miércoles, 7 de diciembre de 2016

ANUARIO - 1819 - URTEKARIA


1819




#1819.Ayuntamiento Foral. ALCALDES:
.- Joaquín María de Yunibarbia.
.- José María Ansorena Garayoa









1819 - MARZO : Silvestre Perez, arquitecto que ha sustituido a Alejo de Miranda en la elaboración del proyecto, presenta los planos de la Casa Consistorial. Es un edificio neoclásico, con un frente de seis columnas toscanas. En previsión de nuevos asedios, sitios y batallas, el sótano se diseña con gran solidez como refugio de bombas.



01 – ENERO - URTARRILA
1.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


Son elegidos alcaldes del año Joaquín María de Yunibarbia y José María Ansorena Garayoa. Y como Regidores jurado , Pedro Gregorio de Iturbe  y José María de Leizaur.
2.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)
3


4.01


5.01



GACETA DE MADRID (nº.)

6.01


7.01



GACETA DE MADRID (nº.)

8.01


9.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

10.01


11.01


12.01



GACETA DE MADRID (nº.)

13.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

14.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

15.01
15 de Enero El Alcalde Yunibarbia hizo presente que el Vicario de la parroquia de Santa Maria con quien se advocó según se le había encargado por la Junta, le asegura que a la construcción de la escalinata en el atrio de la misma parroquia, deberá preceder la licencia del Sr. Provisor, por la variación que se interesa hacer en él, y que la Junta podria oficiar con su Señoria para el efecto. La Junta en consecuencia resolvió se escriba al diocesano informándole de la obra que se piensa hacer a expensas de sus fondos, de la hermosura y ventajas que resultarán de su ejecución y de la conveniencia que ofrece a los feligreses, pidiendo preste su consentimiento. El 20 de Febrero da su conformidad.

16.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

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18.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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GACETA DE MADRID (nº.)

20.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

21.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

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23.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


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24.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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27.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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29.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

30.01

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

31.01















AYUNTAMIENTO
ACTA nº.



GACETA DE MADRID (nº.)

02 – FEBRERO - OTSAILA
1

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

2.02



GACETA DE MADRID (nº.)

3

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

4.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.


GACETA DE MADRID (nº.)

5.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

El Ayuntamiento ha dispuesto que todas las casas de la Plaza Nueva sean iguales y que sus balcones sean construidos por el mismo maestro herrero según el modelo aprobado . A Miguel María de Aranalde , constructor, le parece loable la idea pero considera que los dueños deberán ser indemnizados por los fondos públicos en la diferencia del precio.
5 de Febrero Presentóse un papel en que consta el reconocimiento que el Arquitecto Ugartemendia ha verificado del empedrado provisional ejecutado en la calle Mayor y de Yñigo por Antonio de Echeverría. Su coste monta a 5230 reales vellon. Se expida libramiento. • Memorial de D.Miguel Maria de Aranalde donde expone haber llegado a entender que la propuesta del Arquitecto director intenta sujetar a todos los que edifiquen casas en la Plaza nueva a que sus balcones sean construídos por un mismo maestro herrero y que éste en su ejecución se arregle estrictamente al modelo formado y presentado por el Arquitecto. La propuesta idea es ciertamente loable porque lo que se quiere evitar es toda disformidad en esa plaza pública. Pero será indispensable de que a los dueños de las casas se les indemnice de los fondos públicos los perjuicios por la diferencia de precio como por la tardanza, porque cuanto más se demore la construcción y colocación de los balcones, también mayor serán los daños que sufrirán los propietarios de las casas que están ya acabadas. La casa del exponente es la primera que se ha edificado en la Plaza nueva y los inquilinos del mismo desean pasar a ocuparla desde luego, y lo que no les será posible hasta la planificación de los balcones. El Arquitecto Ugartemendia ha conferenciado y quedado el exponente enterado y convencido de la ventaja de que se hagan por una mano experta los balcones corridos de la plaza, que deben perimetrar los tres lados de la plaza y su efecto uno mismo ordenado sin interrupción sensible.

