viernes, 16 de diciembre de 2016

ANUARIO - 1828 - URTEKARIA


1828




#1828.- Ayuntamiento Foral. ALCALDES:
# Las elecciones para este año
.- Joaquín Luis de Bermingham
.- José Ramón de Arambarri



AYUNTAMIENTO
ACTA 

Evacuación de las tropas francesas y visita a la ciudad de Fernando VII


01– ENERO 
1.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº01.
En este primer día del año se formaliza el nuevo Ayuntamiento, que presiden los alcaldes Joaquín Luis de Bermingham y Juan Ramón de Arambarri. Fueron elegidos por la Junta General de Vecinos, en sesión del pasado 18 de noviembre de 1827
GACETA DE MADRID (nº.)

2.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)

3.01


4.01


5.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº04.

GACETA DE MADRID (nº.)

6.01


7.01


8.01


9.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)

10.01


11.01


12.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)

13.01


14.01


15.01


16.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
16 de Enero Habiendo llegado a entender que desde el año 1814 se han enagenado la mayor parte de los montes públicos y otros pertenecidos de la Ciudad, los más en pago de suministros y contribuciones, otros en el de atrasos de réditos de censos y otros en dinero efectivo o a cuenta de algunas obras ejecutadas de orden y cuenta de la Ciudad, se pide que una comisión reúna todos los antecedentes y se forme una exacta razón del importe de los censos, de la deuda de suministros o contribuciones y qué falta de pagar, para que formados unos puntuales estados de las enagenaciones practicadas, existan en el Archivo estos datos, noticias exactas de las ventas hechas y deuda redimida, actuales propiedades y deuda atrasada pendiente.
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17.01


18.01


19.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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20.01

FESTIVIDAD DE SAN SEBASTIÁN 
Se celebra la tradicional procesión al Antiguo, con salvas de cañón a la salida y entrada de la misma 

21.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº09.
AYUNTAMIENTO
ACTA nº10.

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22.01


23.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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24.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

GACETA DE MADRID (nº.)

25.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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26.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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27.01


28.01

28 de Enero El Magistrado de la Ciudad se dirige a la Diputación. He llegado a entender que el Fiscal de SM en el Real acuerdo de Valladolid, en un expediente que se ha formado opina “podrá mandarse al Corregidor de Guipúzcoa que no permita, especialmente en el caso de San Sebastián o población donde resida, reunión alguna de día o de noche sin noticia o licencia, sin embargo de que la lo hayan concedido los Alcaldes ordinarios y aun el Diputado general.” Este dictamen se halla en una oposición abierta con las atribuciones privativas de VS y de los Alcaldes, que las quieren destruir, suponiendo en el Corregidor de Guipúzcoa funciones desconocidas hasta ahora, jamás practicadas por él y que siempre han estado al cuidado de los Alcaldes ordinarios, y muchísimo más desde el establecimiento de la justicia a las inmediatas órdenes de VS como encargada principal del ramo en la Provincia. Por lo mismo, creo llegado el momento de hacer gestiones para conservas ilesos estos derechos y para que el Corregidor se contenga en la esfera de los suyos, administrando justicia como juez en causas contenciosas, sin más carácter ni representación, por ser la única que le está concedida. El día 29 se dirige de nuevo a la Diputación. Me instruyo en la deferencia de VS a mis deseos en auxiliarme con voz y costa para defender la jurisdicción de mis Alcaldes en los ataques que el caballero Corregidor se ha permitido dirigir contra los mismos y aun contra VS.

29.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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30.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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31.01








AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
GACETA DE MADRID (nº.)



02 - FEBRERO
1.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
2.02


3.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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5.02


6.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

7.02


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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
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ACTA nº.

17.02


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19.02


20.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

21.02
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22.02


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ACTA nº.

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ACTA nº.

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27.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

28.02
28 de Febrero El Sr. Soroa dio cuenta a la Junta del resultado de sus conferencias con el Arquitecto Ugartemendia sobre sus reclamaciones por trabajos y liquidación de su haber. El Arquitecto presenta para conocimiento de la Junta el arreglo más equitativo que ha sido posible de la época que comprende como se ve en siguiente. Se previene que de los 115.745 reales vellon que importan las liquidaciones respectivas anteriores, de sus serias ocupaciones facultativas desde el año 1813 hasta la de 1823 inclusive, tiene percibidos en dinero 30.000 reales a cuenta de dicha cantidad y el residuo de 85.745 quedó capitalizado en tres distintas imposiciones de 27 de Diciembre de 1816, 28 de Septiembre de 1820 y 5 de Diciembre de 1823, sobre la misma Caja y a favor del Arquitecto infrascrito, en atención a la escasez de fondos en aquella época para su satisfacción inmediata en dinero. Los años devengados correspondientes a la presente liquidación o arreglo pedido, son de 1823, 24, 25,26, 27, habiendo llevado en los primeros cuatro años el peso de la dirección del puente de Santa Catalina y sus accesos, formado los diseños y cálculos del proyect6ado nuevo camino real desde esta ciudad por Rentería a Oyarzun; los del lazareto para la isla de Santa Clara y del Hospital militar por disposición de la Junta de Sanidad de la misma ciudad y demás objetos públicos que ocurrieron en dichos cuatro años; que en esta atención y en la de que fueron menores las ocupaciones del infrascrito, respecto a los años anteriores, se arreglan a respecto de 10.000 reales por cada año en lugar de los 12.000 que le asignaba el situado determinado; y por lo relativo al quinto año o de 1827 en que además de las atenciones de la Junta ha tenido que dirigir los de la Misericordia y del camino de la Herrera, solos 5000 que unidos con ellos los cuatro años de 10.000 cada año, componen un total de 45.000 reales vellon, correspondientes a los mencionados cinco años. Y hallándose bien penetrado el infrascrito Arquitecto, en medio de sus urgencias actuales, de la escasez de fondos disponibles en efectivo para este privilegiado pagamento, y a fin de dar una nueva prueba del celo y desinterés propios de su costumbre en favor de la reedificación de esta ciudad, se conformará en que la expresada cantidad de 45.000 reales se capitalice a premio de 5% o de 2550 reales de rédito anual, bajo las mismas circunstancias y cualidades que las imposiciones anteriores. El infrascrito Arquitecto director de las obras de reedificación de esta ciudad se propone continuar en lo sucesivo como tal director, siendo las atenciones de su deber las obligaciones siguientes: La inspección, dirección y cuidado de todos los trabajos públicos de la ciudad y su Junta de obras, con inclusión de los edificios de Beneficencia, caminos principales, acueductos y además, 1.º El cuidado de levantar un diseño exacto con las manzanas de toda la ciudad y en él señalado los nuevos edificios construídos o que fueren haciéndose en lo sucesivo. 2.º Dibujar otro diseño exacto de las manzanas de la misma ciudad y en ellas marcadas todas las casucas y barracas habitadas existentes, con referencia de su propiedad y la del solar en que estuvieren. 3.º Manifestar en diseño la ruta o carrera del acueducto principal con sus ramales y proponer un plan de reforma para su corrección y dirección. Bajo de estos supuestos u otros equivalentes cubrirá este importante servicio el infrascrito Arquitecto con una asignación de 6000 reales al año, percibidos en dinero con regular puntualidad, de la depositaría de la Junta de obras públicas de esta ciudad.
El infrascrito Arquitecto director hace presente al Comisionado de la Junta de obras D. Juan Maria de Soroa y Soroa los motivos por los que ha considerado completo el situado el año 1823 en su liquidación presentada el 5 del presente, para que tenga a bien de poner en noticia a la Junta. 1.º Que hasta mediados de Marzo de dicho año 1823 continuó la obra del puente de Santa Catalina con toda actividad y desde cuyo tiempo, hecha la medición y valoración de él, quedaron a cargo del público sus vicisitudes. 2.º Que conformado con el Gobernador de la plaza para soltar los dos arcos extremales del puente, dió principio a esta delicada operación. 3.º Que no pudiendo hallar bueyerizos para esta maniobra, por el recelo fundado que tenían de que se les detendrían en la plaza, para víveres, tuvo el Arquitecto infrascrito que valerse de los inquilinos de Miramon, con los que hizo el trabajo hasta el punto en que empezó la guarnición de la plaza a recoger el ganado de la parte del camino, con cuya noticia pudieron salvarse las parejas de Miramon por el lado de Loyola, menos una que fue detenida y pedida. 4.º Que a falta de yuntas se pudo hacer algún trabajo a fuerza de hombres, pero estrechando el tiempo por las circunstancias, aquella única noche se pudo llenar la barca grande con la mayor parte de la ferretería del puente, y sorteando a los centinelas y patrullas de la guarnición, se salvaron, depositándolas en varios caseríos de Loyola; y el día siguiente habiendo estrechado más su vigilancia la guarnición, se determinó enterrar en el interior del taller barraca la restante cantidad de ferretería, y se cortó la comunicación del puente con San Francisco, a pesar de órdenes contrarias del Sr. Gobernador, dejando caer de improviso la última andamiada que formaba el paso provisional, y fue quemada la barraca a poco rato, aunque salvados los hierros enterrados porque no fue observada esta operación. 5.º En este estado, viendo tan lo efecto del puente de la pertenencia pública esparcido en tantos puntos que requerían cuidado, resolvió el infrascrito Arquitecto detener en su compañía al sobrestante Orcaiztegui; por consiguiente se conservó en :Pasages a costa del mismo Arquitecto, mientras duró todo el bloqueo, haciendo continuadas visitas y reconocimientos a los puntos en que estaban los depósitos así de ferretería como de maderamen y tablonado, habiendo también recogido una porción de los segundos en Pasages mismo, por haberlos sacado la marejada de la ría de Urumea, satisfaciendo por el infrascrito Arquitecto media onza a José de Picabea por igual cantidad que éste había pagado a los marineros que los habían recogido en alta mar.
6.º Que además de estas atenciones, se ocupó igualmente el infrascrito Arquitecto, en utilidad bien señalada de la misma ciudad, suministrando a los diversos generales franceses que estuvieron destinados al bloqueo de la plaza, los diseños exactos del Cubo Imperial y demás que comprende su fortificación, y señaladamente con las determinaciones del Ministro de la guerra de aquel Ejército para que se pusiese batería en brecha, a fin de derribar la parte del muro nuevo ejecutado recientemente, cuya orden se le comunicó al Conde de Ricard; y en su vista le hizo presente el infrascrito que sería inútil la fijación de dicha batería para el fin que el Sr. Ministro lo deseaba, en atención a la clase de fortificación rasera ejecutada por los ingleses el año trece, por el interior de la misma brecha y la situación elevada de la cresta viva del muro antiguo petrificado que existía; y que en efecto, en consecuencia de esta relación, suspendió el General la colocación de la batería, mientras que el Sr. Ministro de la guerra se enterase de los exactos diseños; y bien relacionado referente a aquella parte que le había presentado el referido Arquitecto al General del bloqueo, y verificado así hicieron en el Ministro de la guerra el efecto que se deseaba, y bajo nueva orden de continuar con el bloqueo se evitaron por este acertado paso del Arquitecto infrascrito los considerables daños que debían haber ocurrido establecidas las baterías según habían pensado
7.º Que restituídos a la ciudad, al momento dio principio el infrascrito Arquitecto con los preparativos del puente y demás atenciones de la Junta de obras y Ciudad. Y sin embargo de todo lo relacionado, en prueba constante de su desinterés, conviene que únicamente se comprenda a favor del infrascrito, medio año correspondiente al de 1823 expresado. La Junta se instruyó detenidamente de cuanto expuso el Arquitecto y tuvo también presente las consideraciones de este facultativo por su celo en las importantes obras de reedificación que han estado bajo su dirección y cuidado. Que se le transmita la conformidad de la Junta y se otorgue la escritura de capitalización.

