a su Convento a todas las religiosas.


• Oficio del Ministro principal de Hacienda del Cuerpo de observación. .

El Inspector de Hospitales de este Cuerpo, noticioso de las quejas que han promovido a VS los habitantes extramurales del punto de San Francisco de esa ciudad, sobre el perjuicio que les origina en dar sepultura a los cadáveres de los militares enfernos, en el sitio contiguo al mismo Convento y de lo que en consecuencia han informado los facultativos destinados en dicho Hospital manifestando que ningún daño puede acarrearles. Me dirijo a VS rogándole vea la imposibilidad de enterrarse en el sitio que pretenden, denominado la Ulía, y tenga a bien disuadirles, ya que sería contra la humanidad y respeto debido a los difuntos que los cadáveres se expusieran a ser devorados por las fieras, como ha habido ejemplar. Y que no hay otro lugar más a apropósito que el de San Francisco, sin perjuicio de que en adelante pueda hacer alguna pequeña obra en el expresado campo de Ulía o proporcionar otro sitio capaz de ello.



GACETA DE MADRID (nº.)
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LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

DIP. Dirigido a la Diputación, se acompañan cinco memoriales de los siguientes sujetos que solicitan ser habilitados para la venta de tabaco.

José y Francisco Brunet José Fermín Minondo Juan José Aramburu Antonio Lozano Vicente María Yrulegui.

Además de los anteriores se incluyen los siguientes de igual clase y con los mismos requisitos.

Viuda de Berminghan e hijos Antonio Tastet y Cía, casa de las antiguas y de mayor crédito de la plaza. Bartolome Olozaga,. Rafael Miguel Bengoechea José Lorenzo de Lavaca Geronimo de Zidalzeta Dionisio Antonio Azurmendi Viuda de Echeverría José Joaquín Yradi Joaquín Gregorio Goycoa María Caresse Blandin Pedro Queheille.

Informe del Consulado. Dice de todos: comerciante de la plaza conocido por su probidad en el giro y por consiguiente cree el Consulado que no abusará en perjuicio de la Real Hacienda de la habilitación que pretende.


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GACETA DE MADRID (nº.)

15.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº39.


LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

AY. El Alcalde Gogorza expuso que consta a todo el pueblo en general y tampoco ignoran los señores que constituyen este Ayuntamiento, el medio que escogió la Ciudad como su Ilustre Consulado en la época triste y fatal en que este vecindario estuvo reducido a la mayor consternación y conflicto por las enormes e insoportables contribuciones que imponían y exigían las autoridades ilegítimas, con amenazas y valiéndose de medidas las más violentas y rigurosas tanto de la propiedad cuanto del comercio y clero.

Tan continuadas y crecidas fueron estas contribuciones y tan largo el tiempo de su duración que el propietario llevaba ya agotado todo el producto de sus casas y caseríos, vendidas la plata y alhajas de alguna estima y valor y empeñadas aún las propias fincas, en cuyo rendimiento consistía su precisa e indispensable subsistencia.

Los comerciantes unos se hallaban con algún capital, otros carecían aun de los recursos necesarios para su manutención. A todos se les graduaban sus fortunas verdaderas o imaginarias. A todos se les señalaban sus contingentes y todos sin miramientos eran obligados a satisfacer a plazos fijos y sin recurso a solicitar y menos a conseguir ninguna demora o prórroga para sus entregas.

Los que tenian realmente algún capital iban absorviéndolo en la incesante paga de sus enormes cuotas y los infelices que sin tenerlo eran considerados como tales, vendían hasta los muebles más precisos para su uso; llegaban los plazos de dar cumplimiento y acudían para darles cumplimiento al favor de sus amigos, y si faltaban estos auxilios, terminaban al fin estas ocurrencias en aquel medio tan indigno y desconocido en España, cual era la ejecución militar, medio terrible y tanto más detestable pues recaían sobre las personas y familias más necesitadas y miserables

Los habitantes de esta Ciudad estaban en un estado deplorable y digno de ser tratado con toda consideración y dulzura. Sin embargo, los jefes franceses continuaban y no cesaban de imponer y exigir las contribuciones. El Magistrado veía de cerca su lamentable situación y escuchaba con dolor los fundados y reiterados clamores de sus administrados. Se empeñaba y esforzaba en discurrir los medios que pudieran servir de alivio y a este fin consagraba el Ayuntamiento todos sus desvelos; mas todo fue en vano porque las autoridades intrusas desatendían y despreciaban aun las reclamaciones las más justas y fundadas.

En tal fatal disposición y con el loable objeto de proporcionar a las clases contribuyentes el único auxilio que dependía del Ayuntamiento, eligió y puso, en acuerdo con el Consulado y la llamada Junta de responsables, la expedición de las Letras que aceptaban y firmaban cierto número de individuos.

Estas Letras o mandatos ordinarios se entregaban a los asentistas que estimulados de la seguridad que hallaban en ellas, recibían a su cargo la grande y costosa empresa del servicio de las tropas. Ellos las negociaban y adquirían fondos con que poder sostener su gasto. Así los contribuyentes disfrutaban del respiro que permitía y daba el plazo concedido hasta el vencimiento de aquellas.

Muchas de estas Letras quedaron sin recogerse pagando sus importes, por la llegada de las tropas españolas, inglesas y portuguesas. Los tenedores tientan justamente el medio de recobrar sus valores; algunos han establecido sus demandas judiciales contra los aceptantes, otros se preparan a imitar este ejemplo y los demás se hallan en mera expectación y aguardan el resultado de esas diligencias.

No hay razón alguna para que los librados y aceptantes de las tales Letras sean molestados con medios judiciales y mucho menos que sean obligados a la satisfacción de sus importes, ní fundamento alguno para prívar a los tenedores de las sumas que rezan las Letras con que se hallan. Los primeros, las expidieron y aceptaron tomando sobre sí la obligación responsiva. Mas todos saben y a todos consta el concepto con el que se constituyen y nadie ignora los fondos a que estaban destinados. Los segundos las recibieron entregando sus importes, contando con la seguridad que debía inspirarles la procedencia de las Letras y el fondo que se reunía con las contribuciones que no eran invertidas en atenciones diversas de su verdadero destino.

De su expedición y giro vino el notable beneficio de todos los contribuyentes y también el de evitar en muchas ocasiones las ejecuciones militares y otras tropelías de las autoridades intrusas.

Si la expedición de las Letras surtió efectos ventajosos hacia los contribuentes, los tenedores de las Letras no deben sufrir la pérdida de sus importes. Pero no debe consentirse que se consiga su reintegro a costa de los que prestaron sus firmas por favorecer a sus ciudadanos.