6.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.
6 de Febrero Para mayor conocimiento del Ayuntamiento, ha dispuesto que la Junta le dé a entender para tomar una determinación. Al emprender esta Junta la importante obra de la reedificación de la ciudad, no contaba en su tesorería sino con dos mil reales vellon y sus antiguos arbitrios, que por la cortedad del vecindario no daban ni lo necesario para los reparos más indispensables. En este estado, el celo de mis individuos y el deseo de corresponder a la confianza de su elección, les sugerió la idea de girar Letras bajo la garantía particular, para emprender con el importe a las grandes obras que debían preparar la reedificación del pueblo y de sus casas, y este recurso por cuyo medio se hicieron tan asombrosos progresos en pocos meses, fue el único con que pudo contar la Junta hasta que obtuvo algunos capitales con que se pudieron pagar las obligaciones y seguirse con economía los trabajos. Los nuevos arbitrios que solicitó VS en unión con la Junta y el Consulado, tardaron mucho tiempo antes de conseguirse, con las deducciones que son notorios a VS, y aun establecidos, su producto es mucho menor del que se calculó cuando se pidieron, por la decadencia del comercio, siendo aun en cualquier caso dichos arbitrios suficientes solo para seguir con obras de menor importancia y atender a las obligaciones de la Casa, pero no para emprender obras costosas cuales son las de la Plaza, Casa de la Ciudad, etc. para las que es preciso o hallar capitales o valerse del arbitrios de las Letras.
Una de estas obras importantes que llama la primera atención de VS y de todo el vecindario es la Plaza, cuya empresa empezó por una suscripción de varios vecinos celosos y se continuó pagándose hasta la totalidad los plazos de la obra de los arcos con Letras que se giraron por varios individuos de la Junta, bajo la garantía de todos ellos y de los predecesores de VS, cuyas Letras por falta de fondos en la Caja han sido renovadas varias veces, y ocurriendo ahora tener que renovar dos de ellas importantes juntas sesenta mil reales vellon, me ha parecido de mi obligación participar a VS persuadido de que sus señores individuos, animados de los mismos sentimientos patrióticos que los predecesores, querrían tomar parte en la garantía de dichas Letras a una con mis vocales, pues hubiera creído ofenderles si no hubiera hecho a VS esta insinuación para procurarles la ocasión de contribuir a la deseada restauración de nuestra patria, defraudándoles de la gloria de cooperar a ella.

GACETA DE MADRID (nº.)

7.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

8.02

8 de Febrero Después de leído en el Ayuntamiento el oficio de la Junta de obras, el alcalde Yunybarbia hizo presente ser él mismo uno de los que tomaron sobre sí la obligación respectiva para las cantidades libradas bajo la garantía de algunos de los señores capitulares del año pasado y de los que componen la Junta de obras.
El Alcalde Garayoa dice que se reserva hacer su exposición para cuando se entere de la acta en cuya virtud se hubiese resuelto la expedición de las Letras, cuyo término se asegura va a expirarse. El Regidor Yturbe dijo que el empleo de Regidor que obtiene le parece no le obliga salirse a semejantes garantías pues que no hay necesidad de semejante garantía suya ni de los constituyentes del actual Ayuntamiento, respecto que hay superabundante garantía en los que componen la Junta de obras por sí sola. El Regidor Leizaur dijo que animado de los mismos sentimientos de los señores capitulares del año pasado, de los individuos de la Junta de Obras, de su amor al pueblo y a la reedificación, salía garante con todo lo que tiene, de las Letras que están pendientes y de las que se vencieren en adelante. El Regidor Fernández dijo que un convenio formal celebrado con D. José Vicente de Echegaray al tiempo de establecer la sociedad del comercio que con él tiene, prohibe expresa y terminantemente a ambos socios prestar garantía o comprometerse. Que esta circunstancia es un obstáculo invencible que priva al exponente de la dulce satisfacción con que daría una nueva prueba de su patriotismo. El Regidor Echagüe dijo que se halla escusada la garantía que se pide por varias razones. Que no se tuvo por precisa la circunstancia de vecino concejante y por eso se escogieron sujetos pudientes para sacar a la Ciudad y su Junta de obras de los apuros por falta de fondos. Que el crédito no proviene en el número de personas que puedan constituirse a la responsabilidad, sino en sus medios y facultades, y que habiendo en la Junta de obras cuatro o más individuos acaudalados, solo estos pueden facilitar el medio que se desea para continuar con la reedificación de la ciudad, y que mudándose los capitulares todos los años, la garantía que estos puedan prestar nunca será tan segura que la de los individuos de la Junta de obras, que son permanentes.
El Regidor Sasoeta dijo que respecto a que tiene dada pruebas de su patriotismo con el préstamo de dos mil reales que hizo a la Junta de obras para la reedificación de esta ciudad, no cree necesario dar otra nueva. El Regidor Collado dijo que tratándose según comprende de relevar a los señores que constituyeron el Ayuntamiento del año último de la responsabilidad que prestaron para las dos Letras que indica el oficio de la Junta de obras, y hallándose entre ellos su hermano Cayetano, se aviene con mucho gusto a sustituirle y a servir a este desventurado pueblo en todo aquello que puede. El Síndico Larburu expuso que toda la fortuna que tiene hasta ahora serán unos 1200 reales vellon, por cuya cantidad está pronto a prestar su firma, pues si tuviese mayor fortuna con mucho gusto se extendería a más. El Ayuntamiento en su vista resolvió que se remita a la Junta de obras respuesta en copia íntegra.
La Junta cerciorada de todo, acordó que conste, sin convenir con la opinión particular de algún capitular. En cuanto a las dos Letras que están pendientes, importan juntas 60.000 reales y vencen el 10 de este mes, la Junta atendiendo a la cortedad del tiempo que resta para el vencimiento, y tomado conocimiento del estado actual de su Caja y de los fondos que podrá disponer, acordó que estas Letras sean renovadas y que para satisfacer sus importes y el de las demás libradas, se reserven cada mes cinco mil reales, con los que hará un fondo con destino al pago de todas las Letras, con lo cual y lo recogido en suscripción, se satisfará el valor de la obra de los arcos de la Plaza nueva. Y se manifieste el justo reconocimiento a los señores capitulares que han manifestado su conformidad para la prestación de la garantía solicitada.