GACETA DE MADRID (nº.)

















03 - MARZO - MARTZOA
1.03

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

2.03


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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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ACTA nº.

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ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

15.03

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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18.03
18 de Marzo Descargo del Arquitecto director sobre las conferencias con el Comandante de Ingenieros de esta plaza acerca de la calzada al final del glasis. Respecto de las objeciones del final del glasis hacia el seno de la Amara puestas por el Sr. Comandante y la conferencia que tuvo hace días y a propio fin el mismo Arquitecto con el Sr. Antonio Rosado y Castaños, Comandante de Ingenieros de esta plaza, se fijaron ayer con el sobrestante de las fortificaciones Sr. Agustín Zubillaga, los puntos de la dirección y forma en que deberá quedar o conducir aquella parte del glasis, con que viene a desmoronarse cierta porción del camino provisional principiado con los escombros, y exigiendo el Sr. Comandante de la plaza se dé principio sin pérdida de tiempo a este trabajo. La Junta comunicó a Evaristo de Echagüe para la ejecución de los trabajos a costa de los fondos de la Caja de la Junta.

19.03


20.03


21.03


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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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ACTA nº.

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ACTA nº.

30.03

31.03















04 - ABRIL - APIRILA
1


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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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10.06

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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12.04

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

12 de Abril El Síndico Güemes con motivo de la venida de SSMM, presentó varias proposiciones relativas al blanqueo de casas, demolición de paredes viejas, composición del empedrado de las calles, etc. El Ayuntamiento de acuerdo, tuvo presente la necesidad de aumentar la iluminación uniforme adoptada para la Plaza nueva, acordó que D. Lorenzo Alzate queda autorizado para hacer trabajar otro número igual de faroles que el actual. La Junta de Obras responde el día 14 al anterior oficio del Ayuntamiento. Que tiene tomadas las disposiciones para ejecutar con brevedad lo informado por la comisión y el Arquitecto en lo que respecta a los parajes públicos; pero en relación a los de los particulares, tiene VS más autoridad que la Junta para hacer las intimaciones que sean conducentes. Que tan pronto como se desmonten las barracas existentes en el solar de la Casa Consistorial, correrá esta Junta con el desmonte de las paredes, ya que el Ayuntamiento lo ha determinado así. Que con respecto a los que no han puesto las losas en las aceras, intimará la Junta a quien corresponda. Que asimismo lo hará con respecto al paredón del terreno junto al arco de la calle alta. Que la Junta blanqueará los arcos de la Plaza vieja. Y que están tomadas las medidas para concluir el terrazo de la calle Yñigo.
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13 de Abril Con noticia de la venida de SS MM adoptamos las siguientes medidas: Se obligue a los dueños de los terrenos pongan con toda brevedad en ejecución lo dispuesto por el reconocimiento hecho por los comisionados y el Arquitecto director. Que habiendo quedado conformes con el Coronel Comandante en que mudará el Cuerpo de guardia al principal, como siempre lo han tenido las tropas españolas, se dé principio a la demolición de las paredes, aun cuando no se haya hecho la mudanza, dando también aviso a la Casa de Misericordia para que se proporcione local para conservar los bancos. Que se dé una orden para los que no han colocado las losas en sus aceras las pongan con la posible brevedad, pues de no hacerlo dará una mala idea de parcialidad.
Que a los dueños del terreno que está junto al arco de la calle alta. se les obligue a reponer o hacer el paredón que ha de sostener aquella calle, pues va quedando intransitable, y reunido el acompañamiento que traerá SM, puede haber desgracias que se deben evitar. Que se desempedre y desmonte la Plaza vieja y se vuelva a empedrar dando salida a las aguas, quitando el principio que hay al entrar a los arcos. Que se blanqueen los arcos de la Plaza nueva en toda su circunferencia, impidiendo a los particulares lo hagan parcialmente, para evitar deformidades. Que se concluya el techado del terrazo que corresponde a la calle de Yñigo, para poder usar de él en caso necesario. Espero que con el celo acostumbrado se tomen las providencias conducentes, valiéndose en los casos necesarios de la autoridad de los Alcaldes. • Enterada la Junta del oficio anterior acordó se diga a la Ciudad que tiene tomadas disposiciones para la ejecución en punto a lo informado por la comisión y el Arquitecto acerca del estado de los solares germados y de la necesidad de los desmontes de las porciones de terrenos o fragmentos por lo que respecto a los parajes públicos; pero que en relación a los de los particulares, no se considera la Junta con autoridad para requerimientos e intimaciones, cuya fuerza debe ser la misma Ciudad. Que la Junta correrá con el desmonte de las paredes existentes en el solar de la Casa Consistorial, puesto que han de desaparecer las barracas existentes en el mismo solar, según lo ha determinado el Arquitecto. Que la Junta intimará a los propietarios según lo dispuesto por el Arquitecto, y la Junta blanqueará los arcos en el modo y tiempo que la Ciudad determine.

14.04

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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16.04

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ACTA nº.

17.04


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ACTA nº.

20.04

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ACTA nº.

20 de Abril Se leyó oficio del Coronel del 55 Comandante superior de esta plaza, manifestando su agradecimiento y del Regimiento de su mando por la armonía y comportamiento que el vecindario ha sabido mantener. El Ayuntamiento contesta que le son muy satisfactorias sus manifestaciones y guardará su recuerdo.
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23.04

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

23 de Abril Se leyó oficio del Yntendente del Ejército de Navarra. La marcha a Francia de la guarnición que actualmente existe en esa ciudad y mis deseos de que la de SM que ha de relevarla tenga la asistencia cumplida en todas sus partes y principalmente en la hospitalidad; y se dirige a la Junta de la Casa de Beneficencia para que atienda a los enfermos militares en esta plaza.
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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

26 de Abril Oficio del Sub yntendente francés en esta plaza que pide para los días 28 y 29 del presente y 2 del próximo Mayo el número de carros que sean necesarios para el servicio de la guarnición aliada que evacúa la plaza los días indicados. El Ayuntamiento expone que están tomadas las medidas conducentes de modo que se atenderá al servicio sin falta alguna. Enterado el Ayuntamiento del oficio del día 30 del Comisario de guerra, en el que manifiesta se haga cargo la Ciudad de los efectos que le pertenecen en la Casa de Gamarra, que está desocupándose. Tuvo presente el Ayuntamiento que ha principiado ya, día 30, la evacuación de esta plaza por las tropas aliadas, dejando por lo mismo de existir el gravamen de alojamientos que pesaba sobre el vecindario.
27.04


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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
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ACTA nº.

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05 - MAYO - MAIATZA
1.05


2.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


2 de Mayo Atendiendo el Ayuntamiento que con la evacuación de la plaza por las tropas aliadas que se ha de efectuar el día de mañana, desaparece el obstáculo que hasta ahora ha impedido el armamento y organización de los Tercios, y que este Cuerpo no es solo el que prescriben los fueros de la Provincia y sí también el que debe subsistir según lo resuelto por SM, siendo mayor la necesidad de su pronta plantificación por las noticias de la venida de SSMM; se acordó poner el caso en noticia del Sr. Gobernador de la plaza, advirtiéndole que los ejercicios del Cuerpo suelen practicarse los días festivos en el glasis de la plaza. • El 3 de Mayo de 1828 evacuaron militarmente el Castillo y murallas las tropas francesas, en cuyo día quedó guarnecida San Sebastián por las tropas españolas. La entrega oficial de la plaza y del Castillo efectuóse a las seis y media de la mañana del citado día La marcha de los franceses con dirección a Bayona por Behobia, se efectuó en tres columnas que escoltaban a la vez los convoyes. Siendo todas muy cariñosamente despedidas por los donostiarras y las muchísimas familias de emigrados que aquí moraban por entonces.. Si la guarnición francesa siempre se portó bien, la española que la sustituyó se granjeó doblemente la estima de todas las clases sociales por su conducta y proceder, imparcial en medio de las luchas políticas. Tal era la unión, que la oficialidad continuamente organizaba bailes y festejos65.
3.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


3 de Mayo Se leyó oficio del Capitán general de esta provincia en el que expone que no hallándose los cuarteles en estado de poder colocarse en dos noches la guarnición española que ha llegado hoy, espera que el Ayuntamiento dispondrá que la tropa sea alojada por este tiempo en las casas de los habitantes. Considerando el Ayuntamiento los sufrimientos del vecindario en el largo transcurso de los cinco años que ha soportado el alojamiento de los franceses y convencido de la justicia que le asiste para el merecido alivio, tuvo por conveniente diputar al Comisario de guerra una comisión compuesta por el Regidor Echagüe y Síndico Güemes, a fin de acordar lo conveniente para que hoy mismo pueda la tropa acuartelarse. Ambos han llegado a un acuerdo con el Comisario y conformaron que el Ayuntamiento proporciones sin .perdida de momento las camas necesarias para traer la paja que existe en la casería de Ysturin y las personas indispensables para barrer y limpiar los salones del cuartel, quedando lo demás al cargo del Comisario. El Diputado Elosegui queda encargado para encontrar las personas necesarias a fin de barrer el cuartel y proporcionar las camas, por medio de los alguaciles.

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AYUNTAMIENTO
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7.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

7 de Mayo El Sr. Síndico presentó un papel que contiene varias proposiciones de medidas preventivas para la llegada de SSMM a esta ciudad. Siendo positivo que SSMM llegarán a esta ciudad el día 4 del próximo Junio, y no hallándose el Ayuntamiento con medios para los gastos que necesariamente ha de ocasionar esta venida, teniendo presente que si bien se hallan pedidos para la Casa Consistorial y la carretera general los arbitrios que se concedieron para el ramo de alojamientos, es más urgente el caso que ocurre, acordó dirigir al Director de propios y arbitrios del Reyno, un recurso pidiendo los idénticos arbitrios por el tiempo que sea necesario a cubrir los gastos que han de originarse.

8.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

8 de Mayo Se leyó oficio del Consulado que dice. Habiendo invitado nuestra madre la Provincia a nuestros soberanos a que la honrasen con su augusta presencia en el solar guipuzcoano a su regreso a la Corte, y dignándose SSMM dispensarla tan singular merced, designando a esta ciudad para su residencia por siete días, no parece regular que la Provincia quiera privarse de la satisfacción de obsequiar a nuestros Reyes y dejar a nuestra notoria y extremada pobreza el cuidado de hacer y costear los regocijos públicos y fiestas reales, pues para verificarlo del modo más digno consta nuestra impotencia y falta de recursos al intento. Para ofrecer al público testimonio inequívoco de sus buenas disposiciones, he nombrado una comisión para que en una con la de VS elija, proyecten y calculen el coste de las funciones que puedan hacerse proporcionados a toda nuestra pequeña posibilidad, ya que nuestros medios no se hallan en armonía con los sentimientos que nos animan.