Toca al Ayuntamiento fijar su atención en este grave asunto de libertar de toda responsabilidad a los individuos que prestaron sus firmas en las Letras, y asegurar el pago de sus valores a los tenedores. Que la Ciudad de acuerdo con el Consulado, nombre una comisión y los tenedores de las Letras el que les represente y se reunan para arbitrar los medios más asequibles y oportunos, atendiendo al estado de las Cajas de la Ciudad y Consulado y de los recursos de que puede echar mano en las presentes circunstancias.

El Ayuntamiento aprecia la proposición de su Alcalde Gogorza, y ante todo es preciso descubrir si esta comunidad se prestará o no a contribuir de su parte a que tenga efecto este pensammiento, y se espere a su resolución.


● Se comunica que la cañería que existe de la Amara hasta la fuente tenía bastantes roturas hallaron que está rota en cinco partes y se desperdicia toda el agua que sale para fuera de aquellas roturas, habiendo también observado que en la proximi dad de San Martín pasaron los carros sobre el caballete de la cañería y que con su continuo transporte causarían daño si el Ayuntamiento no trata de evitarlo, impidiendo el paso de yuntas por aquel paraje.


15 de Marzo El 19 de Junio de 1814 remitieron las diligencias de la citada Real Provisión que resultaba que habiendo sido nombrados los Arquitectos Miranda y Ugartemendia para la formación de planos, tuvieran presente en la formación de ellos a los dueños de los solares y del Regidor Gogorza, reducido a que se reedificase la ciudad como estaba antes, con las variaciones que propuso en las calles de Narrica, Embeltran y san Geronimo o Escotilla. Con presencia de todo formaron tres planos o proyectos principales, mas dos adicionales. Este día 15 de Marzo, reunidos en el Ayuntamiento los señores de la Junta de Obras y los Arquitectos Miranda y Ugartemendia, presentaron ambos Arquitectos los cinco planos trazados por ellos, en conformidad a la comisión que se les confió por sus señorías y el Supremo Consejo de Castilla, y se haga la elección del que debe seguir o que se ha de arreglar en la reedificación de la ciudad. Los Arquitectos hicieron una disertación sobre cada uno de los diseños que han formado, explicando las ventajas que ofrece a beneficio de los proyectos de solares y lo perjuicios que resultarían de aceptar el dispuesto por el Ayuntamiento, la Junta de Obras y la Diputación, advirtiendo que aun cuando estas Corporaciones insisten en el mismo pensamiento, manifiestan como inteligentes los daños que se seguirán de levantar los edificios conforme a dicho plan y sin más variaciones o reformas que las propuestas por las mismas Comunidades. La Junta, penetrada de la gravedad del asunto, acordó crear una comisión que conferencie con los Arquitectos en orden al plan que puede adoptarse, sin perder de vista el estado actual de la ciudad y los recursos con que se puede contar para la reedificación de sus casas y edificios, teniendo presente las ventajas que pueden esperarse de escoger cualquiera de los planos con preferencia a otros.


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GACETA DE MADRID (nº.)

17.03

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN EXP. Los Arquitectos Miranda y Ugartemendía desde la posada de Montoa dirigen escrito al Ayuntamiento diciendo que hace tres meses que se ocupan de los trabajos y formación de planos de esa ciudad y solicitan un libramiento de doce o catorce mil reales, y si el Ayuntamiento correrá con los gastos de alimentos durante su estancia en esta o si lo pagarán por nuestra cuenta.


18.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº40.

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19.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº41.

20.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº42.
AYUNTAMIENTO 
ACTA nº43.


20 de Marzo Reunión en la casa Parada donde se halla hospedado el señor Macia, Corregidor de esta provincia, con los Alcaldes, Concejales e individuos de la Junta de Obras y de la Diputación. La comisión nombrada por el Ayuntamiento y la Junta de Obras el 18 del corriente se reunió con el Corregidor y los Arquitectos, con el solo objeto de acordar sobre el medio más útil de reedificación. Discutieron largamente sobre cual de los planos era más conveniente, del estado actual del vecindario, si el propuesto por los Arquitectos que comprende una reforma universal con remoción o movimiento de todos los solares y cimientos actuales o el arreglado a las intenciones de los dos Cuerpos, que se limita a la reforma de las calles Escotilla y Narrica, quedando el resto del pueblo en el estado anterior. Que la conferencia fue larga y razonada; las razones de los Arquitectos no convencieron a alguno de la comisión, pero oído el repetido dictamen de éstos, reducido a la alternativa o de que la ciudad se ha de construir con los mismos defectos de antes o que se ha de reformar y variar enteramente según el plan escogido por ellos, se inclinaron los concurrentes a adoptar el de los Arquitectos, siempre que se proporcionen por el Gobierno los auxilios suficientes para cubrir su coste.


21.03

GACETA DE MADRID (nº.)
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AYUNTAMIENTO 
ACTA nº44.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

AY. Oficio de la Comandancia de Marina ordenando al Alcaide de la Cárcel de esta ciudad que siempre que reciba cualquier individuo remitido por el arrestado, lo reciba sin darle libertad hasta que él lo ordene, haciéndole responsable de su cumplimiento.

La Ciudad contesta diciendo que todo el edificio de la Cárcel se halla ocupado por los habitantes de esta ciudad, a excepción de uno o dos cuartos que se reservan para custodia de los arrestados por la justicia ordinaria. Puede valerse de la cárcel que hay en la Puerta de tierra y en el Castillo de la Mota.


23.03

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

MG. Para el Intendente del Reyno de Aragón.

La cuenta que acompaña con el número 1, instruirá a VS de haber anticipado yo el coste causado por los utensilios de luz y lumbre, suministrados en la temporada que se expresa en ella a la guarnición de esta plaza, la crecidísima suma de 88.301 reales vellon y la designada con el número 2 informará a VS el valor de lo suministrado en los primeros siete días del mes de Enero último, que montan 2.000 reales, de forma que el total monta a 90.301 reales vellon.

Esta enorme suma he invertido de mis fondos particulares y en medio de hallarse mi tesorería reducida al estado más deplorable, porque la tropa no careciese de aquellos combustibles tan necesarios, especialmente en el rigor del invierno.

Me considero con tanto más derecho a solicitar el reintegro de los 90.301 reales cuanto he sostenido este costoso servicio con preferencia a otras atenciones de toda urgencia, por las instancias reiteradas que me hicieron los Generales y Gobernadores y por la seguridad que me prestaron de que su valor me sería reintegrado.