9.02



GACETA DE MADRID (nº.)

10.02

AYUNTAMIENTO
ACTA nº.

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19.02


20.02

20 de Febrero Leyóse oficio del Ayuntamiento que dice. Deseando que mis constituyentes y personas que puedan construir casas en esta ciudad tengan cabal conocimiento del reglamento adoptado a propuesta del Arquitecto director Ugartemendia, y que trata sobre el modo en que deben edificarse las casas, encargo a VS mande imprimirlo sin la menor demora para que distribuyéndose se consiga el fin a que aspiro, evitando las dudas y cuestiones. • Se encarga al maestro herrero Romualdo de Zornoza la construcción de los balcones de los tres lados de la Plaza nueva, al precio de 17 cuartos cada libra, empleando el diseño y plantillas que le serán entregadas por el Arquitecto Ugartemendia y según el pliego de condiciones, que consta de dieciséis artículos.

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26 de Febrero El tesorero Echagüe exhibió dos Letras libradas por D.Bartolome de Olozaga en fecha 14 de Agosto del año pasado y aceptadas por D.Joaquin Luis de Berminghan y la otra por D.Jose Maria de Ezeiza, importantes juntas 60.000 reales vellon, asegurando haberlas recogido a su vencimiento después de satisfacer aquella suma.

27.02

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03 – MARZO - MARTXOA
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5.03

5 de Marzo SM aprueba en RO los arbitrios propuestos para la reedificación de la ciudad.
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19.03
19 de Marzo
El Alcalde Yunybarbia hizo presente que el plan del proyectado nuevo puente de Santa Catalina, trazado por el Arquitecto Ugartemendia y que se halla sellado con la aprobación de la Real Academia de San Fernando a donde se envió para su examen, el Ayuntamiento encarga procure abreviar la final con ilusión de una obra tan interesante y necesaria. Acordó la Junta lo indispensable que es que el Ayuntamiento preste de sus fondos los 12500 reales ofrecidos a la Junta, para unidos a los 25000 reales que la misma ha de contribuir y con la suma que el derecho de portazgo podrá producir en remate, se sepa finalmente la cantidad que podrá ofrecerse a los que quieran entrar en esta empresa útil y de absoluta necesidad. Que el Arquitecto señale las condiciones para la almoneda, anunciándola por edictos a los pueblos más principales de esta provincia y fuera de ella.

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04 – ABRIL - APIRILA
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15 de Abril
El Arquitecto Ugartemendia presenta el cálculo y condiciones para el nuevo puente de Santa Catalina, en todas sus partes de cantería, carpintería, herrajes y pintura. Detalla en diecinueve apartados las formas y materiales necesarios. Suma su coste 509.000 reales. Las condiciones para la buena edificación de la obra consta de cuarenta y tres artículos con amplios detalles.

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29 de Abril Leyóse memorial de Romualdo de Zornoza y demás maestros que se constituyeron mediante convenio con esta Junta a construir los balcones de las casas de la Plaza nueva, y que se hallan prestos para principiar la obra y desean saber de qué modo percibirán los 1800 reales a cuenta del primer plazo.