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AYUNTAMIENTO
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12.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

12 de Mayo El Ayuntamiento tratando de tomar aquellas medidas preventivas y del caso de la venida de los Reyes, resolvió lo siguiente: 1º. Se escriba a la Provincia indicando que el Ayuntamiento guiado solo de los deseos del acierto, indique para alojamiento de SSMM la Casa del Conde de :Peñaflorida. 2º. Que el Diputado Elduayen queda comisionado para reconocimiento del barrio de San Martin y del interior del pueblo para hallar cuadras. 3º. Que D. Pedro Albeniz queda encargado del arreglo de la capilla y orquesta, trayendo las voces necesarias al mayor decoro. 4º. Que se encargue a los mayorales extramurales la concurrencia al camino de la gente labradora vestida con aseo, al tiempo de la llegada de los Reyes. 5º. Que los tertulios de los aficionados sean invitados a concurrir a los festejos.
6º. Que la Secretaria quede encargada de buscar habitación para mudar el Ayuntamiento. 7º. Que se pida a la villa de Yrun el palio por si se necesitase. 8º. Que se invite al Ayuntamiento anterior y suplentes de los actuales Regidores a que concurran a ayudar al Ayuntamiento en sus tareas. 9º. Que se pongan edictos llamando a provisión de paja y cebada, con advertencia de que satisfarán el importe de los que tomen las raciones. 10º. Que se dispongan y presenten a SSMM si conviniese, las súplicas que en este acto ha explicado el Síndico Güemes. Los Sres. Echagüe y Collado expusieron que el rematante de arbitrios se presta a dar treinta mil reales vellon al 6% bajo la garantía de arbitrios de alojamientos. El Ayuntamiento acordó que ambos señores quedan autorizados para tomar el dinero y otorgar la escritura. • El Magistrado dice a la Diputación de esta provincia. He recibido su oficio del día 10. Los deseos más sinceros de que VS y toda la Provincia salgan con lucimiento en una época tan gloriosa, me impelen a manifestar a VS mis ideas. Hasta ahora la casa indicada para alojamiento de SSMM es la de D. Fausto Corral; pero no dejan de existir algunos obstáculos. Parte del edificio sirve de posada pública y ocurre que la habitación del Sr. Corral es muy elevada; que la posada es tal vez la primera del pueblo, muy adecuada para servir mesas de Estado, a cuyo efecto no será muy fácil encontrar casas propias en la ciudad; tiene además unas cuadras espaciosas de las muy pocas que presenta el pueblo,, sino algún alojamiento, añadiendo a todo lo expuesto que hay en la casa un hedor propio de todo paraje de casa pública o posada.
Estas consideraciones no dejan dudar que ocupada dicha casa por SSMM se inutiliza un edificio indispensable para otros objetos de primera necesidad en el caso, siendo así que en la ciudad entre las casas que pudieran destinarse para los Reyes entre ellas ha sido elegida la del Conde de Peñaflorida con sus inmediatos. He aquí lo que manifiesto a VS en la persuasión de que lo recibirá con aprecio. • Dirigido al Capitán general. La Junta de obras ha puesto a disposición del Capitán Comandante de ingenieros 300 reales vellon para la reparación del pavimento del puente levadizo y durmiente de la Puerta de tierra, y puede VE mandar pasar esta noticia a su señoría a fin de que proceda a la ejecución de la obra. Quédase comisionado mi Síndico Eustaquio Diez de Güemes para entenderse hoy mismo con el Gobernador de esta plaza, acerca de la abertura de las dos puertas que dan a los baluartes a derecha e izquierda, que yo solicité a VE para el tiempo de la permanencia de SSMM en la misma, y no dudo se pondrán ambos de acuerdo sobre los gastos de este particular
13.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

13 de Mayo El Regidor Aramburu hizo presente que tal vez habría empresarios particulares que entrasen en organizar una corrida de toros de muerte para los tres días de la estancia de SSMM en esta ciudad, si el Ayuntamiento entrase en oir las proposiciones, que no serán de gasto a los fondos públicos. El Ayuntamiento queriendo fomentar toda clase de festejos, acordó que se presenten las proposiciones de las corridas.
13 de Mayo El Capitán General de esta provincia da parte que el pavimento del .puente levadizo y durmiente de la Puerta de tierra necesitan de una reparación que no excederá de 300 reales vellon y que se tomen disposiciones para ejecutarla. Aunque se contestó a SS que no es de obligación de la Ciudad pero que por caso urgente se tomarán las medidas oportunas, atendiendo a la próxima llegada de SS MM a esta ciudad.
14.05

AYUNTAMIENTO
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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

14 de Mayo Con los Sres. Joaquin Yun y Jose Antonio de Zinza, comisionados de la empresa de las corridas de toros, se pactó y acordó por mutua conformidad lo siguiente: Que la empresa se compromete a hacer una corrida de toros a muerte los días 6,7 y 9 de Junio. Que traerá veinticuatro toros pera correr con dos de reserva y cuatro novillos. Que los toros han de ser de cuatro años, trayéndolos de las vacadas de Guindulain, Ybarnavarro y Zalduendo. Que las ventanas de las primeras habitaciones se darán al precio de 480 reales cada una para los tres días; los de la segunda habitación a 380 reales y los de las tercera, a 300 reales. Que los tendidos de la sombra a las mañanas serán a tres reales y a las tardes a ocho reales diariamente y al sol a dos reales por las mañanas y seis por las tardes. Que el reparto de los balcones lo hará el Ayuntamiento hasta tres días antes de las corridas. Que el Ayuntamiento podrá disponer de balcones y tendidos para los usos convenientes, pagando los precios estipulados. Que el tablado para la música sobre los toriles será del cargo de la empresa. Que las barreras serán examinadas y reconocidas en punto a su solidez por el Arquitecto Ugartemendia.
• El Regidor Collado expuso que la Provincia no ha tomado ninguna determinación en punto a la venida de SSMM sino que ni tampoco se ha servido contestar al último oficio que pasó la Ciudad, y opina que el Ayuntamiento debe protestar semejante abandono para que en ningún tiempo le pase el menor perjuicio ni se le hagan cargos ningunos.
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13 de Mayo

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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

16 de Mayo D. Joaquin Yun hizo presente los deseos de las empresas para que como tales tengan la misma preferencia que los vecinos concejantes para tomar balcones. El Ayuntamiento accede.
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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

17 de Mayo El Arquitecto Ugartemendia informa que habiéndose aprobado el plano y proyecto presentados por él mismo para la reposición del camino de la Herrera, desde el caserío de Santa Bárbara hasta el embarcadero, ha dispuesto VS que dicha obra se ejecute inmediatamente y a jornal, en atención a su urgencia. Hace ya tres días que se dio principio y se continúa en tiempo oportuno, así como cuidaremos que quede igualmente rematado en la misma época el trozo desde Miracruz hasta Santa Barbara, sin desatender el pequeño repaso en varios puntos del camino desde la Puerta colorada hasta Miracruz. • Debiendo el Ayuntamiento desocupar esta casa habitación para preparación de bailes en obsequio de SSMM, acordó que Secretaría se encargue de encontrar otro local y si es posible la habitación de JM Olozaga, calle de Narrica, con el justo pago de la renta
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13 de Mayo

19.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

19 de Mayo El Magistrado se dirige al Comisario de guerra. Por insinuación de VS he resuelto que se cuide del blanqueo del edificio que sirve de hospital militar, en atención a la falta de fondos con que se encuentra VS Le recuerdo a tiempo a fin de que preparen los cuarteles para la tropa que traigan SSMM, sin que el vecindario después de cinco años de gravamen, sufra el alojamiento de la tropa a más de la oficialidad y comitiva, cuya sola colocación será bastante dificultosa, por la pequeñez del pueblo.
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13 de Mayo

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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

22.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

22 de Mayo Oficio de la Provincia diciendo que para manifestar los sentimientos del pueblo y alegría, se blanqueen todas las casas de la carretera del camino ramal desde Hernani para esta ciudad por donde han de venir SSMM, así como todas otras y caseríos que están a la vista del camino y corresponden a esta jurisdicción; y que las personas que concurran a disfrutar en el tránsito de la amable presencia de SSMM, demuestren con los vivas más cordiales y expresivos su más sincera adhesión. El Ayuntamiento acordó que a este oficio se dé la publicidad que encarga la Provincia por bando en los parajes acostumbrados y se ponga también en noticia de los habitantes inmediatos al camino ramal y barrio de San Martin por medio de mayorales y diputados extramurales, para el blanqueo de las casas y caseríos, y lo mismo se haga respecto al otro camino ramal para el puerto del Pasage, en caso de que los Reyes quieran visitarlo.
23.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

24.05

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

24 de Mayo Acordó el Ayuntamiento ejecutar las obras conducentes al adorno y reforma del zaguán de la Casa Consistorial en la Plaza nueva a donde concurrirán SSMM, siendo indispensable el que las calles y parajes públicos se encuentren en el aseo y limpieza debidos, se acordó hacer las oportunas indicaciones bajo multas, con respecto a la callejuela que desde el cuartel de San Telmo pasa por la puerta del mismo Convento.
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24 de Mayo

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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

26 de Mayo El Ayuntamiento en relación con la visita de los Reyes resolvió lo siguiente: Que el Ayuntamiento saldrá a recibir a SSMM hasta el arco. Que al regreso esperará el Ayuntamiento en palacio hasta saber si SM recibe. El Ayuntamiento llevará la música de aficionados. Se presentará el palio a SM por si recibe y será conducido al palio por el Ayuntamiento. El Cabildo indicará la carrera de la procesión del Corpus por la Plaza vieja, colocación de altares y demás relativo al particular. El Ayuntamiento acompañará a SM cuando sale para el paseo. Que cuando SSMM salgan de la iglesia se les conduzca por las calles de Escotilla y del Puerto, por el mayor ornato y hermosura. Existirá en la Plaza un cuerpo de guardia de Tercios durante las corridas y un centinela en cada dos arcos, con un total de cincuenta a sesenta hombres
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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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31.05

31 de Mayo El Magistrado a D. Cristobal Lecumberri Para las funciones de corridas que tengo acordado durante la permanencia de los Reyes en esta ciudad, se conducen desde Navarra veinticuatro toros además de dos de reserva y cuatro novillos y cabestros que llegarán uno de estos días, y he de merecer a VS se sirva permitir su entrada, estancia y pasto en el monte de su pertenencia y punto de Oriamendi, así como en otras ocasiones. • Al Comisario de guerra. A pesar de no hallarme con precisos fondos para los gastos de festejos y obsequios acordados para el recibimiento de los Reyes, queriendo sin embargo tomar parte en el servicio del Cuerpo del Regimiento de Monterrey, he dado orden para que la tarde de hoy a la una, estén prontos en el cuartel de San Telmo los seis carros para el transporte de las doscientas camas al Castillo de la Mota, a donde se traslada dicho Cuerpo.







24 de Mayo Acordó el Ayuntamiento ejecutar las obras conducentes al adorno y reforma del zaguán de la Casa Consistorial en la Plaza nueva a donde concurrirán SSMM, siendo indispensable el que las calles y parajes públicos se encuentren en el aseo y limpieza debidos, se acordó hacer las oportunas indicaciones bajo multas, con respecto a la callejuela que desde el cuartel de San Telmo pasa por la puerta del mismo Convento.