Espero ordene la más pronta paga de dicho crédito que he distribuído entre los capitalistas, asalariados y demás acreedores que no han percibido sus respectivos haberes porque el caudal destinado para el efecto ha sido absorvido en atenciones diversas de su verdadero objeto.


GACETA DE MADRID (nº.)
24.03


25.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº45.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

AYUNTAMIENTO. Siendo extendida la feligresía intra y extramural de la Parroquia de Santa María, especialamente en la actualidad por ser numeroso el vecindario que se ha restituido a esta ciudad, acomodándose en las diferentes casas y barracas que se han construído de algún tiempo a esta parte, y no pudiendo todos acudir a la Parroquia de San Vicente a cumplir con el precepto divino, por hallarse cerrada la de Santa María, acordó el Ayuntamaiento encargar al Mayordomo procure sea habilitada con la posible brevedad.


● Desde el fallecimiento de Vicente Ibarguren se halla vacante la plaza de músico juglar, y siendo esta la única diversión honesta y agradable que encuentra el vecindario de esta ciudad, interesa sea provista aquella plaza, pero debiendo previamente informarse de la habilidad de cada uno de los pretendientes que pueda haber.


GACETA DE MADRID (nº.)
26.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº46.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

AYUNTAMENTO. El Regidor Izquierdo presenta Real Cédula por la que se le concede la gracia solicitada para la enagenación de los cuatro solares pertenecientes a los vínculos fundados por D. Juan Martínez de Guarnico, D. Pedro de Izquierdo y Dª Teresa de Astigarraga de que es él mismo actual poseedor, para invertir su producto en costear los edificios de la casa sita en la calle de la Trinidad n° 210.

No hallando reparo este Ayuntamiento haciendo la venta de los cuatro solares de las casas sitas en la calle de Amezqueta o Yguera n° 426, en calle de Atocha nº 489, en la de Escotilla n° 426 y en la de Juan de Bilbao n° 402, a la persona o personas, como no sea a manos muertas, que más dieran por ellas, mediante pregón o pública subasta y rematándose en el mayor postor como no sea en menos de 72.722 reales vellón en que han sido tasados dichos cuatro solares. Y otorgará al Sr. Izquierdo las cartas de venta y cualquier escritura que fueran necesarias.

Con este producto el Sr. Izquierdo reedificará la otra casa llamada de Aliri que también fue abrasada, siendo este el mejor medio y más conducente para abreviar la reedificación de la ciudad.


27.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº47.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

AYUNTAMIENTO. Oficio del Ministro principal de Hacienda del Cuerpo de Observación de los Pirineos occidentales. Contesto que la parte del Convento de San Francisco que se hallaba destinada para los novicios, me es absolutamente imposible permitir quede libre, en razón de que aun cuando en el día no se halla ocupada con enfermos, la habitan los padres capellanes y practicantes de las tres facultades que han de estar de guardia día y noche en el Hospital, sucediendo lo mismo con el resto de las demás salas que hay en dicho edificio, las que a veces no son suficientes para admitir el crecido número de enfermos que producen las tropas acantonadas en esta provincia.

El Ayuntamiento en su vista y sabiendo que los religiosos reunidos en comunidad están ocupando una casa particular pagando la renta convenida, el Ayuntamiento acordó contestar al Sr. Ministro ordene al Comisario de guerra de esta plaza, abone la cantidad en que se arregló la renta de la casa ocupada por los religiosos, conforme a lo ejecutado los años 1793 y 1794, así como en 1808, cuando se destinó el Convento para igual objeto.

La Comunidad solicita se deje a su disposición la sacristía y huerta del Convento. La primera parece que está ocupada con mochilas y otros efectos de los enfermos y podrían colocarse en cualquier otro sitio como hay capaces dentro del mismo edificio

De la huerta están ellos privados porque uno de sus extremos sirve de Campo Santo, en manifiesta contravención de las Reales órdenes que prohiben sean enterrados los cadáveres en la proximidad de sitios poblados, y especialmente tan inmediatos al local mismo que sirve de Hospital.

Espera la Ciudad que VS tomará en consideración lo expuesto.


28.03

GACETA DE MADRID (nº.)

29.03

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº48.
29 de Marzo Los Diputados del Común, Síndico, Regidores, General Personero envían un largo y minucioso escrito al Corregidor, tratando del proyecto de los Arquitectos y del acta que se extendió el día 20 en la posada del caballero Corregidor. Manifiestan las razones que les retrajeron a adoptar un plan de reforma general y las razones que por último les han obligado a desear se levante el pueblo en el estado anterior a su ruina. Atendiendo al estado de dispersión y estrechez en que se halla reducido el vecindario de San Sebastián después de dos años de su destrucción, a los cortos auxilios que se pueden esperar del Gobierno, teniendo presente que no se puede contar ya con los cuantiosos arbitrios que se pensaban imponer en esta provincia y Vizcaya y las numerosas pérdidas que han tenido los propietarios y comerciantes de esta ciudad, se debía en caso de reedificar el pueblo con arreglo a un nuevo plan, escoger uno cuya ejecución fuese más breve y pronta, menos costosa y que exigiese menos arbitrios. Con ninguno de estos principios puede conformarse un plan de reforma general, en que hayan de abandonarse los cimientos y paredes en todos los edificios antiguos, construir nuevos en distintos parajes, abrir nuevas calles, anivelar el pueblo con todos los escombros, mudar la forma y situación de los edificios públicos, desmontar los bancos de arena que miran al muelle y otras grandes variaciones que aparecen en el plan que presentan los Arquitectos. Aun consiguiendo los arbitrios necesarios para este gigantesco proyecto, se necesita mucho más tiempo para su ejecución que para la de una reforma parcial como solicitan los exponentes. Y entretanto se realizan todas las grandes obras planteadas ¿ha de estar el vecindario disperso en los caseríos y en los pueblos del, contorno, y el que existe dentro de los muros, apiñado en desvanes, en habitaciones desproporcionadas al número de familias, en barracas de madera, insalubres y expuestas a incendios, con peligro de unas epidemias que coronen sus precedentes desgracias? ¿Los comerciantes pueden estar sin almacenes y muchísimos que quieren fabricar casas, esperando a que precedan las costosas y largas operaciones que van indicadas? ¿No es verosímil que aumentando el tiempo de dos años antes que se verifique el proyecto, emigrasen aburridos a otros pueblos?
Este recelo de la emigración no parece infundado si se atiende al escandaloso y enorme precio que se paga de alquiler por la habitación más estrecha y por el almacén más ruin Y durará este exceso mientras no se acelere la construcción de casas. Así pues, no se puede negar que el plan de reforma general no es de fácil ni buena ejecución como se necesita y exige el actual lastimoso estado del vecindario. Estas razones movieron a los dos Cuerpos del Ayuntamiento y Junta de Obras y Diputado general de esta provincia a preferir la construcción del pueblo como antes, y se ratifican en la resolución, puesto que según los Arquitectos es preciso optar o elegir entre el pueblo antiguo y la variación general de su plan, impracticable y expuesto a muchos inconvenientes, a juicio de los que exponen.