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05 – MAYO - MAIATZA
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6 de Mayo En la tercera almoneda celebrada la mañana de hoy, se ha verificado el remate de la construcción del proyectado nuevo puente de Santa Catalina, por Jose Aguirresarove, vecino de esta ciudad en los 509.000 reales en que está regulado su coste y con la circunstancia de que toda la obra ha de finalizarse durante dos años y nueve meses. Siendo preciso para la ejecución de la obra un barracón en la inmediación del puente, se facilitará el terreno y auxilio correspondiente. • Habiendo observado la Junta que en las fachadas de las casas de la Plaza nueva se hacen variaciones que perjudican el ornato público, y no debiendo ejecutarse ninguna, por la absoluta uniformidad que ha de haber en todas las casas y en sus balcones, han de sujetarse los maestros encargados y los propietarios a las reglas dispuestas de la obra y que el Arquitecto Ugartemendia vigile cuidadosamente no se haga ninguna variación en las fachadas de dichas casas y en sus balcones, porque todas han de ser iguales y sin diferencia alguna sensible en ellas.

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27 de Mayo Oficio del Ayuntamiento. La Junta de Sanidad a quien encargué la elección de un terreno donde poder establecer el Campo santo, me ha indicado de acuerdo con sus facultativos, el que existe en la proximidad de la huerta del Monasterio de San Bartolomé, por el lado que mira a la playa de la Amara, asegurándome que el citado terreno por su calidad, por estar situado a la distancia conveniente de esta ciudad, en paraje ventilado, es el más apropiado para el objeto a que debe ser destinado. En consecuencia, no he tenido reparo en elegirlo para la erección del cementerio donde los cadáveres puedan enterrarse, y espero que VS mandará hacer inmediatamente el cerrado de pared en todo el cinto y las demás obras y reparaciones indispensables. • Manuel de Pedro, Antonio de Echeverría e Ygnacio de Olasaguirre hacen presente haber finalizado la construcción del atrio de Santa Maria. El Arquitecto director indica se liquiden las cuentas al otorgamiento de la escritura.

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06 – JUNIO - EKAINA
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18.06

18 de Junio El Arquitecto Ugartemendia presenta una exposición a la Junta. Las catas o guías que se han hecho para descubrir radicalmente las ramificaciones de agua potable que bajan desde las jurisdicciones de las casas de Lazcano y Santa Teresa con dirección a la cañería general, observo casi de un modo positivo que una de las más altas que viene del terreno de Santa Teresa es perteneciente a la arca manantial agotada o secada de la jurisdicción y servicio de la misma casa de Santa Teresa, que se halla en la parte superior de la indicada ramificación más elevada. En la parte inferior y ribazo oriental, muy inmediato a una arca o depósito público, posee también la casa Santa Teresa otra fuente de su propiedad y servicio permanente pero de mayor caudal que la superior. En esta atención, pareciéndome muy ventajoso el proyecto público de las fuentes de la ciudad, así como al propietario de Santa Teresa que este manantial inferior se reuniese a la arca pública primera y que el superior quedase al servicio de las propiedades de Santa Teresa, habilitándolo a costa del fondo público, he insinuado a D.Juan Antonio de Lardizabal, como dueño y poseedor de ambas fuentes, quien accede gustoso en dejar a disposición de la ciudad el manantial inferior de su uso, siempre que se le habilite el primero superior a costa del fondo público. La Junta asegura ventajoso al público y acordó autorizarle para que lo ponga en ejecución. • El Arquitecto Ugartemendia presenta a la Junta. He reconocido el terreno labrante señalado por la Junta de Sanidad para el Campo santo de esta ciudad en la parte oriental del convento de San Bartolome y digo que el coste de paredes de solo el cerco, arreglo de su pavimento y el valor del terreno, pasará de veinte mil reales, quedando para después la basílica y otros artículos que mandan las RO y pide el decoro. La Junta se dirige al Ayuntamiento informando el abatido estado de mi Caja por el escaso rendimiento de los arbitrios concedidos y las obligaciones en que estoy empeñado por las obras públicas emprendidas, me reducen a imposibilidad absoluta de principiar esa obra, por lo que espero que VS difiera su ejecución hasta más adelante.

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07– JULIO -
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11.07


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13 de Julio Se distribuye la Provisión del Real Supremo Consejo de Castilla del 5 de Junio último, por la cual se concede licencia y facultad a los propietarios de solares libres y poseedores de vínculos de esta ciudad, para que puedan afianzar e hipotecar el pago de capitales que tomen, no solo el edificio que levanten sino también las demás fincas que les pertenezcan, sean libres o vinculadas, asegurando es esta la total y legítima inversión de dichos capitales en la reedificación de esta ciudad.