06 - JUNIO - EKAINA
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2 de Junio El Magistrado al Cabildo Ecco. He resuelto que la procesión del Corpus se haga por la calle de la Trinidad y Narrica a la Plaza vieja y que por frente del palacio de SSMM dé vuelta a la calle de la Escotilla y San Geronimo y siga por la calle del Puerto y la Mayor a la parroquia, a menos que SSMM no dispongan otra cosa



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GACETA DE MADRID (nº.)

4.06

El 4 salieron los Reyes nuestros Señores a las siete de la mañana de la Villa de Tolosa para la Ciudad de San Sebastián, donde entraron a las diez y media. Todo el camino es una casi no interrumpida población, cuyos habitantes se presentaron llenos del mayor entusiasmo a vitorear a SS.MM.en el tránsito.

Los vecinos de S.Sebastián se han esmerado en hacer magnífica la entrada de sus Soberanos. Las calles, hermosamente adornadas, las danzas, el simulacro de un combate naval sostenido entre ocho lanchas, una comparsa que desenganchado el coche de las Reales Personas lo condujo a brazo hasta el Real palacio, y una brillante iluminación por la noche, han sido los festejos con que han expresado su alegría, más manifiesta aún en el júbilo y aclamaciones con que indicaban todos los leales sentimientos del corazón.

El 5 y el 6 continuaban SS.MM. con la mejor salud en dicha ciudad; a la que ha concurrido un número considerable de forasteros.

SS.AA. gozan de la mejor salud en esta corte. (Madrid, 9 de junio)

(GACETA DE MADRID (nº.70)(10.06)

5.06

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
El 5 y el 6 continuaban SS.MM. con la mejor salud en dicha ciudad; a la que ha concurrido un número considerable de forasteros.


6.06

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El 5 y el 6 continuaban SS.MM. con la mejor salud en dicha ciudad; a la que ha concurrido un número considerable de forasteros.

7.06

6 de Junio Tuvo presente el Ayuntamiento que ahora 178 años asistió en este pueblo Felipe IV a la sublime festividad que la iglesia ha celebrado anteayer y que SSMM han solemnizado con su piadosa asistencia. Que la ciudad debió entonces este título a Felipe IV de grata memoria y que la de Fernando VII pasará a la posteridad incorporada a los acontecimientos notables de los fastos de este pueblo Que en ellos está escrito que la ciudad de San Sebastián fue reducida a pavesas en el día último de Agosto y 1º de Septiembre de 1813. Que esta catástrofe selló la gloriosa guerra de la independencia y allanó a SM el encumbrado Pirineo que le separaba de sus hijos; y que también está escrito que constituyéndose SM en protector de la reedificación, ha convertido con su soplo creador en bellos edificios los ennegrecidos escombros. Consideró el Ayuntamiento que la visita de SSMM abre una nueva página en la historia municipal de este pueblo, en la que ocupará el lugar importante que se merece Consideró así bien el Ayuntamiento que en medio de todo lo expuesto carece la Ciudad de un paraje de depósito cual requiere esta manifestación. Que la Casa Consistorial en que tantas veces han resonado los acentos leales del Concejo de San Sebastián y su archivo enriquecido con mil monumentos de gloria yacen todavía en el polvo. En consecuencia, acordó el Ayuntamiento, por haberse erigido SM en protector de la reedificación, se suplique a SM humildemente coloque con sus augustas manos la primera piedra fundamental de la Casa Concejil.
• Se le pida al Rey, Que los solares junto a la brecha se les devuelva a sus propietarios. Que las refacciones a los militares no la disfruten en esta ciudad como en otras.
Que se devuelva la casa de los Jesuitas ocupada por la guarnición aliada. Que acceda a los proyectos de rifa.




8.06

Por los partes recibidos de S.Sebastián, que alcanzan hasta el día 8 del corriente, se sabe que SS.MM. continuaban en aquella ciudad sin novedad en su importante salud.

El día 8 asistió el Rey a la procesión del Corpus, conforme había manifestado al Vicario D.José B.Echagüe. Apenas concluída aquella, los Reyes felicitaron con entusiasmo al Ayuntamiento por la nota de finísima cultura que dieron los donostiarras, guardando profundo silencio en prueba de respeto a la solemnidad del acto, callando durante la procesión las atronadoras aclamaciones que en estos días oyeron los Reyes cada vez que en público se presentaban.

Curiosa fue la fiesta en la bahía. Tomaron parte en ella más de cien marineros uniformados, que extendieron gran red de mil brazas que estrechaban hacia la playa, donde recogieron la pesca entre la algazara del gentío que llenaba los arenales, y en bandeja de plata ofrecieron algunos peces a los Reyes que desde un tablao presenciaban el espectáculo.

Varios besamanos se celebraron en Palacio: al de las autoridades acudieron la Diputación y Ayuntamiento, el Capitán General de Guipúzcoa, D.Blas Fournas (que en el mes anterior había recibido la plaza de manos de los franceses), el Mariscal Porte-Despierres, el General Duque de Granada de Ega, el Ministro togado don José M.Zuaznavar y otros; a los de señoras acudieron éstas vestidas de traje redondo, y de manto a la recepción de despedida, estando al lado de la Reina la Condesa viuda de Peñaflorida.




9.06

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
9 de Junio Se leyó la RO que dice así. Queriendo el Rey NS dar a su ciudad de San Sebastián una prueba del interés que toma en su reedificación, se ha servido acceder a la solicitud de VS de 6 del corriente, resolviendo colocar por sí mismo la primera piedra del edificio que debe construirse para servicio de ese Ayuntamiento. Y lo digo a VS de RO para su inteligencia y satisfacción. Dios guarde a VS,. San Sebastián 8 de Junio de 1828. Calomarde. Señores del Ayuntamiento de esta ciudad. En su vista, el Ayuntamiento acordó que el Alcalde Arambarri queda encargado de llamar a la Junta de obras públicas, el Regidor Aramburu para convidar al Cabildo Ecco, el Síndico Güemes a la Diputación de la provincia y yo el Secretario al Consulado, a más del bando dirigido al vecindario, con el objeto de que este acto tan grandioso y sublime sea celebrado con la pompa y majestad que requiere

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ACTA nº.

@ - Fernando VII coloca solemnemente la primera piedra de la Casa Consistorial , en la Plaza Nueva, llamada luego de la Constitución 

10 de Junio Los Sres. Berminghan y Arambarri Alcaldes; Eraunzeta Regidor Jurado, Aramburu, Collado y Arruebarrena Regidores, Zidalzeta y Elosegui Diputados del común, Güemes Síndico Personero jurado, por testimonio de mí el Escribano público Secretario, acordaron lo siguiente: Habiéndose verificado en este momento la colocación de la primera piedra de la Casa Consistorial por SM con asistencia de la Reyna NSª., el Sr. Obispo de Ciudad Rodrigo, Ilustre Consulado, Cabildo Ecco y Diputación de esta provincia, en medio de las aclamaciones del inmenso concurso reunido a solemnizar tan augusto acto, y queriendo el Ayuntamiento perpetuar la grata y dulce memoria de un hecho propio de la bondad del Soberano que da un nuevo impulso y vigor al patriotismo de este benemérito pueblo, que ve a su propio Rey interesado en revivir las glorias pasadas que el furor de una guerra pretendía entregarlas al olvido, Dio entrada en esta pieza el Arquitecto Ugartemendia quien presentó la palanqueta dorada con que SM puso la primera piedra en una cajeta de la necesaria dimensión para que depositada en la arca de tres llaves de la Ciudad, se conserve como un momento digno de todo aprecio y estimación. Queriendo así bien el Ayuntamiento hacer constar las personas que han ayudado a SM en la colocación de la piedra, acordó se ponga a continuación una nómina de ellos, y son los siguientes:
Pedro Manuel de Ugartemendia, Arquitecto director de la reedificación. Ygnacio Zavaleta, oficial cantero, natural de Mendaro de Guipuzcoa. Martin Echeverria, ” Gaztelu Manuel Goenaga ” ” ” Zumarraga Jose Bazterrica ” ” ” Berastegui Deseando el Ayuntamiento un historiado puntual y exacto de todo lo ocurrido desde la llegada hasta la salida de SSMM, acordó oficiar a D. Claudio Anton de Luzuriaga, excitándole a que quiera tomar el encargo, cuyo buen desempeño espera el Ayuntamiento del acierto y suficiencia que le distinguen. El día 11 de Junio los Reyes Fernando VII y Maria Josefa Amalia, con todo su séquito abandonaron San Sebastián, .quedando así terminado oficialmente el período de ocupación militar francesa de esta plaza66

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GACETA DE MADRID (nº.71) Madrid, 11 de junio. Por los partes recibidos de S.Sebastián, que alcanzan hasta el día 8 del corriente, se sabe que SS.MM. continuaban en aquella ciudad sin novedad en su importante salud. SS.AA. siguen con la mejor salud.

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18 de Junio Certificado del Coronel del Regimiento Provincial de Monterrey. que ha guardado esta plaza, en el que manifiesta el buen acogimiento que mereció en esta ciudad y la prontitud con que el Ayuntamiento concurre al mejor servicio del Rey NS. • Teniendo presente el Ayuntamiento la multitud de gastos originados con motivo de la venida de SSMM de un modo que la carga de arbitrios ha quedado absolutamente sin recursos y la Ciudad comprometida en más de treinta mil reales que se han usado de otros ramos, acordó que por causas tan imperiosas se saquen a remate por el año próximo de 1829 los arbitrios concedidos para atender a los referidos gastos, con el objeto de tomar desde luego las medidas oportunas en vista del remate para la mejora de la Caja de arbitrios y para cubrir los demás ramos
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28 de Junio Las conocidas ventajas de efectuarse por esta ciudad la carretera general, movieron al Ayuntamiento a dar impulso a este objeto y en una reunión celebrada en Pasages con los pueblos de Fuenterrabía, Yrún, Rentería y Pasages se trató el punto. Se trató del camino de Gainchurizqueta. No hubo ciertamente muchas dudas que vencer en el punto principal porque una mutua conformidad de Fuenterrabía, Yrun y Lezo para la recuperación del camino de Gainchurizqueta dio fin a toda discusión. Cada pueblo quería lograr ventajas en la empresa del camino real, alegando que San Sebastián no podía oponerse a la dirección que llevase el camino, pues que bajo cualesquiera planos debe venir al punto de San Sebastián.
Aunque era fundada esta objeción, no por eso dejamos de contestar que si bien la carretera debiera dirigirse por Gainchurizqueta, se hallaba también la ciudad en precisión de escoger la empresa que presentase menos oposición, coste y más auxilios para la ejecución; y que reuniendo estas circunstancias el proyecto del Arquitecto Ugartemendia, a dar con Oyarzun por Renteria, en comparación con el de Gainchurizqueta, no cabía duda en escoger entre los dos proyectos el de Ugartemendia. La villa de Renteria no solo optó por esta opinión sino que manifestó un oficio del Valle de Oyarzun en que encargaba sostenerse a todo trance en el mismo proyecto sin consentir en ningún otro. Por lo que se deduce que ambos pueblos se hallan animados para entrar en el proyecto. Solo la banda de San Juan de Pasages quisiera coronar el puerto de almacenes, entrando en cualquier empresa, bajo el supuesto de que no puede prestar auxilios por su notoria pobreza En consecuencia, se pactó que Fuenterrabia, Yrun, Lezo y Pasages de allende no entraban en el proyecto de la carretera y que cuidarán de las reparaciones del camino de Gainchurizqueta, quedando separados de este proyecto San Sebastián, Renteria y Oyarzun.