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

EXP. D. José Joaquin de Colmenares de la Diputación de Guipúzcoa comunica que la Junta superior creada para los medios de perseguir y aprehender los malhechores pasó a mis pueblos un oficio con fecha de 15 de Septiembre último. No habiendo sido suficientes las órdenes dadas para que se recojan las armas de los voluntarios, se encarga a las justicias de los pueblos que llamen ante si a todo individuo que haya servido de voluntario, lo estrechen a que les entregue sus armas y en caso de que no las tenga se le tomará una razón exacta del paraje donde la dejó y a quién.

En este estado, ignorando yo si los pueblos han dado cumplimiento a esta determinación, he resuelto se encargue den razón exacta del número de fusiles, de bayonetas y cananas que hayan recogido, expresándome si estas armas se hallan depositadas en las salas del Ayuntamiento.

Los voluntarios de esa población retirados con sus armas son los que se expresan al reverso (ver fotocopia) y siempre que no las hayan entregado á VM, deben obligarles a que las pongan en poder de ese Ayuntamiento y si las hubiesen enagenado, exijan el valor del fusil y de la bayoneta con que se retiró del batallón.


30.03

LA VIDA COTIDIANA EN SAN SEBASTIÁN

MG. Para D. Manuel de Ygartua, Agente en Madrid.

Las 76 u 80 vitolas de acciones en que estoy interesado en la Real Compania de Caracas, sustituida por la de Filipinas, fueron abrasadas y reducidas a cenizas, asi como los demás documentos de mi archivo, en el incendio del 31 de Agosto y días sucesivos,

No solo no recuerdo fijamente el número de acciones que me pertenecen sino que ni siquiera pudieron conservarse sus números.

Noticioso de que todos los interesados en la Real Compañía son llamados para la Junta que debe celebrarse en esa Capital el 8 de Abril, he venido a autorizar a Vd para que en representación mía asista a ella y haga y acuerde cuanto sea de interés.

Por la quema de las vitolas estoy sin documentos por los que pueda demostrar el capital que me corresponde en la Real Compañia; solicite Vd las que deban suplir la falta de aquellas.



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31.03





















04 – ABRIL - APIRILA
1.04

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº49.

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2.04


3.04

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ACTA nº.

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ACTA nº.

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10. 
-El Ayuntamiento ha solicitado a Su Majestad el Rey la imposición de variados arbitrios
29.
- Por  Real Decreto se ordena








05 – MAYO - MAIATZA
1


2.05

AYUNTAMIENTO 
ACTA nº.


2 de Mayo Se comunique al Maestro Domingo de Olasagasti para que forme dos presupuestos, uno el coste de la reparación de las ramplas que existen a la subida del arenal para el Antiguo y otro por la composición del camino que se dirige desde la casa de Misericordia hasta el Convento de monjas del Antiguo, así como el gasto de la reparación del puente de Loyola. También autorizo al mismo Olasagasti que haga reponer la calzada que hay desde el puente levadizo a la salida de la Puerta de tierra hasta las dos avanzadas que se hallan a la derecha e izquierda y la rampla que está a la bajada para el arenal del Antiguo, debiendo también ejecutar la reposición de las piedras sueltas que existen en la pared de su proximidad. • Por oficio del Sr. Alcalde sabemos que verá Vd con dolor que el señorío de Vizcaya no se presta a facilitar el recurso que la Diputación de esta provincia solicitaba de él, con el loable objeto de aliviar a los habitantes de San Sebastián en su desgraciada suerte, diciendo que las largas y continuadas desgracias han reducido a sus naturales a la mayor indigencia, contrayendo deudas de muchos millones que apenas podrán pagar en vida de los presentes, sin que por lo tanto pueda accederse a sufrir contribuciones que ni aun para sus propias obligaciones se atreverá a imponer. Por lo mismo espera de VS convencido de esta verdad, disimule el dolor de no poder acceder a sus tiernas súplicas

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10.05

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20.05

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06 – JUNIO - EKAINA
1

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ACTA nº.

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4.06

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.
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ACTA nº.

8.06



8 de Junio Se presentan los presupuestos formados por el Sr. Olasagasti. El puente de Loyola tendrá el coste de 14595 reales, La reparación o reforma de la rampla a la subida del camino para el Antiguo 4319 reales. Que se comunique a la Ciudad este presupuesto, advirtiéndole que al presente no hay existencias de fondos en esta Junta mas que 14845 reales, en los que están comprendidos los 7470 reales procedentes de lo recaudado en el puente de Santa Catalina, suma que está destinada especialmente .para atender a la reparación del puente y no puede invertirse en objetos diversos de su verdadero destino. Sería conveniente diferir para más adelante la obra de la rampla y atender la reparación del puente de Loyola. • Atendida la preferencia a la reparación del puente de Loyola. Después de reparado es preciso cuidar de su conservación. Nadie más interesado que los mismos habitantes en el partido de Loyola en que el puente se mantenga en el mejor estado. Deben por lo tanto contribuir ellos de su parte y se logrará este beneficio prestándose todos los vecinos de la barriada a hacer a su propia costa las reparaciones que en adelante haya que ejecutar. En semejante caso será corto y soportable el sacrificio que harían estos por su propia comodidad y muy considerable el ahorro de los fondos de la Junta. • La Junta tuvo presente el estado de la rampla que se halla frente a la sacristía de la parroquia de Santa María por la parte de la calle de la Trinidad y lo conveniente y útil que sería extenderla hasta dar con la misma pared de la sacristía, tanto para facilitar el compaso a los habitantes y aun para las rastras que transmitan por aquel paraje, cuanto para dar a las aguas que bajan del Castillo su curso regular por el conducto que fue obstruído al tiempo de construirse la rampa. Resolvió la Junta se escriba a la Ciudad pidiéndole su consentimiento, indicándole que su coste será de poca consideración.
• He sido informado del oficio del Ayuntamiento que en la antigua torre de Santa María están en inminente peligro de caerse algunas piedras de su cima a la calle por donde transita la gente y al par del terreno perteneciente al Sr. Sancena, y para evitar cualquier desgracia, autorizo a VS disponga el pronto derribo de las piedras que estuvieren al caer y pague el gasto que se surgiere, que parece no excederá de 200 reales vellon.
• Se tuvo presente por la Junta que a falta de la fuentecita construída anteriormente en la proximidad del barrio de San Martín, para que sus habitantes se proveyeran de agua, rompen estos con frecuencia la cañéría por donde corre el agua para la única fuente que hay intramuros y cuya reparación causa un gasto de bastante consideración. Queriendo la Junta evitar estos gastos y atender las continuas quejas del vecindario de San Martin, se encargue al Sr. Olasagasti un diseño y presupuesto del coste de reparación de la fuentecita que había anteriormente con su chorro o caño, según estaba antes.
• Asimismo se tuvo presente que las inmundicias y aguas corruptas que desde el edificio de la antigua Cárcel corren por la calle de la Trinidad, incomodan a los que transitan por ella, por el hedor que expiden y aun es expuesto a la pública salud, y exigiendo la buena policía de un pueblo haya el mayor aseo y limpieza posible, especialmente en las calles públicas, deliberó que se haga reconocer por inteligentes el edificio de la antigua Cárcel y ver de medios que se pueden adoptar y poner en ejecución para que las aguas corruptas no venga a la calle, sea dando otro curso diferente o haciendo abrir sumideros, y que esta medida sea extensiva a todas las casas de las que están a las faldas del Castillo.