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15 de Julio Los Sres. Soroa y Ugartemendia presentan presupuesto del coste de lo que hay que ejecutar en la Plaza nueva para habilitarla para mercado público. Ascenderá a 791 reales. Se saque dicha obra a almoneda.

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08 – AGOSTO -
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4 de Agosto Consecuente con lo que se trató en una de las sesiones celebradas recientemente por esta Junta sobre el estado apurado de su Caja, por el corto rendimiento de sus arbitrios y por las atenciones a que ha de hacer frente y la imposibilidad consiguiente de poder emprender la ejecución de obras que han de acelerar la reedificación de la ciudad y de la necesidad de meditar arbitrios capaces de sacar a la Junta del ahogo en que se halla, la comisión encargada de proponer, presenta esta exposición. Por razones que son bien notorias el cálculo que se hizo del rendimiento de los arbitrios para la reedificación y construcción de las obras públicas de esta ciudad, fue casi el triple de su producto actual y por lo mismo el suficiente para tomar sobre él los caudales necesarios al coste de todas las obras. En los primeros momentos en que se instalaba la Junta de obras, creyó que su deber principal era activar la reedificación; como no había cantidad alguna en la Caja y podía tardarse la adopción y aprobación de nuevos arbitrios, los individuos de la Junta, deseosos de cooperar por su parte a la reedificación, giraron sobre su garantía particular doscientos mil reales, con los cuales y la actividad y economía que es pública, se desescombró la ciudad, se nivelaron las calles y se hicieron otras obras indispensables, y se han construído los edificios particulares que tan asombroso progreso han hecho solo en tres años. Posteriormente obtuvo la Junta por vía de préstamo sobre los anteriores arbitrios y los que se consiguieron, cuatrocientos mil reales vellon de las casas de D.Fermin y D.Antonio Tastet, con los cuales retiró las Letras que tenía en giro y ocurrió a las obras útiles y necesarias en más de año y medio que tardaron en conseguirse los nuevos arbitrios. Cuando se planificaron estos, no proporcionaron ya sino cortos rendimientos, por motivos que todos conocen. En medio de esto, la Junta deseosa de adelantar en las obras, trató con el Ayuntamiento sobre la construcción de los arcos de la Plaza nueva, que empezaron por vía de suscripción voluntaria a que se prestaron algunos vecinos celosos y cuyo pago total se verificó con ciento setenta mil más que se giraron bajo la garantía individual de los vocales de la Junta y del Ayuntamiento del año 1818.
Por estas operaciones, por las continuas obras necesarias, se ven los asombrosos progresos de la reedificación, al mismo tiempo que la decadencia de los recursos ha puesto a la Junta en un apuro momentáneo y en el doloroso caso de no poder emprender ninguna obra importante. La Junta ha meditado cuantos recursos cree susceptibles para salir de este embarazo y cree que el único que se presenta es el de que todos los vecinos celosos de las felicidad de su patria (según se ha practicado en los demás pueblos de la provincia y también en ésta por nuestros mayores) procuren inspirar la confianza de los extraños para que impongan sus caudales en la Caja, saliendo a la garantía veinte o veinticinco personas celosas y acreditadas, se giren Letras de cantidad determinada por la Junta, bajo las seguridades convenientes. El empeño actual en Letras que están en giro bajo la garantía de los capitulares del año último y de los individuos de la Junta, es de 150.000 reales a los que propone la Junta agregar 400.000 de crédito a su tesorería. De esta operación resultarán en totalidad 550.000 reales de Letras en giro, de cuya garantía deben responder los veinte o veinticinco o más individuos que por su celo por el bien público quieran prestare a ello, con las seguridades de los arbitrios. Con los 400.000 reales podía atenderse a los apuros urgentes de la Caja, señaladamente 50.000 para salir de ellos y se podía destinar unos 200 o 250.000 para empezar la Casa de la Ciudad, quedando el resto de la cantidad a disposición de la Junta para otras obras que considere más urgentes y de utilidad. Por este medio progresaría la reedificación, sin esperar a circunstancias más felices y se acreditaría la Caja ante los extraños que nunca tendrían confianza ínterin los principales interesados no lo manifiesten con los hechos, en lo que imitarán a sus antepasados que con motivos menos importantes hicieron mayores esfuerzos, y se atraerán capitales extraños poniendo a la Junta en disposición de concluir cuanto antes la reedificación. El 28 de Agosto cuarenta y cuatro individuos estampan sus nombres en el acta, representando los apellidos más importantes de la ciudad, y se obligan a la garantía bajo las circunstancias arriba expresadas, por las cantidades que nos correspondan a cada uno en el prorrateo de los 550.000 reales vellon.
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09 – SEPTIEMBRE -
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21.09