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30 de Junio Costes y gastos. Del espolón nuevo que se ha hecho desde la escalera de la Puerta colorada hasta la unión del camino de la Herrera, importante 580 reales vellon, se expida libramiento a favor de Pedro José de Belderrain que lo ha ejecutado.
Libramiento de 2009 reales a favor de Francisco de Andueza por la pintura dada en todos los pasamanos del puente de Santa Catalina, y pintura dada a las cuatro pirámides de las dos cabezas de dicho puente, con motivo de la llegada de SS MM a esta ciudad. Habiéndose dispuesto el desmonte de la barraca perteneciente a Joaquin de Zabala, colocada en el barrio de San Martin al contacto del camino real para esta ciudad y su traslación a otro sitio, con motivo de la venida de SS MM y causándose perjuicios a dicho Zabala, acordó la Junta se le pague 320 reales vellon por vía de indemnización. Gasto hecho por el Arquitecto Ugartemendia en la preparación de las piedras para el principio del cimiento de la Casa Consistorial que D. Fernando VII fijó con su augusta mano en 10 del corriente. Suma 588 reales vellon. Otra de 489 reales de los trabajos hechos por el maestro cantero Manuel de Goenaga y Cía en el empedrado de la Plaza vieja y de la calle de Ygentea, frente y costados de la Casa Palacio de alojamiento de SS MM. Otra de 470 reales de materiales y jornales empleados en los puentes de la Puerta de tierra y composición de los otros de las avanzadas derecha e izquierda, con motivo de la venida de SS MM. Y otra de 240 reales importe de marcos para poner los planos de la Casa de la Ciudad en la pieza destinada para SS MM para las funciones de la plaza.













07– JULIO -
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5 de Julio El Magistrado se dirige al Consulado y a la Junta de obras. Es constante que en la fatal destrucción de esta ciudad en 1813 sucumbió la Casa Consistorial y del Ilustre Consulado y que muchos de los vecinos han empleado el resto de sus fortunas en la construcción de casas de nueva planta, con el ejemplo de una feliz restauración, cuando los edificios públicos debían dar el primer impulso a tan grande objeto. Es indudable que esta actividad no ha sido interrumpida ni por la serie de acontecimientos, capaces sin duda de enfriar el patriotismo más decidido, y que se han reducido a la nulidad los diversos proyectos para la construcción de la nueva Casa, sin que los deseos más vehementes hayan sido suficientes para la ejecución de la obra. Por una consecuencia necesaria de estos hechos ciertos, resulta que el estado de la ciudad es aun muy imperfecto, porque ¿de qué sirven los sacrificios practicados hasta ahora si aun falta la Casa Consistorial que constituye el ser de los pueblos? Se entra en la ciudad bajo el aspecto que induce a creer ser de las mejores que puedan hallarse. Se busca en el principio de una hermosa plaza lo que debiera sellar su hermosura; quiere verse en fin la Casa Consistorial y este edificio no existe¸ unos tristes restos que hacen duradera la dolorosa memoria es lo que únicamente se halla ¿Y ha de ser perpetua una imagen tan amarga? Otra de las consideraciones que no debe perderse de vista para la pronta edificación es la benevolencia con que SM durante su estancia en esta ciudad ha dado al edificio un sólido principio al colocar por su augusta mano la piedra fundamental. Este acto por sí mismo precisa a las Corporaciones interesadas a vencer todos los obstáculos y a hacer el último sacrificio para la construcción de la ciudad.
Guiada por estos sentimientos he acordado invitar a VS y a la Junta de obras para que nombrando comisionados activen la ejecución de la obra por los medios más oportunos, y quedan de mi parte plenamente autorizados los Sres. Arambarri y Aramburu.
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14 de Julio Oficio de la Ciudad. Es constante que en la fatal destrucción de esta ciudad en 1813 sucumbió la casa Consistorial y de Ilustre Consulado, y que muchos de los vecinos han empleado el resto de sus fortunas en la construcción de las casas de nueva planta, con el ejemplo de una feliz restauración, cuando los edificios públicos debían dar el primer impulso a tan grande objeto. Es indubitable asimismo que esta actividad no ha sido interrumpida ni por la serie de acontecimientos capaces de enfriar el patriotismo decidido, y que se han reducido a la nulidad los diversos proyectos para la construcción de la nueva Casa, sin que los deseos más vehementes hayan sido suficientes para la ejecución de las obras. Por una consecuencia necesaria de estos hechos ciertos, resulta que el estado de la ciudad es aún muy imperfecto; porque ¿de qué sirven los sacrificios practicados hasta ahora si aun falta la Casa Consistorial que constituye el ser de los pueblos? Se entra en la ciudad bajo el aspecto que induce a creer ser de las mejores que puedan hallarse. Se busca en el principio de una hermosa plaza lo que debería sellar su hermosura; quiere verse en fin la Casa Consistorial y este edificio no existe; unos tristes restos que hacen duradera la dolorosa memoria es lo que únicamente se halla...¿ y ha de ser perpetua una imagen tan amarga? Otra de las consideraciones que no debe perderse de vista para la pronta reedificación es la benevolencia con que SM durante su estancia en esta ciudad ha dado al edificio en sólido principio, al colocar por su augusta mano la primera piedra fundamental. Este acto por sí mismo precisa a las Corporaciones interesadas a vencer todos los obstáculos y a hacer el último sacrificio para la construcción de la Casa. Guiada pues de estos sentimientos he acordado invitar a VS y al Ilustre Consulado para que nombrando comisionados, activen la ejecución de la obra por los medios más oportunos.

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08 – AGOSTO -
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17 de Agosto Préstamo de varios vecinos con destino al pago del coste de los cimientos y arcos de la Plaza nueva, a saber: Jose Maria de Soroa y Soroa 11000 Nicolas Gallo 4000 Jose y Francisco Brunet 3000 Geronimo de Zidalzeta 2000 Jose Joaquin de Arizmendi 550 Pedro Ygnacio de Olañetda 450 21000 Y además Viuda de Bermingan e hijos 9000 Casa Labroche y Ezeiza 3000 Casa de Queheille 3000 Carlos Wenzel 2000 Viuda de Collado e hijos 4000 Jose Manuel de Yturrondo 1000 Viuda de Sasoeta 2000 Goizueta y Arizmendi 8000 32000
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23 de Agosto El Diputado Elosegui y el Secretario dicen. La naza colocada en el punto de Ainguelu-vea, no está según previene la RO. En efecto la parte navegable no tiene la anchura de la tercera parte que en ella se dispone, y en su orilla se ven piedras de grandor que parecen tiradas al fondo para espantar el paso de los salmones. Se encuentran en el fondo de el agua puestas ramas de árbol con sus hojas, desde la punta de la quereta hasta la orilla y que han debido ahuyentar al salmón la entrada en la parte navegable a la subida del mar y obligar a que entre dentro del encajonado de los queretes y que vaya a meterse en la red. Este medio se halla en oposición a la RO pues por ella se ha impedido el paso del salmón para arriba en la parte navegable, es decir que no ha estado libre el río en dicho punto cuanto debe y dispone la RO, y que los obstáculos, embarazos y trabas de las piedras y ramas han tenido por objeto el impedir el tránsito del salmón por dicha parte navegable. La otra naza de Camio en el punto de Atarieder tampoco tiene la parte navegable la anchura de la tercera del río y lo peor es que obstruye la subida al cascajo que se encuentra a la entrada, por el empuje de la mar y la ninguna avenida del río estos últimos meses; así ha contestado el encargado de la naza, pero los exponentes juzgan al contrario, que el dueño ha tenido un interés en que se cerrase para por este medio obligar al salmón a entrar dentro de la naza, por el mayor fondo que tiene de agua en su centro, pues que estaba al cuidado del mismo encargado de quitar dicho cascajo y poner corriente el tránsito para la subida del salmón. El Ayuntamiento para la próxima pesca convendrá prevenga a dichos dueños no pongan dichas queretas sin previa noticia del Ayuntamiento, que nombrará un inteligente que asista a la plantificación de dichas nazas conforme establece la RO.
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09 – SEPTIEMBRE -
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7 de Septiembre Cuenta de Joaquin Antonio de Elosegui por obras ejecutadas en el desmonte de las paredes de la Casa de la ciudad, conducción y colocación de piedras, anivelación de las calles, extracción de escombros, conducción de cascajo, derribo de paredes yermos, construcción de un pretil de mampostería desde la cabecera del puente de Santa Catalina hasta el prado de San Francisco y otros trabajos que resultan por menor, con motivo de la venida de SS MM a esta ciudad, y ascienden en total a 14279 reales. La Junta lo aprueba y se expida libramiento

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11 de Septiembre Memorial de Eusstaquio Diez de Guemes, maestro encargado de la obra que se intenta construir en terreno solar que antes fue Lonja frente al muelle. El informe de Ugartemendia dice se tenga particular cuidado en que los umbrales y accesos de las calle se arreglen equivalentes al descenso y línea correspondiente al perímetro del local.
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15 de Septiembre El Magistrado a la Junta de obras públicas. Inmediato a la Lonja antigua existe una porción de piedra sillar procedente de la derruída Casa Consistorial y que se procede a reedificar aquel edificio. En tal estado, habiendo tratado sobre la venta de dicha piedra, me ha parecido oportuno obtener previamente el dictamen de VS.