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-"Josefa Arana y sus compañeras, naturales y vecinas del barrio de San Martín, extramuros, denuncian que en el día de ayer

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-La Diputación comunica al Corregidor

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# CELEBRACIÓN (FESTEJO)
.- 

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 EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSAS FIESTAS)

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08 – AGOSTO -
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EXPEDIENTE RELATIVO A LA FUENTE DEL BARRIO DE SAN MARTIN.
Lugar: SAN MARTIN, BARRIO DE



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GACETA DE MADRID 05.08 (nº.96)
.............. // 

'En 18 de Noviembre de 1812 salió de Cádiz para Baltimore D. Martin

de iriarte, en la Clase de capitán y piloto de la goleta mercante S,. Antonio,

alias la Serafina , de la propiedad á d. Antonio Figüéroa, en cúyá desgraciada navegación, faltando los víveres , fué víctima sacrificada al hambre de los

individuos de su misma tripulación ,quienes por conservar su existencia no tan

solo se alimentaron de la carne de este infeliz cápitan , sino que se comieron

á otros dos marineros de la goleta. Para dar giro á las pertenencias de Iriarte,

se practicaron las diligencias en busca de sus legítimos herederos cuyo resultado ha sido saberse que á su salida de Cádiz era de 39 años de edad , natural de San Sebastian , hijo de D. Miguet, Y casadó en esta ciudad; pero por otra parte se:ha dicho que su patria era S. Juan de Luz, en  donde tenia su muger, y que por ciertos motivos se había;mudado el nombré propio y váriado el lugar de su nacimiento. Y como hasta ahora no se haya podido averiguar mas de la familia y parientes de dicho capitan en ninguno dé los páragés citados,se hace este manifiesto al público á fin de que  los acreedores á sus bienes  justifique su derecho, dirigiéndose en la forma  correspondiente a la secretaria del despacho universal de-Marina-,en donde  existe lo que se ha recogido perteneciente á él.(!!!!!)


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GACETA DE MADRID 17.08 (nº.101)
............ //
El Mundo Primitivo examen filosófico dé la antigüedad y cultura de la nación vascongada, por D. Juan Bautista de Erro

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09 – SEPTIEMBRE -
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18.09

1815.- Con esta fecha, 77 propietarios de solares y fincas firman un escrito remitido al Supremo Consejo de Castilla solicitando que la reconstrucción se haga con respeto a los derechos que les corresponden.


18 de Septiembre Setenta y siete propietarios de San Sebastián firman un escrito remitido al Supremo Consejo de Castilla donde dicen: Es notoria la catástrofe que nos privó de nuestras casas y efectos y es sabido que posteriormente no se ha podido ni enjugar unas lágrimas ni cicatrizar las profundas llagas de nuestros infortunios, por una serie de trabas y obstáculos que se han puesto a la reedificación. El incendio que redujo la población a 36 casas no ha podido privarnos de paredes muy sólidas, de la piedra y cal, y por aficion al solar en que hemos nacido o ejercitado nuestra industria, se han construído hasta 38 casas, en que se han recogido muchas familias dispersadas, al paso que han proporcionado alimento a muchísimos menestrales, indigentes y aumentado la renta de arbitrios de la ciudad con sus consumos, y otras infinitas casas se hallarían ya reedificadas sin la orden que prohibe la construcción. El resultado es que la ciudad se halla llena de barracas horrorosas por su aspecto o insalubres por ser muchas de ellas procedentes de hospitales ingleses. De esta manera, buscando al parecer una ciudad hermosa, salubre y sólida, se ha formado un pueblo horrendo, en virtud de la prohibición para construir. La triste verdad es que en el orden regular de las cosas humanas y políticas, corremos riesgo de ver más casas expuestas a contingencias de guerras cada veinticinco años, pues se han sufrido tres sitios durante siglo y medio, y es indudable que en semejante situación no debemos pensar en casas suntuosas sino prontas a ser demolidas, para evitar que parte del vecindario subsista en la dispersión e indigencia o perezca y la otra traslade su domicilio, con perjuicio de la población de esta ciudad. Consérvese en buena hora la simetría anterior de la plaza. Redifíquense los edificios municipales; serán operaciones de muchos años por la cortísima dotación de recursos, pero permítase a los propietarios la reedificación de sus casas a su coste, sujetándose a las ordenanzas ya citadas y aprobadas por VM y se digne oir nuestra humilde suplica, pues también se evitará el sinfín de pleitos y disturbios que originaría la confusión de solares, por la falta de documentos, consumidos en el incendio, siendo cierto que se ataja la mayor parte de esta nueva desgracia reedificando cada cual en su antiguo solar Rogamos a VA se digne mandar que inmediatamente se permita la reedificación de casas a todos los propietarios que en sus antiguos solares quieren edificar, sujetándose a las ordenanzas municipales existentes.
Algún tiempo después los propietarios residentes en la ciudad de San Sebastián vuelven con una nueva representación. Habían acudido a SM el 18 de Septiembre de este año. Posteriormente la Academia parece que ha aprobado el plan n.º 4 propuesto por los Arquitectos Miranda y Ugartemendia. Según ese plano no coincidirían los edificios nuevos con los antiguos sino en las casas de las plazas y por consiguiente si se adoptase, resultaría a los propietarios los perjuicios siguientes: 1.º Se inutilizarían o perderían los cimientos de las casas anteriores. 2.º Se tendrían que derribar muchas paredes y excelentes fachadas que han resistido al incendio. 3.º Habría que demoler 14 casas hechas después del incendio y arregladas a ordenanzas. 4.º Sería preciso echar a tierra el Cuartel y casas contiguas a la muralla que casualmente se preservaron del fuego.
Todo lo cual, en moderado cálculo, llega a diez millones y veinticinco mil reales. ¿Serán pues tan desgraciados los propietarios de San Sebastián que tengan de nuevo que padecer la pérdida de once millones de reales? ¿Y por qué? Porque la ciudad quede de mejor aspecto. siendo así que antes lo tenía muy bueno, o por mejor decir porque luzca la habilidad y talento de los Arquitectos. Los propietarios solo desean que se les permita aprovecharse del resto de sus propiedades y que se desechen planos e ideas en que los Maestros atropellan el sagrado derecho de propiedad, disponen de lo que no es suyo contra la voluntad de los verdaderos dueños. Suplicamos pues a VA se nos permita edificar aprovechando las paredes y cimientos que han quedado subsistentes y sensibles.