1819.- El Ayuntamiento " ha sido informado del mal estado de los caminos carreteriles de la calzada de Pasages, Loyola y San Francisco y de la necesidad urgente de su reparación para el libre tránsito de carruajes y caballerías y cómodo paso de los que continuamente andan por ellos" A  pesar de las dificultades de Caja, entiende estas obras de preferencia a otras y acuerda su realización, empezando por Loyola y por un importe de dos mil reales.
# Acuerda también la apertura del mercado provisional de la Plaza Nueva y "para la colocación cómoda de las verduleras y que en tiempo lluvioso podrían hallarse en paraje cubierto" resuelve que se cubran y cierren al menos dos arcos.

21 de Septiembre Oficio del Ayuntamiento. He sido informado del mal estado de los caminos carretiles de la calzada de Pasages, Loyola y San Francisco y de la necesidad urgente de atender a su reparación para el libre tránsito de carruajes y caballerías y cómodo paso de los que continuamente andan por ellos. Estas obras ciertamente interesantes, conviene se ejecuten con preferencia a otras que no sean de tanta importancia, destinando para subvenir a su coste, el rendimiento de los arbitrios especialmente destinados a este objeto. Bien conozco la situación de la Caja de VS. No obstante, creo oportuno hacer a VS esta indicación para que tomen las disposiciones eficaces para proceder a su reparación. La Junta responde. Cumpliendo con lo que VS se sirvió encargarme por su oficio anterior, reconocí el camino del partido de Loyola en toda su extensión, y el coste de su reparación, comenzando desde la Puerta llamada Cristobaldegui y continuando hasta la entrada en el arenal, ascenderá aproximadamente a unos dos mil reales, echando después en la calzada una capa de cascajo para el paso cómodo de los transeuntes, debiendo observar a VS que siendo urgente esta operación, juzgo conveniente se principie con su ejecución.
Deseando conciliar en lo posible la cuestión, he creído de mi deber hacer saber a VS que de sus fondos particulares podrían destinarse unos quinientos reales anuales con el objeto de invertirlos en su conservación, con lo que contribuiría a sus deseos de tener corrientes y transitables los caminos carretiles de su jurisdicción. Y también reconocí por mí mismo y por el perito Elias Cayetano de Osinalde el camino del partido de Eguia en toda su extensión, y el coste de su reparación, comenzando desde el prado de San Francisco hasta la jurisdicción de Alza, ascenderá aproximadamente a unos tres mil quinientos reales, siendo urgente esta reparación. La Junta, enterada de su contexto y de que en la Real Cédula de concesión de los arbitrios que la misma recauda, no se le impuso la obligación de invertir parte alguna de su rendimiento en atención al coste de las reparaciones de los caminos, y solo al coste de la reparación del camino real y su conservación, sin que los arbitrios se apliquen a tener corrientes los caminos vecinales o transversales, respecto a que el Ayuntamiento, de sus fondos particulares, cuidará de tenerlos transitables, la Junta acordó que en respuesta se le diga que la Junta, dispuesta siempre a complacer a VS y en la situación abatida de su Caja y las deudas que mantiene, tomará las medidas que crea conducentes para el fin que se propone.
• El Ayuntamiento en este día ha resuelto que el mercado público se traslade a la Plaza nueva inmediatamente, que sean techadas las casas que están edificándose en ella por D.Jose y Francisco y entablilladas sus primeras habitaciones. Aunque me persuado que en la actualidad hay en la plaza suficiente local para la colocación cómoda de las verduleras y que en tiempo lluvioso podrían hallarse en paraje cubierto, no obstante queriendo darles todo el ensanche que permita el estado presente de la Plaza, ha resuelto que se proceda a cerrar cuando menos los dos arcos inmediatos al que D.Joaquin Antonio de Elosegui se ofrece cubrir a su costa. En consecuencia, espero de VS se sirva disponer que sin dilación se cubran los dos arcos cuya ejecución es de poco coste y es útil y conveniente para las verduleras que diariamente concurren al mercado público. La Junta contesta al Ayuntamiento que teniendo en cuenta sus escaso medios se ve en la imposibilidad de tomar sobre sí el cerrado de los arcos y aun la ejecución de cualquier obra por interesante que sea, mientras no se realice el pago de varias deudas que ha contraído y que ha de satisfacerlas sin la menor dilación. • Presentóse una cuenta de Romualdo de Zornoza, maestro herrero, de 2956 reales, importe de lo que el mismo ha trabajado en el atrio de la iglesia parroquial de Santa María, en los enrejados de los antepechos y cavillas. Se expida libramiento.