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16 de Septiembre Acuerdo del Ayuntamiento. Consideró el Ayuntamiento que algunos vocales de la Junta de obras se hallan suspensos del ejercicio de tales, solo porque manifestados en las últimas ocurrencias políticas, fueron separados de la matrícula de Concejantes y de los derechos de la nobleza. Penetrado el Ayuntamiento de que el establecimiento de la Junta de obras ni exige la cualidad de ser noble sus vocales, ni tiene relación con el ejercicio de derechos algunos civiles de la más remota trascendencia del gobierno político y económico del pueblo, funciones únicas a las que se dirigen las leyes vigentes, en punto a la suspensión de los Concejantes incursos en las circunstancias expresadas, siendo establecida la Junta de obras mera y únicamente para el objeto de las obras públicas, como una reunión auxiliatoria, mayormente desde el incendio de 1813, cuyo acontecimiento hizo necesaria la Junta aun mucho más que antes. Acordó el Ayuntamiento se le dé a la Junta conocimiento de esta Acta a fin de que llame a los comprendidos en ella y les haga saber que se les considera aptos y sin impedimentos para que vuelvan al ejercicio de las funciones de vocales de la Junta y continúen con el celo del que antes han dado repetidas pruebas. La Junta acordó que conste el nombramiento que la Ciudad ha hecho de los vocales vacantes de la Junta, en los Sres. Joaquin Ygnacio de Minondo, Francisco Antonio de Echagüe y Jose Manuel de Collado. Considerando la Junta hallarse comprendidos en la segunda parte del oficio de la Ciudad, D. José Elías de Legarda y D. Jose María de Ezeiza, se les pasó igualmente aviso para su concurrencia..
• La Ciudad da parte de la extensión de una porción de piedra sillar en sitio inmediato a la Lonja antigua, procedente de las paredes desmontadas de la Casa Consistorial y mediante a que se intenta reedificar el edificio de la Lonja y ha tratado el Ayuntamiento sobre la venta de dicha piedra, pide el dictamen de la Junta. Se trata sobre este punto y se acordó manifestar al Ayuntamiento que la Junta no considera de utilidad la venta y que pudiera tener la piedra empleo más ventajoso en otros destinos de obras públicas de que se halla encargada. • Memorial de Antonio Maria de Albisuri en que hace presente que con motivo de reedificar en el citado terreno la Lonja, se ve en la precisión de trasladar a otro punto la barraca arrimada al sitio de dicha Lonja, y suplica se le permita colocar en el solar vacío pegante a la casa de D. Jose Vicente de Echagaray como adecuado para recoger los niños expósitos de que se halla encargada Josefa Ygnacia de Maiz su mujer, por la Junta superior de esta provincia. La Junta prestó su conformidad.
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1828.- Se lee en el Ayuntamiento un oficio del gobernador de la Plaza, Francisco de Paula Gironella, señalando que “no permitirá ejecutar fiestas ni acto público alguno que pueda ser motivo de juntarse mucho pueblo donde hubiere tropas de guarnición o de cuartel, sin darme primero parte para que tome las precauciones convenientes a evitar todo desorden”.

17 de Septiembre Se leyó oficio del Gobernador de esta plaza fecha 15 del corriente que dice así Gobierno militar de la plaza de San Sebastián. El Rey NS en el tratado 6º título 2º artículo 6º de sus Reales órdenes me manda que no permita ejecutar fiestas ni acto público alguno que puede ser motivo de juntarse mucho pueblo donde hubiere tropas de guarnición o de cuartel, sin darme primero parte para que tome las precauciones convenientes a evitar todo desorden, y en artículo 32 del mismo tratado manda SM que el primer objeto de todo Gobernador debe ser el celar con vigilancia y sostener con firmeza la puntual observancia de las Reales órdenes. He visto en los pocos días que tengo tomada la posesión del Gobierno militar de esta plaza, de cuya seguridad y defensa soy responsable, haberse juntado mucho pueblo sin que VS se haya servido darme el menor conocimiento, para en este caso tomar mis precauciones de seguridad. En consecuencia de lo que llevo manifestado, espero que VS en lo sucesivo me dará el correspondiente aviso anticipadamente de cuantas reuniones y diversiones puedan dar motivo de juntarse algún pueblo, según y conforme manda SM en dichas Reales ordenanzas, sin que se exceptúe esta plaza de las demás del Reyno. Esperando su conformidad, en la inteligencia de que siempre y cuando tenga noticia de reuniones sin mi conocimiento en la plaza que me está confiada por SM, mandaré dispersarlas aun cuando sean autorizadas por VS, a quien al mismo tiempo advierto que de esta medida doy parte al Capitán general. San Sebastian 15 de Septiembre de 1828. Francisco Paula de Gironella, al Ayuntamiento de San Sebastián.

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GACETA DE MADRID (nº.)

19.09

1828.- Contesta el Ayuntamiento: “Ruego a V. que estudie la vida política de esta ciudad de San Sebastián, la legislación foral de este país, el carácter de sus habitantes celebrado por su inocente alegría no menos que por su lealtad (.....). Por ello las ideas sobre las que gira su citado oficio no son las que conducen al mejor servicio de S.M. además de ser inadecuadas a nuestra relativa competencia”.

19 de Septiembre El Magistrado de la Ciudad se dirige al Gobernador militar de esta plaza. Por lo mismo que tengo el deseo más ardiente de conservar la necesaria armonía con la autoridad militar, me es bien doloroso el tenor del oficio de V del día 15, en el que sin ocasión ninguna veo arrojadas las. prerrogativas que me competen y comprometido este leal vecindario. Ruego a V. que estudie la historia política de esta ciudad de San Sebastián, la legislación foral de este Pais, el carácter de sus habitantes, celebrados por su inocente alegría no menos que por su lealtad, la economía de las funciones sometidas a las jurisdicciones respectivas; y entonces me prometo de la prudencia de V. que conocerá que las ideas sobre que gira su citado oficio no son las que conducen al mejor servicio de SM., además de ser inadecuadas a nuestras relativas competencias. Si quiere V. además llamar a su auxilio los ejemplos, tiene uno muy reciente y demasiado respetable para que pueda desentenderse de él. El Rey NS acaba de ver las reuniones más numerosas en este pueblo sin que haya intervenido en ellas más autoridad que la del Alcalde y aun ésta sin hacerse sentir. Y bien lejos de haber concebido SM los recelos que V. manifiesta, tengo la inestimable complacencia de que conservan en buen lugar en su real ánimo el carácter festivo y las costumbres dulces de estos naturales. Puede V. consultar los antecedentes del gobierno que está a su cargo y desde luego podemos convenir en que no haga V. más ni menos que sus antecesores. Ha pasado en proverbio que la vara de un Alcalde por sí sola tiene en Guipúzcoa el poder de mantener la tranquilidad, y no puedo disimular a V. que nadie puede desconocer esta verdad sin tener otras miras que no deseo suponer en V. Repito que hagamos V. y yo lo que siempre se ha hecho y de lo que jamás ha resultado daño, y fiel a este principio velaré yo sobre la tranquilidad pública. A propósito me desentiendo de la amenaza que hace V. de emplear la fuerza armada contra reuniones autorizadas por mí, porque me complazco en creer que no calculó V. todas las consecuencias de semejante conminación; consecuencias que recibirían todo su complemento de los esfuerzos legítimos que yo y todos mis subordinados sabremos emplear cerca de SM si se nos agravia. • Oficio del Capitán general, fecha 20 del corriente al Ayuntamiento. El Gobernador de esta plaza me ha comunicado la contestación que VS ha dado a su oficio del 15 del corriente. No es saliendo de la cuestión que dos autoridades puedan entenderse. San Sebastián es plaza de guerra, su Gobernador no sale de la línea de sus atribuciones, exigiendo el cumplimiento del artículo 6, título 2º, tratado 6º de la Real ordenanza.
La música que salió a la calle a mas de las nueve de la noche del día 14, dio motivo a una reunión numerosa y por consiguiente daba lugar a que se tomasen precauciones. El Gobernador es responsable de la plaza que SM se ha dignado confiarle y ha jurado. Las circunstancias pasadas que no son para que se echen tan pronto en olvido ni aun las actuales exigen mayor vigilancia y exactitud en el servicio. El Gobernador no ha hecho mas que reclamar un derecho que debe sostener como fundado en la razón y en las leyes militares que son vigentes en toda plaza de guerra; en cuanto al oficio que pasó a VS debió precisamente resentirse de la impresión que recibió y que yo mismo no pude menos de recibir, viendo a la cabeza de la expresada música un farol con el lema tan impropio de “Juventud y unión”, lema que llevado así en público puede considerarse como una especie de llamamiento y atraer consecuencias que deben precaverse. Espero primero que VS se sirva mandar recoger aquel farol y segundo que reconocerá que siendo esta una plaza de guerra no pueden ser despojados sus autoridades militares de las atribuciones que les confieren las Reales ordenanzas.
San Sebastián 20 de Septiembre de 1828. Blas de Fournas. Al Ayuntamiento de San Sebastián. • El día 23 el Magistrado responde al Capitán general de esta provincia. Me es bien amargo el estilo con que está dictado el oficio de VE de 20 del corriente al que contesto; pero procuraré guardar en mi respuesta la moderación que las autoridades se deben entre sí. Aunque esta ciudad es plaza de armas está sometida en lo político y civil a las autoridades administrativas, constituídas según la legislación foral. Si las ordenanzas y el fuero fueran incompatibles, éste y no aquellas habrían de observarse, porque aquí solamente viven las leyes generales en cuanto no se opongan a los fueros, buenos usos y costumbres; VE puede recordar un ejemplo bastante reciente y notable que consagrando las franquizias del Pais, ha dejado a los naturales de Guipuzcoa fuera de la regla común en una cuestión que interesaba a las armas. Pero en el punto que se ventila no hallo incompatibilidad ninguna entre el fuero y las ordenanzas; a mí me toca impetrar el auxilio del Gobernador militar cuando haya alguna reunión que me induzca recelos de poderse perturbar el orden o haber algún peligro; y al Gobernador toca tomar entonces todas las medidas de seguridad. Pero querer meterse el Gobernador a calificar por sí de peligrosa cualquier reunión, aunque esté autorizada por mí y arrojarse a disolverla atropellándome en el ejercicio de mis funciones, es una demasía que no puede justificarse con las ordenanzas.
Además yo solamente puedo saber cuándo debe haber algún temor, porque conozco las costumbres de mis administrados y es casi imposible que me equivoque; por ejemplo, la reunión del 14 de Septiembre a que da VE un carácter alarmante, es una romería a una imagen muy venerada, que hace muchos siglos atrae gente de todo el pais, sin que haya habido jamás una quimera de consecuencias; tan pacíficos y alegres han estado siempre los concurrentes como este año, y .perdóneme VE que le diga, que el haber hecho desplegar la fuerza armada en esta ocasión, habría sido emplear muy inoportunamente la bravura de nuestros apreciables militares. VE manifiesta repugnancia a olvidar las circunstancias pasadas, pero SM que es nuestro mejor modelo, ha dicho que quisiera de corazón olvidarlas; fuera de que aquellas circunstancias y las de que me habló VE en su oficio no pueden extender el círculo de nuestra competencia, dado que deben alarmar. Concluye VE indicándome en un tono casi perceptivo que recoja el farol de la banda de música de los artesanos que con autorización y asistencia de mi Alcalde, alternaron en la noche del 14 con los instrumentos campestres de los concurrentes a la romería; pero omitiendo lo que enseñan los anales de nuestras peculiares costumbres, me permitirá VE decirle que si el lema que tanta impresión le hizo no tiene la propiedad digna de una academia de inscripciones, tiene un sentido muy adecuado a los consejos partidos del trono soberano, y a los que en consecuencia he procurado inspirar a mis subordinados. Unión y más unión de todos los españoles en derredor de nuestro paternal monarca es lo que he recomendado siempre; el lema de Fernando, Amalia y unión que expresan los objetos de mi afecto, ha estado a la vista de nuestros soberanos por espacio de seis días; mis votos por la unión han estado esculpidos en los obeliscos y escritos en el himno que se dispusieron para obsequiar a SSMM cuya augusta aprobación me complazco en haber merecido; y continúo creyendo que serviré a mi Rey y a mi Patria uniendo a todos sus hijos. En resumen, a mí me toca exclusivamente intervenir en todas las funciones o reuniones de mis administrados, con obligación que acepto bajo mi responsabilidad de excitar el celo e impetrar el auxilio de la autoridad militar cuando yo deba temer algo; cualquiera otra pretensión del Gobernador militar es contraria a las franquicias legales de este pais, a las prerrogativas de la autoridad civil y al uso constante observado por los gobernadores y por los ilustres generales que ha habido aquí y que han dejado una memoria bien grata. Sin embargo me reservo acudir a la Superioridad competente dando noticia de esta desagradable correspondencia, suscitada a mi entender sin motivo fundado, y me atendré mientras tanto a los usos establecidos
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1828.- Interviene en la disputa el capitán general de la Plaza, señalando que San Sebastián es plaza de guerra y que el día 14, a las 9 de la noche “salió música y dio motivo a una reunión numerosa y el rechazo porque a la cabeza de la expresada música un farol con el lema tan impropio de “Juventud y Unión”, lema que llevado así en público puede considerarse como una especie de llamamiento”.