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23 de Septiembre
Por presupuesto formado por el Arquitecto Eustaquio Diez de Guemes, por la reparación del puente de Santa Catalina para transitar por él con alguna seguridad, tendrá de coste 6740 reales vellon. Se encarga al Ayuntamiento disponga la celebración de la almoneda, cuidando yo verificar de sus fondos el pago de ls suma. Se ha encargado al Sr. Guemes extienda otro ‘presupuesto para la construcción de un puente nuevo, clasificado por trozos, para tomar las medidas de mi Caja sobre la ejecución de aquella grande y costosa obra. En almoneda celebrada la mañana del día 27 ha rematado José de Osinalde la obra del puente de Santa Catalina en la suma de 5940 reales, pagaderas en tres tercios y en las épocas señaladas.



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8.10

8 de Octubre Oficio del Ayuntamiento. Siendo repetidas y fundadas las quejas que continuamente dirigen los habitantes de esta ciudad y especialmente los arrieros que con la mayor frecuencia transitan por el camino real que dirige a la villa de Hernani, sobre su mal estado, particularmente en diferentes parajes que existen descarnados, y las caballerías y los bueyes con carros que conducen efectos y mercaderías andan con bastante trabajo y casi con peligro de desgraciarse. Acordó el Ayuntamiento que la Junta de Obras sin demora y antes que entren los tiempos lluviosos, haga reparar dicho camino en toda su extensión y que la misma Junta cuide de pagar la suma de su coste, de los fondos que administra. Enterada la Junta se da comisión al Arquitecto Diez de Guemes para que forme presupuesto de su coste.




9.10

9 de Octubre Se proceda a la reparación de la calle de Esnateguia porque por los muchos hoyos que existen en diferentes .parajes de su extensión se hace incómodo el tránsito por él, especialmente por los charcos y lodazales que se forman. Se comunica al Sr. Olasagasti.




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20 de Octubre Se presentó una cuenta del Arquitecto Diez de Guemes de las obras que se intentan hacer en el camino real a Hernani. Principiará en el punto llamado Iztueta. Limpieza de alcantarillas y zanjas hasta la subida al monte de Oriamendi. De éste al camino de Añorga se limpiarán cuarenta desaguaderos. Desde este punto al caserío de Oriamendi, limpieza de otros tantos. En la subida a la casería de Miramón relleno del camino. Desde aquí al caserío Pasarizo siguiendo a Cachola berri sigue la limpieza de desaguaderos. De aquí a Cachola berri, luego al caserío, Romanene. Sigue al caserío Indiano, Alinategui, Mantolania, Borroto, Aroztegui, frente a Ayete y Chaola. Luego Olaone y Montoa, Balmaseda, Arratolane, limpieza de todos los desaguaderos. Importan las veintinueve partidas 7192 reales vellon. Se pase la noticia a la Ciudad y despache el libramiento correspondiente.



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-Un bando municipal proclama que 
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28 de Noviembre Que el corto trecho desde San Bartolomé hasta la esquina de Aldapeta se halla sin su correspondiente espolón para la comodidad de las personas y particularmente las que bajan a la ciudad con víveres, expuestas en tiempos borrascosos a que sean atropelladas por carros y caballerías que continuamente suben y bajan. Que se tome la correspondiente providencia para ejecutarla con los fondos de la Caja de obras.



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12 – DICIEMBRE -
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6.12

6 de Diciembre Los Maestros Diez de Guemes y Arregui presentan declaración sobre que han reconocido las ruinas existentes en la casa de la Ciudad sita en la Plaza nueva y hemos hallado que todas sus paredes están con bastante solidez para sostener en su perpendículo y enlace, y que lo único que debiera ejecutarse es arreglar la piedra que desordenadamente se colocó en su interior y que está violentando las paredes y dinteles de las puertas y ventanas sobre las cuales carga. Con esta piedra pudiéranse cerrar los brazos de las puertas y ventanas bajas, colocándolas en orden y macizando los dinteles y arcos interiores. Con esta pequeña reparación quedaría por algún tiempo asegurado el asombro que causa al público ver una mole de piedras desordenadas que parece van a salir por las ventanas. Se acordó se averigüe el coste que tendría la separación de las piedras sin que estas se malogren, hasta colocarlas en el paraje donde sea designado.




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9 de Diciembre El Regidor Belderrain expuso que la reposición del puente de Loyola costará sobre 12000 reales y que los habitantes de aquella barriada no se prestan a contribuir al gasto que pueda causar esta obra. El Ayuntamiento conociendo la urgencia de esta reparación, resolvió escribir a la Junta de Obras que informe qué fondos hay existentes para tomar las disposiciones que convengan.



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# Se reúnen la Junta de Obras y el Alcalde para leer copia de la carta escrita desde Londres por D. Alejandro Burgué a su esposa en fecha 24 de Noviembre último, en la cual expresa y se obliga el Sr. Burgué a que no faltará dinero para trazar calles, señalar las propiedades, etc., si viene el plan debida e irrevocablemente aprobado y si hay en sus habitantes unión y buena armonía para su ejecución.
La Junta de Obras después de haber discutido detenidamente, acordó se escriba oficio por el Ayuntamiento al Sr. Burgué agradeciéndole el interés que toma a beneficio de este pueblo. Que aun ignorando la suma a que ascenderá el coste de la nivelación de calles, su apertura y el levantar los cimientos de todas las casas, hay inteligentes que han graduado toda esta obra el uno en siete millones de reales y el otro en diez millones. Que se le pregunte si podría contarse con esta suma o habrá modo para proporcionarla y en este caso a qué interés y bajo qué condiciones.