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10 – OCTUBRE -
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11 – NOVIEMBRE -
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9.11

9 de Noviembre En la reunión mantenida por comisionados del Ayuntamiento, Consulado y Junta de Sanidad, han tratado acerca del establecimiento en la isla de Santa Clara de una caseta de observatorio y del modo de atender a su coste. Que se ha tenido presente lo escabroso del lugar, las dificultades insuperables para la descarga de los géneros que puedan conducir los buques, que según la procedencia hayan de sufrir cuarentena rigurosa o de observación, y los medios de subvenir a su coste. Tomada en consideración lo urgente de su planificación, los graves males que podrían resultar a esta ciudad de la construcción del lazareto en que jamás se ha pensado, la dificultad de lograr su ejecución por su crecido coste y la falta de recursos, se convino en colocar una de las barracas inglesas u otra de madera en el sitio determinado, a menos que la suma necesaria fuera bastante para la fabricación de una caseta de mampostería o de cal y canto, por ser obra más estable y duradera, donde pueda hacerse el expurio y depósito de las ropas y otros objetos manejables y de fácil transporte, dando cuenta de esta resolución a la Provincia para que contribuya al coste del lazareto que se intenta construir, con la mitad de todos los arbitrios que cobra de los géneros gravados que se importan por mar.

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20 de Noviembre El perito Elias Cayetano de Osinalde presenta cuenta regulada de 1910 reales por el coste de la barraca que sirve de observación y que ha sido colocada en el paraje determinado por los facultativos en San Martin.

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12 – DICIEMBRE -
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13.12
13 de Diciembre El Capitán general de las tres provincias bascongadas dirige oficio al Ayuntamiento, haciéndose cargo de lo suscrito por el Prior del Convento de religiosos dominicos de esta ciudad, reclamando el tanto que creyese justo en razón de la parte del convento que tiene cedida para alojar la tropa que guarnece la plaza.. El Ministro de la Real Hacienda D.Rafael Cornejo razona diciendo al Ayuntamiento que la Ciudad tiene obligación de dar local y camas para quinientas plazas, y habiendo convenido el Ayuntamiento en la junta celebrada el 1.º de Octubre de 1816 en hacer cuartel para las tropas en el local del mismo convento de Santo Domingo, me parece que ínterin esto no se verifique corresponde al Ayuntamiento satisfacer a esta Comunidad el alquiler de la parte del citado convento ocupado actualmente por la tropa. • El caballero Comandante de Ingenieros de esta plaza ha reconocido el edificio que sirve de cuartel a la tropa que la guarnece y manifiesta la urgentísima necesidad de un retejo general, componer el piso de sus cuadras y repasar la puerta y ventanas, sin lo cual no es posible que la tropa permanezca en él este invierno sin que pierda su salud, y como el Ministro de la Real Hacienda de esta plaza no tiene caudal alguno, y me consta que VS se obligó formalmente a la construcción de un cuartel y que esta obligación ha sido uno de los motivos para que SM le concediese los nuevos arbitrios, espero que VS con toda premura ejecute las expresadas composiciones, pues según los facultativos del hospital, la tropa enferma tan exhorbitantemente por sufrir en su cuartel casi la misma intemperie que al vivac. La Junta atendiendo a la urgente necesidad de las obras y el estado deplorable de su Caja, acordó que por esta vez se pague del costo de los precisos de los fondos de esta Junta, haciendo presente al Ayuntamiento que estando facultado por sus ordenanzas de Cano y Mucientes para invertir hasta once mil reales del rendimiento de sus arbitrios en la conservación del edificio que sirva de cuartel, entiende la Junta que ha de contribuir con esta suma para la renta que solicita el Prior de los dominicos y que el Comandante de Ingenieros forme la relación de las obras más precisas que deben ejecutarse en aquel edificio.

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16.12

16 de Diciembre El Sr. Echagüe ha hecho limpiar el pavimento de los arcos de las casas del Exc. Sr. Nemesio Salcedo y D.Rafael de Cornejo en la Plaza vieja y conducir los escombros al glasis, habiendo pagado por el coste de estas operaciones, 320 reales.