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1828.- De nuevo contestación del alcalde(José Luis de Bermingham): “Me es bien amargo el estilo con que está dictado el oficio de V.E.(....) pero procuraré guardar en mi respuesta la moderación que las autoridades se deben entre sí”. Seguidamente aclara que “era una romería a una imagen muy venerada y que el lema que tanta impresión le hizo tiene un sentido muy adecuado”.


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9 de Octubre El tesorero presenta la cuenta general comprensiva desde 1.º de Octubre de 1827 hasta igual fecha del corriente. Cargo de 322.846 reales. Data 301.092 reales. Saldo a favor de la Caja 21.354 reales.

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5 de Noviembre El Magistrado se dirige a la Dirección de Propios y Arbitrios del Reyno. Madrid Positiva es desgraciadamente la destrucción total que sufrió esta ciudad en el asalto de 1813; ciertos los excesos y desórdenes que se cometieron, mejores para el silencio y olvido perpetuo que para formar recuerdos tristes. A nada perdonó aquella catástrofe y hasta la misma Casa Consistorial fue reducida a cenizas.. Los habitantes de San Sebastián en medio de tantas tribulaciones no se dejaron dominar por la fuerza de los males, porque conocieron que en pos de la desgracia llegaba el Gobierno paternal del más deseado de los Reyes, que su adversidad estaba unida a la victoria de las armas españolas. No en vano imploró esta ciudad la protección de SM pues le concedió por RO de 21 de Julio de 1816 varios arbitrios con los cuales y por los esfuerzos de los particulares se principió la reedificación; y si se mira a los tiempos calamitosos y a los cortos años transcurridos, se verá que son de alguna consideración los trabajos hechos; pero ¿de qué sirven estos si aun falta lo que constituye el ser y la alma de los pueblos? Se entra en la ciudad bajo el aspecto agradable que induce a creer que es de las mejores, por la brillante vista de los edificios. Se halla es muy cierto en el centro de la población una plaza uniforme y hermosa; se tiende la vista en busca del edificio que debe sellar esta hermosura; quiere verse en fin la Casa Consistorial, y este edificio no existe. Unos tristes escombros, nada más, se presentan para dolorosa memoria En tal estado, una nueva página se ha abierto a nuestra historia; la visita de SM ocupará en ella el pasaje más importante. El Ayuntamiento pidió a SM la asistencia a poner la primera piedra fundamental del edificio y he aquí las palabras del recurso. “Pero Señor, aun no tenemos donde depositar este papel precioso; la Casa Consistorial en que resonaron tantas veces los acentos leales del Concejo de San Sebastián y su archivo enriquecido con mil monumentos de sus glorias, yacen todavía en el polvo. A VM está reservado el alzarlos.” Así lo hizo, Ilustre Señor, ayudando materialmente a colocar la primera piedra, cuando un inmenso pueblo que cubría la plaza manifestaba el amor más sincero con no interrumpidas aclamaciones a sus adorados Reyes. Mas no basta haber interesado el ánimo generoso del mejor de los monarcas. Ellos dieron la prueba de su bondad; en nosotros está manifestar el reconocimiento sin entregarnos a la apatía. A este efecto necesita el Ayuntamiento de una concesión que se halla en las atribuciones de VS. Los arbitrios generales concedidos por SM tienen una infinidad de objetos a que atender y su corto rendimiento no llega ni con mucho a lo que se calculó. La Ciudad se halla comprometida y su honor reclama la más pronta conclusión del edificio principal, y sus deseos se dirigen a conseguir la Real aprobación de los arbitrios oportunos. Un medio ve el Ayuntamiento, el más eficaz y llevadero. Los arbitrios llamados de alojamientos, posteriormente destinados a gastos de la venida de SSMM, que se liberan de estas atenciones el primer año de 1829, pudieran ser los únicos que sujetados por el tiempo preciso a costear la nueva Casa Consistorial llenase las intenciones de SM y de este vecindario todo. Así lo cree el Ayuntamiento y le suplica a VS acompañando los adjuntos documentos.

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18 de Noviembre Exposición del Arquitecto Ugartemendia. Sería conveniente que se tomasen las necesarias disposiciones para que se replantee un edificio público de nueva planta en la cabeza oriental de la plazuela, entre las casas del Sr. Lopetedi y Blandin, con destino al importante objeto de Alhondiga y Escuelas públicas de primera magistratura y latinidad, en los términos que está designado hace tiempo, de cuya edificación lograrán los fondos de la Ciudad las ventajas que se dejan conocer en la erección de la Alhondiga en la proximidad de los mesones. Y con el establecimiento de escuelas en local aislado de cuatro frentes claros, cual requiere para un destino de esta naturaleza, consiguiendo también al propio tiempo aquella unidad y carácter público a que deben pertenecer estos edificios. El nacimiento de esta obra pública aminoraría de una manera real y evidente aquel escombrero yermo que hace parte integrante de esta ciudad, que hoy existe paralizado de una manera cual representan las ridículas chozas que se ven en aquellos locales, con sentimiento de todo buen vecino y crítica de observadores forasteros. • Memorial de D. Jose Joaquin de Arizmendi, apoderado de D. Joaquin Gregorio de Goicoa. Expone que pertenecen a éste en propiedad cuatro solares de casas en la calle alta del Campanario, y su enagenación no puede lograr por más diligencias que ha practicado al intento, ni es de esperar lo consiga mientras no se concluya la comenzada apertura de la misma calle hasta el desembarcadero de la de Ygentea, según esta dispuesto en el plan aprobado, que es cuando dichos solares y otros adquirirán grande estimación y serán solicitados por los que desean ejecutar casas, respecto a que su situación será apreciable por las ventajas que van a lograr. A VS como tan interesado en la más pronta restauración de esta ciudad y aumento de su población, le suplica se sirva tomar las disposiciones que le sugiera su acreditado celo y ponga en comunicación la calle alta con la de Ygentea, conforme está acordado. Informe del Arquitecto. Pareciéndome muy necesaria la apertura de dicha calle del Campnario en la extensión que falta desde el Puyuelo hasta la de Ygentea, con arreglo al plan general, mayormente habiendo dado principio la edificación de la casa nueva en el solar antiguo de la Lonja, y porque también animará a otros este apreciable ejemplo, dirijo a VS los dos cálculos de coste aproximado a que podía ascender esta labor interesante. Cálculo aproximado. De la primera parte, desde el Puyuelo hasta el encuentro de la casa del Sr. Urdinola, 2125 reales vellon. Segunda parte, desde la unión de la Lonja antigua y casa del Sr. Urdinola hasta la calle Ygentea o del Cuartel, 11200 reales vellon. La Junta adopta cuanto expone el facultativo y se proceda a la ejecución de la apertura de la calle según se detalla.

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25 de noviembre: Nuevos roces entre la autoridad militar y el Ayuntamiento. Francisco de Paula Gironella, gobernador militar de la plaza, comunica su oposición a la apertura de una nueva calle por el terreno que ocupa un solar del cuartel de San Roque (bajos de Urgull). Oficio que tiene contestación con otro del Ayuntamiento en el que hace detallada historia sobre la propiedad del referido espacio "el solar jamás ha pertenecido a otro dueño que a la Ciudad"- por lo que entiende que la apertura de la calle debe continuar.