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31.12

AYUNTAMIENTO.- Mateo Albeniz y Pedro Albeniz organistas de las Parroquias unidas de Santa María y San Vicente piden aumento de sus respectivas dotaciones, fundados en que está concedida esta gracia  por el Real y Supremo Consejo de Castilla el año de 1799.

El Ayuntamiento acordó concederles el aumento de dos mil reales a cada uno de ellos






















ARCHIVO MUNICIPAL ()


CONTRIBUCIONES PROVINCIALES

CAUSA CRIMINAL POR ESTUPRO, EMBARAZO E INDEMNIZACION DE DAÑOS ENTRE EDUARDA OCHOA DE URIARTE Y GREGORIO DE LIZARRALDE. FUE CONDENADO ESTE A PAGAR 350 DUCADOS Y LOS GASTOS Y COSTAS. AÑO 1815. ORIGINAL. 6 HOJAS FOL.
PLANOS DE LA CASA DE 'GARAICO-OLEA' HECHO POR JOSE JOAQUIN ASEGUINOLASA. IDIAZABAL A 10 DE ENERO DE 1815.
DECLARACION SOBRE LAS MISAS QUE DEBIAN CELEBRARSE POR LA MEMORIA FUNDADA POR DON JOSE DE AGUIRRE, RESPECTO A SER PATRONO DE ELLA. FIRMA EL MARQUES DE SAN MILLAN EN CESTONA A 10 DE MAYO DE 1815, ANTE EL ESCRIBANO JUAN BAUTISTA DE AMILIBIA. 2 HOJAS FOL.
RECLAMACION DE DON TRINIDAD PORCEL AL INTENDENTE DEL EJERCITO PARA QUE MANDE PAGAR LO QUE CORRESPONDE A LOS SOLDADOS QUE HAN TOMADO LOS BAÑOS Y AGUAS DE CESTONA. AÑO 1815. ORIGINAL. 10 FOL.
DOCUMENTACION REFERENTE A LOS CEMENTERIOS DE ULIA, HOSPITAL MILITAR DE SAN FRANCISCO Y DEL ANTIGUO
EXPEDIENTE RELATIVO A LA REEDIFICACION DE LA CIUDAD.1815 - DISEÑO QUE PRESENTA LA RECTIFICACION DE TRES CALLES SEGUN PLAN DE GOGORZA.1816 - TRASLADO DE R.D. POR EL QUE EL REY ACOGE, BAJO SU PROTECCION, LA REEDIFICACION DE LA CIUDAD.1816 - COPIA DE REAL PROVISION APROBANDO PLAN DE REEDIFICACION.1817 - DISEÑO EN PLANTA DE LA CIUDAD (UGARTEMENDIA)1849 - DISEÑO DE ALINEACION DE LA CALLE DE LA TRINIDAD.
EXPEDIENTE RELATIVO A CUENTAS POR CONCEPTO DE DERRIBO DE PAREDES.
EXPEDIENTE RELATIVO A APERTURA Y ARREGLO DE CALLES NUEVAS.
EXPEDIENTE RELATIVO AL CAMINO QUE VA DESDE EL PASO INFERIOR DEL FERROCARRIL, JUNTO A LA MISERICORDIA, HASTA MELECHO.
EXPEDIENTE RELATIVO AL PUENTE DE MADERA DE LOYOLA: COMUNICACIONES DE VECINOS SOLICITANDO SU REPARACION Y CUENTAS DE OBRAS EJECUTADAS EN EL, PLANO DEL PROYECTO DE NUEVO PUENTE POR EL ARQUITECTO SEÑOR ECHEVESTE, COPIA DE LA ESCRITURA DE REMATE DE DICHO PUENTE, SU RECEPCION Y COMUNICACIONES SOBRE DESPERFECTOS OCURRIDOS EN EL.
EXPEDIENTE RELATIVO A FUNCIONES DE ANIVERSARIO EN CONMEMORACION DE LOS ACONTECIMIENTOS DE 31 DE AGOSTO DE 1813.
#


1815


ARCHIVO MUNICIPAL (1815)

Administrativo 
Histórico (51)
San Millán (15)/ Consulado (2)


A

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL (7)

A01

PLENO

A02

COMISIÓN PERMANENTE / DE GOBIERNO

A03

JUNTA DE GOBIERNO Y JUNTA MUNICIPAL

A04

COMISIONES INFORMATIVAS ESPECIALES

A05

REGISTRO GENERAL

A06

AYUNTAMIENTO Y ALCALDÍA

A07

ELECCIONES

A08

ORDENANZAS Y REGLAMENTOS

A09

PERSONAL

A10

POLICÍA MUNICIPAL

A11

ABASTECIMIENTO PÚBLICO

A12

ALUMBRADO PÚBLICO

A13

RED TELEFÓNICA

A14

LIMPIEZA DE LA POBLACIÓN

A15

VÍA PÚBLICA

A16

SERVICIO DE INCENDIOS

A17

BENEFICENCIA

A18

SANIDAD

A19

CEMENTERIOS

A20

CORRECCIÓN PÚBLICA

A21

ESTABLECIMIENTOS Y ARTEFACTOS INSALUBRES, INCÓMODOS Y PELIGROSOS





B

FOMENTO (3)

B01

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

B02

MONUMENTOS Y HOMENAJES

B03

ARCHIVO

B04

BIBLIOTECA

B05

MUSEO MUNICIPAL

B06

MÚSICA (1)

EXPEDIENTE RELATIVO A ASIGNACION, CUENTAS DE UNIFORMES Y MATERIAL, SERVICIOS PRESTADOS, DIMISIONES, ETC.

B07

ESPECTÁCULOS PÚBLICOS (1)

# EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSAS FIESTAS.

B08

EXPOSICIONES Y CONGRESOS

B09

AGRICULTURA, INDUSTRIA Y COMERCIO

B10

ESTADÍSTICA

B11

INSTRUCCIÓN PÚBLICA

B12

FOMENTO, COMISIONES




C

HACIENDA (12)

C01

PRESUPUESTOS

C02

CUENTAS (3)

C03

CONTABILIDAD GENERAL

C04

ARBITRIOS MUNICIPALES (1)

EXPEDIENTE RELATIVO A EXENCIONES EN FAVOR DE COMUNIDADES RELIGIOSAS, MILITARES, EMPLEADOS Y PARTICULARES.