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1819


ARCHIVO MUNICIPAL (1819)

Administrativo 
Histórico(25)//Consulado(2)


A

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

A01

PLENO

A02

COMISIÓN PERMANENTE / DE GOBIERNO

A03

JUNTA DE GOBIERNO Y JUNTA MUNICIPAL

A04

COMISIONES INFORMATIVAS ESPECIALES

A05

REGISTRO GENERAL

A06

AYUNTAMIENTO Y ALCALDÍA

A07

ELECCIONES

A08

ORDENANZAS Y REGLAMENTOS

A09

PERSONAL

A10

POLICÍA MUNICIPAL

A11

ABASTECIMIENTO PÚBLICO

A12

ALUMBRADO PÚBLICO

A13

RED TELEFÓNICA

A14

LIMPIEZA DE LA POBLACIÓN

A15

VÍA PÚBLICA

A16

SERVICIO DE INCENDIOS

A17

BENEFICENCIA

  1. EXPEDIENTE RELATIVO AL SERVICIO ESPIRITUAL, NOMBRAMIENTO DE CAPELLANES Y HERMANOS DE LA CARIDAD.

A18

SANIDAD

A19

CEMENTERIOS

A20

CORRECCIÓN PÚBLICA

A21

ESTABLECIMIENTOS Y ARTEFACTOS INSALUBRES, INCÓMODOS Y PELIGROSOS





B

FOMENTO

B01

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

B02

MONUMENTOS Y HOMENAJES

B03

ARCHIVO

B04

BIBLIOTECA

B05

MUSEO MUNICIPAL

B06

MÚSICA

B07

ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

  1. EXPEDIENTE RELATIVO AL JUEGO DE PELOTA: PUBLICACIONES, PERMISOS, COLOCACION DE BARRERAS PARA LOS PARTIDOS, ETC.

B08

EXPOSICIONES Y CONGRESOS

B09

AGRICULTURA, INDUSTRIA Y COMERCIO

B10

ESTADÍSTICA

B11

INSTRUCCIÓN PÚBLICA

B12

FOMENTO, COMISIONES




C

HACIENDA

C01

PRESUPUESTOS

C02

CUENTAS

C03

CONTABILIDAD GENERAL

C04

ARBITRIOS MUNICIPALES

C05

BIENES MUNICIPALES

  1. EXPEDIENTE RELATIVO A LA VENTA DE FINCAS EN EL ARENAL Y PRADERA DE SAN FRANCISCO.
  2. REAL PROVISION DEL SUPREMO CONSEJO DE CASTILLA CONCEDIENDO LICENCIA AL AYUNTAMIENTO DONOSTIARRA PARA LA VENTA DE TERRENOS CONCEJILES CON EL FIN DE CANCELAR LAS DEUDAS CONTRAIDAS.

C06

DÉBITOS MUNICIPALES

C07

CONTRIBUCIONES E IMPUESTOS

C08

JUNTA Y COMISIONES




D

OBRAS

D01

ORDENANZAS DE EDIFICACIÓN

D02

REEDIFICACIÓN DE LA CIUDAD

D03

ENSANCHES DE LA CIUDAD

D04

ALINEACIÓN Y MODIFICACIÓN DE CALLES Y VÍAS

D05

ROTULACIÓN DE CALLES Y VÍAS Y NUMERACIÓN CASAS

D06

ALCANTARILLADO

D07

ACERAS Y PAVIMENTACIONES

D08

CARRETERAS DE PRIMER ORDEN Y ESPOLONES

D09

CARRETERAS DE SEGUNDO ORDEN Y CAMINOS VECINALES

D10

EDIFICIOS PÚBLICOS

D11

EDIFICIOS PARTICULARES

D12

PUENTES Y PONTONES

D13

FERROCARRILES

D14

TRANVÍAS

D15

PASEOS, JARDINES Y ARBOLADOS

D16

RÍOS, REGATAS, LAGUNAS, TERRENOS PANTANOSOS, ARENALES Y MARISMAS

D17

AGUAS POTABLES

D18

BARRACAS, CERRADOS, SÓTANOS Y COBERTIZOS

D19

MATERIAL DE OBRAS

D20

OBRAS Y MEJORAS DIVERSAS

D21

PERSONAL

D22

COMISIONES




E

RELACIONES INSTITUCIONALES

E01

RELACIONES CON LA FAMILIA REAL

E02

RELACIONES CON LA DIPUTACIÓN

E03

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES CIVILES

E04

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES ECLESIÁSTICAS

E05

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES MILITARES

E06

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES MARÍTIMAS

E07

RELACIONES CON LAS AUTORIDADES JUDICIALES

E08

RELACIONES CON VARIOS
























































































































































































































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