25 de Noviembre El Gobernador militar de esta plaza, D. Francisco de Paula Gironella inserta oficio del Comandante de Yngenieros de la misma, que dice. Tengo entendido que por disposición del Ayuntamiento de esta ciudad se trata de abrir una nueva calle por el terreno que ocupa el solar del cuartel llamado de San Roque, y como dicho terreno solar pertenece a un edificio militar, se lo noticio a V para que tenga a bien tomar las disposiciones convenientes a fin de que no se lleve a efecto la citada disposición. El Gobernador dice. Lo que traslado a VS para su inteligencia, recordándole que por documentos que existen en el archivo de mi cargo, consta haberse anulado por el Real Supremo Consejo de Castilla la venta que del solar y escombros del cuartel de San Roque hizo ese Ayuntamiento a D. Jose Lorenzo de Lavaca en el año 1817. Que mi antecesor en virtud de orden superior se opuso constantemente a que se edificase, ni hiciese uso alguno del mencionado solar, ínterin SM no lo mandase expresamente, y que yo seguiré el mismo sistema en este asunto, esperando del celo de VS por el mejor servicio del Rey NS disponga no se verifique la apertura de la mencionada calle. Informe de la Junta al Ayuntamiento. Queriendo VS oir el informe de esta Junta, debe exponer con verdad y honor, que el cuartel llamado de San Roque era edificio propio de VS, así como el terreno que ocupaba, en el que VS a sus expensas construyó dicho edificio y acudió al reparo de las obras hasta que se redujo a cenizas en el incendio de 1813. Poco tiempo después y antes del regreso de SM. vendió el Ayuntamiento dicho terreno a D. Jose Lorenzo de Lavaca quien no hizo reclamación alguna hasta el año de 1816, en el que habiendo comprado otros terrenos, mudó de idea, ecepcionó por pretexto no haber .precedido para la enagenación la facultad necesaria del Real Supremo Consejo de Castilla y solicitó la nulidad de la venta, siendo esta y no otra la causa por la que la Superioridad estimó la nulidad, pues que el solar jamás ha pertenecido a otro dueño que a la Ciudad. En Junta celebrada en 1.º de Octubre de 1816 presidida por el Capitán General de esta provincia, el subinspector de Yngenieros, los comisionados de VS y los de esta Junta de obras, se resolvió a la apertura de una calle militar desde la del cuartel hasta la bajada del Castillo, para que en un caso de sitio pudiesen estar más expeditas las comunicaciones de la muralla con el Castillo y retirarse a él la guarnición, cortándose dicho solar del cuartel al que se le añadiría en este caso la plazuela de la espalda y quedaría tan capaz y más regular, cuya apertura se resolvió por el mejor servio de SM y consta en el plan que entregó el Arquitecto de la ciudad al Comandante de Yngenieros de la plaza. D. Mariano Goicoechea. Bajo todos estos antecedentes la Junta de obras al abrir la calle cuya obra ha empezado, no ha hecho más que cumplir con lo determinado en dicha junta de 1816.
La visita del Rey Fernando VII a la ciudad en Junio de 1828 y el inicio de importantes obras públicas (Lonja, Casa Consistorial y Alhóndiga) quieren ser la base de un nuevo impulso en la reedificación decaída desde 18234.
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12 – DICIEMBRE -
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2 de Diciembre El Magistrado al Capitan general de esta provincia. Por su oficio del 29 de Noviembre me inserta el que le dirige el Comandante de Ingenieros de esta provincia, con ocasión de haberse empezado a desescombrar una parte del solar del cuartel que fue de San Roque para abrir por él la calle del Campanario. El Comandante de Ingenieros concibió en 1815 o principios de 1816 la idea de prolongar la antigua calle del Campanario hasta la del Cuartel, dirigiéndola por el área del de San Roque para facilitar la comunicación entre la muralla y el Castillo; prestóse a ello la Ciudad, allanándose también a indemnizar el terreno que se tome de aquel solar, con igual cantidad del terreno de una plazuela contigua: habiéndose extendido el plano de la planta de esta ciudad, se delineó en él la calle del Campanario con toda la extensión indicada; este plano fué aprobado por la junta celebrada el 1º de Octubre de 1816 y es consiguiente que quedó aprobada la apertura de la calle. Por manera que lo que se ha pensado que es una novedad viene a ser la ejecución de un proyecto del Comandante de Ingenieros, cuyas resoluciones se trata de cumplir. Pero hay más y es que con aquella obra gana la plaza mucha facilidad en la comunicación y que el solar del cuartel, con la indemnización que la Ciudad está pronta a darle, formará un paralelogramo con dos frentes en lugar de que hoy es un polígono irregular que no presenta mas que un solo frente al mediodia, de cuya variación resulta una ventaja conocida en luces y ventilación. Al contrario, la ciudad nada gana mas que la pequeña prolongación de una de sus calles de menos vitalidad al vecindario y para eso tiene que ceder el terreno que ha de indemnizar el que se va a ocupar al cuartel y a gastos once mil reales en el desescombro. También ha presentado el Comandante de Ingenieros que la Ciudad no tiene los arbitrios indispensables para la construcción del nuevo cuartel, cuya penuria impone la dolorosa necesidad de que continúen las cosas en su actual estado. Entretanto VE observará que la Casa Consistorial tan absolutamente necesaria no se levanta, sin embargo de su necesidad, y antes bien sus viejos materiales van a emplearse por falta de otros fondos en el edificio que debe hacerse para colocar las escuelas, como urgentísimo objeto en que se empeña la Ciudad. En cuanto las bóvedas a prueba, no ha llegado todavía el caso de hablar de ellas porque no se han construído y desgraciadamente tardarán en construirse los edificios en los cuales se acordó la ejecución de las bóvedas. Por lo que respecta a aljibes, puedo asegurar a VE que desde aquel acuerdo, se han habilitado los del Castillo, de la Cárcel, de Santa Teresa, y se han abierto hasta lo menos una docena de pozos que suministran el agua necesaria en caso de sitio, como se ha experimentado en el último que ha sufrido esta plaza.
Tampoco hay motivos de quejarse del empleo de combustibles en los edificios, pues que al paso que desaparecen las barracas, se reemplazan con casas en que se emplea mucho menos madera que de ordinario se acostumbra en otros puntos; y en cuanto a la reedificación extramural se observa estrictamente la RO de 3 de Abril de 1817 que la permite a condición de demoler cuando amenace un sitio. Estoy persuadido que el Comandante de Ingenieros con la mejor fe se ha equivocado al suponer permanente la junta que se reunió en virtud de RO de 12 de Julio de 1816 y mucho más al asegurar que VE debe presidir la Junta de obras civiles con asistencia de los ingenieros. La Junta cumplió las reglas establecidas, expiraron sus atribuciones y acordó disolverse como lo hizo. Por RO de 21 de Julio de 1816, SM admitió bajo su Real protección la reedificación de esta ciudad, declarando su dirección privativamente anexa a la primera Secretaría de Estado. No es necesario comentar esta RO que fue exactamente comprendida por el antecesor de VE. En todo lo relativo a la reedificación me entiendo con la primera Secretaría sin haber tenido intervención alguna la autoridad militar. Ni era posible que la tuvieses en la Junta de Obras civiles porque ésta fue erigida en el reinado de Carlos IV y confirmada y nuevamente organizada por Real provisión de 6 de Julio de 1816 y entiende meramente en la reedificación urbana y en su parte administrativa. Puede estar VE seguro de que estoy lejos de desdecir el entenderme con VE y con el Comandante de Ingenieros; que estoy dispuesto a concertar por medio de comisiones de mi seno que se acercarán a VE para cualquier diferencia que pueda ocurrir.

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3 de Diciembre El Magistrado al Capitán general de esta provincia. Por el oficio de VE de ayer veo con satisfacción que VE ha resuelto no contradecir la apertura de la calle del Campanario, según está trazada. No menos complaciente este Ayuntamiento queda conforme en preveer a VE cualquier novedad que ocurra de esta clase; y hoy precisamente es indispensable fijar la extensión que ha de tener la explanada frente a la brecha y los límites del caserío en aquella dirección, por haber resuelto SM en RO de 13 de Octubre último que permanezca la cortadura de firme que se construyó en 1813 en aquel paraje, invito a VE a que se haga la demarcación, fijando mojones en los ángulos hasta donde puedan extenderse las casas que han de edificarse en aquella parte.

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El gobierno absolutista de Fernando VII, además de las dificultades para mantenerse en el poder por la reacción de los liberales, era también atacado por las fuerzas de la ultraderecha, descontentas por no haberse restablecido la Inquisición. Inspiradas por la mayoría del alto clero y por algunos nobles, comenzaron a levantar bandera de rebeldía con el nombre de Los Apostólicos. Este bando, partiendo del hecho de que Fernando no había tenido aún descendencia, veía en el infante don Carlos el futuro monarca67. Fernando VII el Deseado, en esta segunda década 1823-1833 multiplicará sus desaciertos y dejará planteado en sus dos últimos años y con su muerte una de las más profundas crisis en que se verán envueltas las provincias forales a la hora de optar definitivamente entre carlismo y liberalismo, en el fondo foralismo, es decir, el régimen privativo que tenían desde siglos, y liberalismo o centralización y uniformidad con el régimen de la nación68. 



1828


ARCHIVO MUNICIPAL (1828)

Administrativo 
Histórico (17)//San Millán(8)
Consulado(2)


A

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL (4)

A01

PLENO

  1. ACTAS DEL AYUNTAMIENTO



A11

ABASTECIMIENTO PÚBLICO

  1. PLEITO SEGUIDO ENTRE LA POBLACION DE ALZA Y EL AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIAN SOBRE CIERRE DE DOS TABERNAS.



A17

BENEFICENCIA

  1. EXPEDIENTE REFERENTE AL PERSONAL DE LOS PIOS ESTABLECIMIENTOS.(PERSONAL DE LOS PIOS ESTABLECIMIENTOS.pdf)
  2. EXPEDIENTE RELATIVO A LAS CUENTAS DE LAS MEMORIAS DE PAZ Y ZUMAETA





B

FOMENTO (0)





C

HACIENDA (2)



C02

CUENTAS

  1. EXPEDIENTE RELATIVO A CUENTAS DE LOS SALARIOS PAGADOS EN EL AÑO 1828.



C05

BIENES MUNICIPALES

  1. EXPEDIENTE RELATIVO A RECIBOS DE LOS CAPITALISTAS.






D

OBRAS (5)



D08

CARRETERAS DE PRIMER ORDEN Y ESPOLONES

  1. EXPEDIENTE RELATIVO A LOS PROYECTOS, TRAZADO, FINANCIACION Y APERTURA DE UNA CARRETERA ENTRE IRUN Y ANDOAIN PASANDO POR SAN SEBASTIAN.



D10

EDIFICIOS PÚBLICOS

  1. CONSTRUCCION DE UN NUEVO TEATRO: INFOMRE DEL MAESTRO PERITO SOBRE EL ESTADO DE LA SOLIVERIA (1828). PRESUPUESTO Y CONDICIONES DE EDIFICACION, COMPRA DE TERRENO, ETC...(1843-1844)(edificios publicos-teatro.pdf)
  2. EDIFICIO DE ALHONDIGA Y ESCUELAS PUBLICAS: SOLICITUDES DE CASA HABITACION POR PARTE DE LOS ENCARGADOS DE LIMPIEZA DE LAS ESCUELAS DE LAS CASAS DE BEROIZ Y GAMARRA (1828). EJECUCION DEL NUEVO EDIFICIO DE ALHONDIGA Y ESCUELAS: PRESUPUESTO, SUBASTA, RECEPCION DE LA OBRAS (1829-1830) OBRAS DE MANTENIMIENTO Y MEJORAS, ABONO DE REDITOS DE LA HIPOTECA DEL TERRENO, INSTALACION DE ESCUELA DE PARVULOS (1832-1861). ESCRITURA DE SUBASTA DE TARIMAS PARA DEPOSITO DE VINOS EN LA ALHONDIGA (1867). OBRAS DE RETEJO DEL EDIFICIO (1878)
  3. VALORACION DE LOS SOLARES DE PROPIEDAD PARTICULAR OCUPADOS POR LA FORTIFICACION INTERIOR DE LA BRECHA Y POSTERIORMENTE EXPROPIADOS, TRAS EL DERRIBO DE LAS MURALLAS, PARA LA EDIFICACION DEL MERCADO(Lugar: 1285,BRECHA,PZ DE LA, 001)(folio 03 sit.pdf)

D11

EDIFICIOS PARTICULARES

  1. DISEÑO DE LA FACHADA DE LA NUEVA CASA QUE INTENTA REEDIFICAR, EN SU PROPIO SOLAR DE LA CALLE DEL PUYUELO, PEDRO IGNACIO DE APALATEGUI, ABRIL DE 1828






E

RELACIONES INSTITUCIONALES

E01

RELACIONES CON LA FAMILIA REAL

  1. EXPEDIENTE RELATIVO A LA VISITA DE S.S.M.M. A LA CIUDAD: PREPARATIVOS, DIARIO DE SU PERMANENCIA, ETC.

E02

RELACIONES CON LA DIPUTACIÓN

  1. REGISTRO DE JUNTAS GENERALES CELEBRADAS EN MOTRICO EN 1828.

E03

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES CIVILES

  1. COMUNICACIONES DEL CORREGIMIENTO DE GUIPUZCOA REMITIENDO REALES ORDENES, REALES CEDULAS, CIRCULARES Y DISPOSICIONES VARIAS.

E04

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES ECLESIÁSTICAS

  1. EXPEDIENTE RELATIVO AL INCIDENTE SUSCITADO A CONSECUENCIA DE MISIONES QUE DIERON PRINCIPIO EN EL CONVENTO DE SAN BARTOLOME SIN PERMISO DE LA AUTORIDAD Y FUERON SUSPENDIDAS POR EL AYUNTAMIENTO, EXPULSANDO A LOS MISIONEROS DE LA CIUDAD.

E05

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES MILITARES

  1. EXPEDIENTE RELATIVO A LOS TERCIOS REALISTAS: ALISTAMIENTO, SOLICITUDES DE EXENCIOIN, NOMBRAMIENTO DE OFICIALES, UNIFORMES, CUENTAS DE GASTOS, ETC.

E06

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES MARÍTIMAS

E07

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES JUDICIALES

E08

RELACIONES CON VARIOS

  1. COPIADOR DE OFICIOS.



























































































































































































































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