C05

BIENES MUNICIPALES (8)

C06

DÉBITOS MUNICIPALES

C07

CONTRIBUCIONES E IMPUESTOS

C08

JUNTA Y COMISIONES




D

OBRAS (16)

D01

ORDENANZAS DE EDIFICACIÓN

D02

REEDIFICACIÓN DE LA CIUDAD (5)

#EXPEDIENTE RELATIVO A LA REEDIFICACION DE LA CIUDAD.1815 - DISEÑO QUE PRESENTA LA RECTIFICACION DE TRES CALLES SEGUN PLAN DE GOGORZA.1816 - TRASLADO DE R.D. POR EL QUE EL REY ACOGE, BAJO SU PROTECCION, LA REEDIFICACION DE LA CIUDAD.1816 - COPIA DE REAL PROVISION APROBANDO PLAN DE REEDIFICACION.1817 - DISEÑO EN PLANTA DE LA CIUDAD (UGARTEMENDIA)1849 - DISEÑO DE ALINEACION DE LA CALLE DE LA TRINIDAD.


D03

ENSANCHES DE LA CIUDAD

D04

ALINEACIÓN Y MODIFICACIÓN DE CALLES Y VÍAS

D05

ROTULACIÓN DE CALLES Y VÍAS Y NUMERACIÓN CASAS

D06

ALCANTARILLADO

D07

ACERAS Y PAVIMENTACIONES

D08

CARRETERAS DE PRIMER ORDEN Y ESPOLONES (1)

EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSOS CAMINOS DONOSTIARRAS Y EXTRAMUNICIPALES: PORTAZGOS, GRAVAMENES, CONSTRUCCION DE ESPOLONES, REFORMA DE LAS CALZADAS, ESCRITOS DE LA PRIVINCIA REFERENTES A LA CONSERVACION DE LOS CAMINOS, ETC.

D09

CARRETERAS DE SEGUNDO ORDEN Y CAMINOS VECINALES (2)

EXPEDIENTE RELATIVO AL CAMINO QUE VA DESDE EL PASO INFERIOR DEL FERROCARRIL, JUNTO A LA MISERICORDIA, HASTA MELECHO.

EXPEDIENTE RELATIVO AL ARREGLO DEL CAMINO INMEDIATO AL CHOFRE.

D10

EDIFICIOS PÚBLICOS (2)

OBRAS DE REPARACION EFECTUADAS EN EL EDIFICIO DE LA CARCEL

CONSTRUCCION DE MATADERO PROVISIONAL DE LA ZURRIOLA

D11

EDIFICIOS PARTICULARES (2)

EXPEDIENTE RELATIVO A CONSTRUCCIONES Y REFORMAS DE CASAS EN LA CALLE 31 DE AGOSTO

DIVERSAS CONSTRUCCIONES PARTICULARES

D12

PUENTES Y PONTONES (2)

EXPEDIENTE RELATIVO A LA RECONSTRUCCION DEL PUENTE DE SANTA CATALINA: CONDICIONES PARA EFECTUAR REPARACIONES, OBRAS REALIZADAS, COBRO DE PEAJES Y JUSTIFICANTES DE ABONO A LOS REMATANTES, ETC.

# EXPEDIENTE RELATIVO AL PUENTE DE MADERA DE LOYOLA: COMUNICACIONES DE VECINOS SOLICITANDO SU REPARACION Y CUENTAS DE OBRAS EJECUTADAS EN EL, PLANO DEL PROYECTO DE NUEVO PUENTE POR EL ARQUITECTO SEÑOR ECHEVESTE, COPIA DE LA ESCRITURA DE REMATE DE DICHO PUENTE, SU RECEPCION Y COMUNICACIONES SOBRE DESPERFECTOS OCURRIDOS EN EL.

D13

FERROCARRILES

D14

TRANVÍAS

D15

PASEOS, JARDINES Y ARBOLADOS (1)

EXPEDIENTE RELATIVO A PASEOS DE LA CIUDAD: CONSTRUCCION, CONSERVACION, ETC.

D16

RÍOS, REGATAS, LAGUNAS, TERRENOS PANTANOSOS, ARENALES Y MARISMAS

D17

AGUAS POTABLES (1)

EXPEDIENTE RELATIVO A LA FUENTE DEL BARRIO DE SAN MARTIN.

D18

BARRACAS, CERRADOS, SÓTANOS Y COBERTIZOS

D19

MATERIAL DE OBRAS

D20

OBRAS Y MEJORAS DIVERSAS

D21

PERSONAL

D22

COMISIONES




E

RELACIONES INSTITUCIONALES (13)

E01

RELACIONES CON LA FAMILIA REAL

E02

RELACIONES CON LA DIPUTACIÓN

E03

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES CIVILES (1)

CORRESPONDENCIA REMITIDA POR EL CORREGIMIENTO Y POR EL GOBIERNO POLITICO DE GUIPUZCOA - CONTIENE 'MEMORIA DE LA JUNTA CALIFICADOREA DE LOS PRODUCTOS DE LA INDUSTRIA ESPAÑOLA PRESENTADOS EN LA EXPOSICION PUBLICA DE 1845. ED. MADRID: IMPRENTA DE DON FRANCISCO DIAZ, 1846' - 'REGLAMENTO APROBADO POR REAL ORDEN DE 16 DEL ACTUAL, PARA LA POLICIA DE LOS PATIOS Y MUELLES DE LAS ESTACIONES DEL FEROCARRIL DEL NORTE DE ESPAÑA EN LA PROVINCIA DE GUIPUZCOA, 1864'


E04

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES ECLESIÁSTICAS (7)

E05

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES MILITARES (2)

EXPEDIENTE RELATIVO A CARGAS DE ALOJAMIENTOS, SERVICIO DE BAGAGES, TRANSPORTE DE LOS MISMOS, CUENTAS, ETC.

EXPEDIENTE RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO DE ALMACENES, SUMINISTROS DE LEÑA, ACEITE, PAJA, ETC..., RECOMPOSICION DEL EDIFICIO DEL CUERPO DE GUARDIA DEL CASTILLO DE LA MOTA, TRASLADO DE LA FABRICA DE PAN DE LA GUARNICION, ETC.

E06

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES MARÍTIMAS (1)

EXPEDIENTE RELATIVO A INCIDENTES SUSCITADOS POR TRABAJOS REALIZADOS POR MUJERES EN EL PUERTO, NOMBRAMIENTOS DE CARGOS, SEÑALIZACION CON BANDERAS EN LA VIGILANCIA MARITIMA, JUNTA DE OBRAS DEL PUERTO DE PASAJES, ETC.

E07

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES JUDICIALES (1)

EXPEDIENTE RELATIVO A DIVERSOS RECIBIS.

E08

RELACIONES CON VARIOS (1)

COPIADOR DE OFICIOS.





































































































































































































Real Sociedad Real Sociedad

















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