1846
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#1846-47. Ayuntamiento Constitucional. ALCALDE: # A pesar de que según la Ley de Ayuntamientos de 8 de Enero de 1845 tan solo debían renovarse anualmente la mitad de los concejales, permaneciendo la otra mitad en sus empleos un año más, la Real Orden de 24 de Septiembre de 1845 ordenó la renovación completa, de manera que no quedasen los ayuntamientos formados por capitulares elegidos mediante diversos sistemas. .- Joaquín Mendizabal (En Agosto de 1847 dimitió de su empleo siendo sustituido por Bernardo Alcain) |
@ -27 de marzo: Se publica el “Arancel general de peage que se ha de cobrar en todas las barreras establecidas en la provincia de Guipúzcoa”. En su art.1º dice: “Los coches, birloches, calesas y dos ruedas tirados por 6 bestias, pagarán 9 rs. de vn. cada vez que transiten por una barrera, vayan con gente o sin ella, cargados o de vacío, y por cada bestia que llevaren de aumento, pagarán un real más”. Y luego se extiende en detalles sobre la tasa a las caballerías, a los carros con ruedas en mal estado, a las yuntas de bueyes, etc. Este arancel, más elevado en el entorno de San Sebastián, supondrá una parte importante del presupuesto pero, a la vez, un freno al desarrollo económico del territorio.
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